10/01/2002
CONVENIO
MTOP-COMISIÓN PRO FOMENTO “BARRIOS LAURES”
- 1/735
El
convenio entre el MTOP y la Comisión Pro Fomento “Barrio Laures” fue
aprobado por el Presidente de la República a través de la siguiente
resolución:
VISTO:
el Convenio celebrado
el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Comisión Pro-Fomento "Barrio Laures", de Las
Piedras, Departamento de Canelones;
RESULTANDO:
I) que el citado
Ministerio contribuye para la construcción de una policlínica barrial
(dos consultorios, enfermería, sala de espera y servicios higiénicos);
con la suma de $180.000.- en efectivo;
II)
Que dicha Institución, por su parte, contribuye con la suma de $180.000.-
discriminada en el Convenio;
III)
Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la
intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO:
conveniente aprobar
dicho Convenio;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en
todas sus partes, el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión Pro-Fomento
"Barrio Laures", de Las Piedras, Departamento de Canelones, para
la construcción de una policlínica barrial (dos consultorios,
enfermería, sala de espera y servicios higiénicos).
2°.- Autorízase, la
inversión de la suma de $180.000.- (pesos uruguayos ciento ochenta mil),
como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la
que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996,
Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001 y
posteriores, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo
1° del Decreto Nº 24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación
N°918, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.
3°.- Autorízase el
pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de
$180.000.- (pesos uruguayos ciento ochenta mil), en 2 (dos) cuotas de
$90.000.- (pesos uruguayos noventa mil) cada una, a favor del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal Las Piedras) para ser
depositadas en la cuenta perteneciente a la Comisión Pro-Fomento “Barrio
Laures", las que se atenderán con cargo a los recursos que por la
presente Resolución se autorizan.
4º
.-Comuníquese y previa intervención por parte de la División
Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y
el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus
efectos.
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