10/01/2002
CONVENIO
MTOP-CASA DE RESIDENTES DE FLORES - 1/1224
El
primer mandatario firmó una resolución por la cual se aprueba el
convenio entre el MTOP y la Casa de Residente de Flores para la
realización de varias obras. La mencionada resolución expresa que:
VISTO: el Convenio celebrado el 11 de diciembre de 2001, entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Casa de Residentes de
Flores, Departamento de Montevideo;
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para construir
parrillero y refacción de patio exterior; con la suma de $71.000.- en
efectivo;
II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye
con la suma de $71.000.- discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO:
conveniente aprobar
dicho Convenio;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE
:
1°.-
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 11 de diciembre
de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Casa de
Residentes de Flores, Departamento de Montevideo, para construir
parrillero y refacción de patio exterior.
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
$71.000.- (pesos uruguayos setenta y un mil), como contribución del
citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con
cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996 Inciso 10, Programa 001,
Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 1°del Decreto N°24/999 de fecha
3 de febrero de 1999, afectación N°906, y con el decreto 90/000 de 3 de
marzo de 2000.
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $71.000.- (pesos uruguayos
setenta y un mil) en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República
Oriental del Uruguay (Sucursal 19 de Junio) para ser depositadas en la
cuenta perteneciente a la Casa de Residentes de Flores, la que se
atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se
autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.
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