10/01/2002

CONVENIO MTOP-COMISIÓN DE FOMENTO DEL JARDÍN DE INFANTES ECOLÓGICO ASISTENCIAL Nº 87 - 1/615

Se autorizó el convenio firmado entre el MTOP y la Comisión de Fomento del Jardín de Infantes Ecológico Asistencial Nº 87, de Treinta y Tres. La resolución firmada por el primer mandatario establece que:

VISTO: el Convenio celebrado el 6 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento del Jardín de Infantes Ecológico Asistencial N°87, Departamento de Treinta y Tres;

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la impermeabilización de techos y arreglo de pretiles; con la suma de $63.000.- en efectivo;

II) Que dicha Comisión, por su parte, contribuye con la suma de $32.000.- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del. Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 6 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento del Jardín de Infantes Ecológico Asistencial N°87, Departamento de Treinta y Tres, para realizar la impermeabilización de techos y arreglo de pretiles.

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $63.000.- (pesos uruguayos sesenta y tres mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736  del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N°908, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°. -Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $63.000.- (pesos uruguayos sesenta y tres mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Treinta y Tres) para ser depositada en la cuenta N°184349 perteneciente a la Comisión de Fomento del Jardín de Infantes Ecológico Asistencial N°87, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos .