10/01/2002
CONVENIO
MTOP-COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA Nº 44
- 1/784
Se
autorizó el convenio entre el MTOP y la Comisión de Fomento de la
Escuela Nº 44 “Felicia Banat” de Rocha. La resolución firmada por el
primer mandatario se transcribe a continuación:
VISTO: el Convenio celebrado el 6 de diciembre de 2001, entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de
la Escuela N°44 "Felicia Banat", Departamento de Rocha;
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la
impermeabilización y bajadas pluviales; con la suma de $50.000.- en
efectivo;
II) Que dicha Comisión, por su parte, contribuye con
la suma de $13.000.- discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO:
conveniente aprobar
dicho Convenio;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 6 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y la Comisión de Fomento de la Escuela N°44
"Felicia Banat", Departamento de Rocha para realizar la
impermeabilización y bajadas pluviales.
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
$50.000.- (pesos uruguayos cincuenta mil), como contribución del citado
Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la
Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto
702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles
de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 del
febrero de 1999, afectación N°896, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo
de 2000.-
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $50.000.- (pesos uruguayos
cincuenta mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República
Oriental del Uruguay (Sucursal Rocha) para ser depositada en la cuenta
perteneciente a la Comisión de Fomento de la Escuela N° 44
“Felicia Banat" , la que se atenderá con cargo a los
recursos que por la presente Resolución se autorizan.-
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.
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