10/01/2002

CONVENIO MTOP-CLUB ARTIGAS VARELA LOS PATRIAS - 1/1266

Se aprobó el convenio que suscribieron el MTOP y el Club Artigas Varela Los Patrias, del departamento de Canelones. La resolución firmada por el Presidente de la República es la que se transcribe a continuación:

VISTO: el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Club Artigas Varela Los Patrias, de Estación Castellanos, Departamento de Canelones;

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para techar la sede; con la suma de $21.000 en efectivo;

II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye con la suma de $21.000.- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE :

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Club Artigas Varela Los Patrias, de Estación Castellanos, Departamento de Canelones, para techar la sede.

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $21.000.- (pesos uruguayos veintiún mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1º del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N°948, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $21.000.- (pesos uruguayos veintiún mil), en 1(una) cuota, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal San Ramón) para ser depositada en la cuenta perteneciente al Club Artigas Varela Los Patrias, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.