10/01/2002  

CONVENIO MTOP-CENTRO MATERNO INFANTIL DE SANTA LUCÍA - 1/1027

El Presidente de la República aprobó el convenio entre el MTOP y el Centro Materno Infantil, de Santa Lucía, en el departamento de Canelones, mediante la siguiente resolución:

VISTO: el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro Materno Infantil, de Santa Lucía, Departamento de Canelones;

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para la construcción de un aula y servicios higiénicos correspondientes, impermeabilización de azoteas (776 m2); con la suma de $238.000.- en efectivo;

II) Que dicha Comisión, por su parte, contribuye con la suma de $237.000.- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro Materno Infantil, de Santa Lucía, Departamento de Canelones, para la construcción de un aula y servicios higiénicos correspondientes, impermeabilización de azoteas (776 m2).

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $238.000.- (pesos uruguayos doscientos treinta y ocho mil), como contribución del citado, Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001 y posteriores, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N° 919, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $238.000. -(pesos uruguayos doscientos treinta y ocho mil), en 2 (dos) cuotas de $119.000.- (pesos uruguayos ciento diecinueve mil) cada una, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Santa Lucía) para ser depositadas en la cuenta perteneciente al Centro Materno Infantil, las que se atenderán con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan .

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos .