10/01/2002  

CONVENIO MTOP-COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA Nº 119

Se aprobó el convenio firmado entre el MTOP y la Comisión de Fomento de la Escuela Nº 119 “Dámaso Antonio Larrañaga”. La resolución adoptada por el Presidente de la República expresa que:

VISTO: el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de la Escuela N°119 "Dámaso Antonio  Larrañaga", de Santa Rosa, Departamento de Canelones; 

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para la  impermeabilización de azoteas (140 m2), refacción baños de varones, construcción de un baño exterior y reparación de  comedor; con la suma de $185.000.- en efectivo; 

II) Que dicha Comisión, por su parte, contribuye con la suma de $33.000.- discriminada en el Convenio; 

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del  Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que  les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de la Escuela N°119 "Dámaso Antonio Larrañaga" , de Santa Rosa, Departamento de Canelones, para la impermeabilización de azoteas (140 m2), refacción baños de varones, construcción de un baño exterior y reparación de comedor.

2°- Autorízase, la inversión de la suma de $185.000.- (pesos uruguayos ciento ochenta y cinco mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001 y posteriores, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación  N°921, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000 –

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $185.000.- (pesos uruguayos ciento ochenta y cinco mil), en 2 (dos) cuotas de $92.500.- (pesos uruguayos noventa y dos mil quinientos) cada una, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal San Bautista) para ser depositadas en la cuenta perteneciente a la Comisión de Fomento de la Escuela N°119 "Dámaso Antonio Larrañaga", las que se atenderán con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

 4°- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.