10/01/2002  

CONVENIO MTOP-CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO CABRERA

Se aprobó el convenio firmado entre el MTOP y el Club Social y Deportivo Cabrera. La resolución firmada por el Presidente de la República expresa que:

VISTO: el Convenio celebrado el 11 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Club Social y Deportivo Cabrera, Departamento de Montevideo;

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para el financiamiento de las obras de terminación en salón para actividades deportivas y reuniones, iniciadas a partir de Setiembre de 2000; con la suma de $132.000.- en efectivo;

 II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye con la suma de $133.000.- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio  de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les  compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 11 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Club Social y Deportivo Cabrera, Departamento de Montevideo, para el financiamiento de las obras de terminación en salón para actividades deportivas y reuniones, iniciadas a partir de  Setiembre de 2000.

2°.- Autorízase, la inversión de  la suma de $132,000.- (pesos uruguayos ciento treinta y dos mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16,736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°21/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N°904, y  con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $132.000,- (pesos uruguayos ciento treinta y dos mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Unión) para ser depositada en la cuenta perteneciente al Club Social y Deportivo Cabrera, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.