10/01/2002
CONVENIO MTOP-CENTRO
SOCIAL Y DEPORTIVO “VILLA MANUELA”
Un
convenio entre el MTOP y el Centro Social y Deportivo “Villa Manuela”
de Barros Blancos fue autorizado por el Presidente de la República a
través de la siguiente resolución:
VISTO:
el Convenio celebrado
el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Centro Social y Deportivo ,"Villa Manuela" , de
Barros Blancos, Departamento de Canelones;
RESULTANDO:
I) que el citado
Ministerio contribuye para la construcción de muro perimetral (300 ML);
con la suma de $128.000.- en
efectivo;
II)
Que dicha Institución, por su parte, contribuye con la suma de $128.000.-
discriminada en el Convenio;
III)
Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Contador Central
Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO:
conveniente aprobar
dicho Convenio;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE;
1°.-
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 14 de diciembre
de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro
Social y Deportivo "Villa Manuela" , de Barros Blancos,
Departamento de Canelones, para la construcción de muro perimetral
(3COML)
.
2°.-
Autorízase, la inversión de la suma de $128.000.- (pesos uruguayos
ciento veintiocho mil), como contribución del citado Ministerio a las
obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736
del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702,
Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles de
acuerdo con el Articulo 1º del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de
1999, afectación N°922, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.
3°.-
Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, de la suma de $128.000.- (pesos uruguayos ciento
veintiocho mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República
Oriental del Uruguay (Sucursal Pando) para ser depositada en la cuenta
perteneciente al Centro Social y Deportivo "Villa Manuela" , la
que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución
se autorizan.
4°.-
Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad
y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador
Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.
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