10/01/2002
CONVENIO
MTOP-LIGA DE VECINOS DE PARQUE DEL PLATA - 1/553
El
primer mandatario aprobó una resolución por la cual autoriza el convenio
signado entre el MTOP y la Liga de Vecinos de Parque del Plata (Canelones)
El texto de la resolución es el siguiente:
VISTO: el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Liga de Vecinos de
Parque del Plata, Departamento de Canelones;
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para el
cerramiento lateral con aberturas de aluminio (45 m2); con la suma de
$30.000.- en efectivo;
II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye
con la suma de $26.500 discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;
EL
PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 14
de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas
y la Liga de Vecinos de Parque del Plata, Departamento de Canelones, para
el cerramiento lateral con aberturas de aluminio (45 m2).
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $30.000.- (pesos
uruguayos treinta mil), como contribución del citado Ministerio
a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°
16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702,
Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles de
acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N° 24/999 de fecha 3 de febrero
de 1999, afectación N° 923, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo
de 2000.
3°-
Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de
la suma de $30.000.- (pesos uruguayos treinta mil), en 1 (una) cuota, a
favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal
Atlántida) para ser depositada en la cuenta N° 38450 (Caja de Ahorros)
perteneciente a la Liga de Vecinos de Parque del Plata, la que se
atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se
autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la
División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.
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