10/01/2002

CONVENIO MTOP-CASA DE RESIDENTES DE FLORES - 1/1224

El primer mandatario firmó una resolución por la cual se aprueba el convenio entre el MTOP y la Casa de Residente de Flores para la realización de varias obras. La mencionada resolución expresa que:

VISTO: el Convenio celebrado el 11 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Casa de Residentes de Flores, Departamento de Montevideo;

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para construir parrillero y refacción de patio exterior; con la suma de $71.000.- en efectivo;

II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye con la suma de $71.000.- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE :

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 11 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Casa de Residentes de Flores, Departamento de Montevideo, para construir parrillero y refacción de patio exterior.

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $71.000.- (pesos uruguayos setenta y un mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996 Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1°del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N°906, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $71.000.- (pesos uruguayos setenta y un mil) en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal 19 de Junio) para ser depositadas en la cuenta perteneciente a la Casa de Residentes de Flores, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.