10/01/2002

CONVENIO MTOP-COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA Nº 66 - 1/800

El Presidente de la República mediante una resolución aprobó el convenio suscripto entre el MTOP y la Comisión de Fomento de la Escuela Nº 66 "General Fructuoso Rivera” de Treinta y Tres, la cual establece que:

VISTO: el Convenio celebrado el 6 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras públicas y la Comisión de Fomento de la Escuela N°66 "General Fructuoso Rivera", Departamento de Treinta y Tres;

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la refacción de baños y construcción de pozo impermeable; con la suma de $84.000.- en efectivo;

II) Que dicha Comisión, por su parte, contribuye con la suma de $27.000.- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 6 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de la Escuela N°66 "General Fructuoso Rivera", Departamento de Treinta y Tres, para realizar la refacción de baños y construcción de pozo impermeable.

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $84.000.- (pesos uruguayos ochenta y cuatro mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N°907, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3º.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $84.000.- (pesos uruguayos ochenta y cuatro mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Treinta y Tres) para ser depositada en la cuenta perteneciente a la Comisión de Fomento de la Escuela N°66 "General Fructuoso Rivera", la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos .