10/01/2002
CONVENIO
MTOP-COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA Nº 85
- 1/778
Una
resolución por la cual se autoriza el convenio celebrado entre el MTOP y
la Comisión de Fomento de la Escuela Nº 85 de Lascano, departamento de
Rocha. Fue firmada por el Presidente de la República y la misma expresa
que:
VISTO: el Convenio celebrado el 6 de diciembre de 2001, entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de la
Escuela N°85, de Lascano, Departamento de Rocha;
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para impermeabilizar
azoteas y reparar aberturas; con la suma de $44.000.- en efectivo;
II)
Que dicha Comisión, por su parte, contribuye con la suma de $11.000.-
discriminada en el Convenio;
III)
Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la
intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO:
conveniente aprobar dicho Convenio;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 6 de diciembre
de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la
Comisión de Fomento de la Escuela N°85, de Lascano, Departamento de
Rocha, para impermeabilizar azoteas y reparar aberturas.
2°.-
Autorízase, la inversión de la suma de $44.000.- (pesos uruguayos cuarenta y cuatro mil), como contribución del
citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con
cargo a la Ley Nº 16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001,
Proyecto 702, Financiación 1.4,
Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el
Artículo 1º del Decreto Nº 24/999 de fecha 3 de febrero de 1999,
afectación Nº 898, y con el decreto
90/000 de 3 de marzo de 2000.
3º- Autorízase el pago , por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $ 44.000.- (pesos uruguayos
cuarenta y cuatro mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal Lascano) para ser depositada en
la cuenta perteneciente a la Comisión de Fomento de la Escuela
Nº 85, la que se atenderá con cargo a los
recursos que por la presente Resolución se autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.
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