10/01/2002
CONVENIO
MTOP-CLUB ARTIGAS VARELA LOS PATRIAS - 1/1266
Se
aprobó el convenio que suscribieron el MTOP y el Club Artigas Varela Los
Patrias, del departamento de Canelones. La resolución firmada por el
Presidente de la República es la que se transcribe a continuación:
VISTO: el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Club Artigas Varela Los
Patrias, de Estación Castellanos, Departamento de Canelones;
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para techar la
sede; con la suma de $21.000 en efectivo;
II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye
con la suma de $21.000.- discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que
les compete;
CONSIDERANDO:
conveniente aprobar dicho Convenio;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE
:
1°.-
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 14 de diciembre
de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Club
Artigas Varela Los Patrias, de Estación Castellanos, Departamento de
Canelones, para techar la sede.
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
$21.000.- (pesos uruguayos veintiún mil), como contribución del citado
Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la
Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto
702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 1º del Decreto N°24/999 de fecha
3 de febrero de 1999, afectación N°948, y con el decreto 90/000 de 3 de
marzo de 2000
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $21.000.- (pesos uruguayos
veintiún mil), en 1(una) cuota, a favor del Banco de la República
Oriental del Uruguay (Sucursal San Ramón) para ser depositada en la
cuenta perteneciente al Club Artigas Varela Los Patrias, la que se
atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se
autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.
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