10/01/2002  

RETENCIÓN POR CONCEPTO DE IVA

El Presidente de la República aprobó la siguiente resolución vinculada a la retención del IVA de Consultores generado en el Convenio PNUD/URU/00/004/A/01/99:

VISTO: el Convenio PNUD URU/00/004/A/01/99 "Apoyo a la creación de un Mecanismo de Análisis Prospectivo en la Secretaría de la Presidencia de la República" suscrito entre la Presidencia de la República y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, con fecha 14 de noviembre de 2000 y su extensión de fecha 4 de octubre de 2001.

RESULTANDO: I) que en los contratos a consultores suscritos con cargo al citado convenio se establece que la Presidencia de la República Oriental del Uruguay actuará como agente de retención del IVA, según lo dispuesto en el Decreto 364/98 del 9 de diciembre de 1998.

II) que se ha efectuado la retención de la suma de $ 56.644 (pesos uruguayos cincuenta y seis mil seiscientos cuarenta y cuatro) por concepto de IVA generado en la contratación de Consultores por los meses de noviembre y diciembre de 2001, correspondientes al Convenio PNUD URU/00/004/A/01/99 mencionado en el VISTO de esta Resolución.

CONSIDERANDO: I) que la Contaduría General de la Nación habilitó el crédito de acuerdo al artículo 440 de la Ley 15.903 y sus modificativas, en el objeto del gasto 282, de Inciso 02, Unidad Ejecutora 001 “Presidencia de la República y Oficinas Dependientes", cuya imputación se compensará con el ingreso que la Dirección General Impositiva mostrará en sus estados de recaudación mensual.

II) que el Contador Central Delegado del Tribunal de Cuentas ha intervenido preventivamente el gasto.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Declárase que la Presidencia de la República ha retenido la suma de $ 56.644 (pesos uruguayos cincuenta y seis mil seiscientos cuarenta y cuatro), por concepto de Impuesto al Valor Agregado de Consultores generado en el Convenio PNUD URU/00/004/A/01/99, suscrito entre la Presidencia de la República Oriental del Uruguay y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, por los meses noviembre y diciembre de 2001, de acuerdo al planillado adjunto que se considera parte integrante de la presente resolución.

2°) Solicítase a la Dirección General Impositiva que muestre en sus estados de recaudación mensual, el monto que surge del numeral precedente, incluyéndolo como descargo en concepto de "Compensación IVA. Consultores Presidencia de la República."

 3°) Emítase constancia a nombre de cada uno de los Consultores comprendidos en el planillado referido en el numeral 1°, de esta Resolución; por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) retenido, a fin de ser presentada ante la Dirección General Impositiva, acreditando la retención.

4°) Comuníquese y pase a sus efectos y por su orden a la División Contabilidad y Finanzas de la Presidencia de la República, al Contador Central Delegado del Tribunal de Cuentas y a la Dirección General Impositiva.