10/01/2002
CONVENIO
MTOP-CENTRO MATERNO INFANTIL DE SANTA LUCÍA - 1/1027
El
Presidente de la República aprobó el convenio entre el MTOP y el Centro
Materno Infantil, de Santa Lucía, en el departamento de Canelones,
mediante la siguiente resolución:
VISTO:
el Convenio celebrado
el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Centro Materno Infantil, de Santa Lucía, Departamento de
Canelones;
RESULTANDO:
I) que el citado
Ministerio contribuye para la construcción de un aula y servicios
higiénicos correspondientes, impermeabilización de azoteas (776 m2); con
la suma de $238.000.- en efectivo;
II)
Que dicha Comisión, por su parte, contribuye con la suma de $237.000.-
discriminada en el Convenio;
III)
Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la
intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO:
conveniente aprobar
dicho Convenio;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en
todas sus partes, el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro Materno
Infantil, de Santa Lucía, Departamento de Canelones, para la
construcción de un aula y servicios higiénicos correspondientes,
impermeabilización de azoteas (776 m2).
2°.-
Autorízase, la inversión de la suma de $238.000.- (pesos uruguayos
doscientos treinta y ocho mil), como contribución del citado, Ministerio
a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley
N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702,
Financiación 1.4, Ejercicio 2001 y posteriores, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha
3 de febrero de 1999, afectación N° 919, y con el decreto 90/000 de 3 de
marzo de 2000.
3°.-
Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de
la suma de $238.000. -(pesos uruguayos doscientos treinta y ocho mil), en
2 (dos) cuotas de $119.000.- (pesos uruguayos ciento diecinueve mil) cada
una, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal
Santa Lucía) para ser depositadas en la cuenta perteneciente al Centro
Materno Infantil, las que se atenderán con cargo a los recursos que por
la presente Resolución se autorizan .
4°.-
Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad
y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador
Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos .
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