10/01/2002  

CONVENIO MTOP-CENTRO SOCIAL Y DEPORTIVO “VILLA MANUELA”

Un convenio entre el MTOP y el Centro Social y Deportivo “Villa Manuela” de Barros Blancos fue autorizado por el Presidente de la República a través de la siguiente resolución:

VISTO: el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro Social y Deportivo ,"Villa Manuela" , de Barros Blancos, Departamento de Canelones;

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para la construcción de muro perimetral (300 ML); con la suma de  $128.000.- en efectivo;

 II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye con la suma de $128.000.- discriminada en el Convenio;

 III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central  Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE;

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro Social y Deportivo "Villa Manuela" , de Barros Blancos, Departamento de Canelones, para la construcción de muro perimetral  (3COML) .

 2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $128.000.- (pesos uruguayos ciento veintiocho mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Articulo 1º del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N°922, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y  Obras Públicas, de la suma de $128.000.- (pesos uruguayos ciento veintiocho mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Pando) para ser depositada en la cuenta perteneciente al Centro Social y Deportivo "Villa Manuela" , la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

 4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.