10/01/2002
CONVENIO
MTOP-COMISIÓN DE FOMENTO DE LA UNIÓN
- 1/923
El
convenio suscripto entre el MTOP y la Comisión de Fomento de La Unión,
fue aprobado por el Presidente de la República según la resolución que
se transcribe a continuación:
VISTO: el Convenio celebrado el 11 de diciembre de 2001, entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de
la Unión, Departamento de Montevideo;
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para la
terminación de seis consultorios, baños, sala de espera y escalera
acceso en planta alta de la Institución; con la suma de $68.000.- en
efectivo;
II) Que dicha Comisión, por su parte, contribuye con
la suma de $68.000.- discriminada en el Convenio;
III)
Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la
intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO:
conveniente aprobar
dicho Convenio;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 11 de diciembre
de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la
Comisión de Fomento de la Unión, Departamento de Montevideo, para la
terminación de seis consultorios, baños, sala de espera y escalera acceso
en planta alta de la Institución
2°.-Autorízase, la inversión de la suma de
$68.000.-(pesos uruguayos sesenta y ocho mil), como contribución del
citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con
cargo a la Ley N° 16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001,
Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha
3 de febrero de 1999, afectación N°903,
y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.-
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $68.000.- (pesos uruguayos
sesenta y ocho mil) en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República
Oriental del Uruguay (Sucursal Unión) para ser depositadas en la cuenta
perteneciente a la Comisión de Fomento de la Unión, la que se atenderá
con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.-
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de
la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.-
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