10/01/2002
CONVENIO
MTOP-COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA Nº 66 - 1/800
El
Presidente de la República mediante una resolución aprobó el convenio
suscripto entre el MTOP y la Comisión de Fomento de la Escuela Nº 66
"General Fructuoso Rivera” de Treinta y Tres, la cual establece
que:
VISTO: el Convenio celebrado el 6 de diciembre de 2001, entre
el Ministerio de Transporte y Obras públicas y la Comisión de Fomento de
la Escuela N°66 "General Fructuoso Rivera", Departamento de
Treinta y Tres;
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la
refacción de baños y construcción de pozo impermeable; con la suma de
$84.000.- en efectivo;
II) Que dicha Comisión, por su parte, contribuye con
la suma de $27.000.- discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en
todas sus partes, el Convenio celebrado el 6 de diciembre de 2001, entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de
la Escuela N°66 "General Fructuoso Rivera", Departamento de
Treinta y Tres, para realizar la refacción de baños y construcción de
pozo impermeable.
2°.-
Autorízase, la inversión de la suma de $84.000.- (pesos uruguayos ochenta y cuatro mil), como contribución
del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con
cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001,
Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha
3 de febrero de 1999, afectación N°907, y con el decreto 90/000 de 3 de
marzo de 2000.
3º.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $84.000.- (pesos uruguayos
ochenta y cuatro mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal Treinta y Tres) para ser
depositada en la cuenta perteneciente a la Comisión de Fomento de la
Escuela N°66 "General Fructuoso Rivera", la que se atenderá
con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos .
|