10/01/2002  

CONVENIO MTOP-COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA Nº 52 - 1/782

El MTOP y la Comisión de Fomento de la Escuela Nº 52 de La Paloma firmaron un convenio el cual fue aprobado por el Presidente de la República mediante la siguiente resolución:

VISTO: el Convenio celebrado el 6 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de la Escuela N°52, de La Paloma Departamento de Rocha;

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la impermeabilización de azoteas; con la suma de $21.500.- en efectivo;

II) Que dicha Comisión, por su parte, contribuye con la suma de $6.500.- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 6 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de la Escuela N°52 de La Paloma, Departamento de Rocha para realizar la impermeabilización de azoteas

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $21.500.- (pesos uruguayos veintiún mil quinientos), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Articulo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N°894, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3º.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $21.500.- (pesos uruguayos veintiún mil quinientos), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal La Paloma) para ser depositada en la cuenta perteneciente a la Comisión de Fomento de la Escuela N°52 de La Paloma, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan .

4º.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.