17/01/2002
REHABILITACIÓN DE
EX SEDE DE THE MONTEVIDEO WATERWORKS & CO.
El
Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Industria,
Energía y Minería aprobó una resolución declarando comprendidas en el
régimen del Decreto Nº 39/986, modificativos y concordantes, las obras
de rehabilitación del edificio ex sede de The Montevideo Waterworks &
Co. La citada resolución establece que:
VISTO:
la solicitud de ia
empresa DISCOUNT BANK (LATIN AMERICA) S.A., con la finalidad de
ampararse en el régimen del decreto 139 del 5 de marzo de 1986 y obtener
los beneficios del decreto 220 del 12 de agosto de 1998;
RESULTANDO:
el proyecto presentado
tiene como objetivo la rehabilitación del edificio ex sede de The
Montevideo Waterworks & Co., construído en un terreno sito en
Montevideo, con frente a la calle Zabala N° 1385/1389/1395 y Rincón 394,
Padrón N° 3916;
CONSIDERANDO:
I) que de acuerdo a lo
informado por la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y
Cultural de la Nación y por la Comisión Especial creada por el Decreto
139/986, dicho inmueble se encuentra comprendido por el Artículo 1° del
Decreto 774/986;
II)
que la Comisión Especial últimamente citada y la Dirección Nacional de
Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería han informado
que el aporte de dicha obra al acervo histórico, cultural y turístico
justifica el otorgamiento de las exoneraciones solicitadas;
ATENTO:
a lo expuesto, lo
aconsejado por la Comisión Especial creada por el Decreto 139/986 y por
la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía
y Minería, y a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 del 28 de
marzo de 1974, Decreto No. 139/986 de 5 de marzo de 1986, Decreto No.
774/986 de 25 de noviembre de 1986 y Decreto No. 220/998 del 12 de agosto
de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBUCA
RESUELVE:
1º.-
Decláranse comprendidas en el régimen del Decreto 139/986 de 5 de marzo
de 1986, modificativos y concordantes, las obras de rehabilitación del
edificio ex sede de The Montevideo Waterworks & Co., construído en un
terreno sito en Montevideo, con frente a la ,calle Zabala N°
1385/1389/1395 y Rincón 394, Padrón N° 3916.-
2°.-
La empresá DISCOUNT BANK (LATIN AMERICA) S.A. podrá hacer uso del
crédito previsto en el art, 44 del Decreto No, 220/998 por el impuesto al
Valor Agregado generado en la adquisición en plaza de los materiales
destinados a la inversión proyectada, hasta un monto de dichos materiales
equivalente a 6.721 , unidades reajustables.-
3°.-
La precedente exoneración será aplicable exclusivamente a las
inversiones realizadas con posterioridad al 01/10/00.-
4°.-
A los efectos del control y seguimiento y hasta el vencimiento del plazo
previsto precedentemente, la empresa DISCOUNT BANK (LATIN AMERICA) S.A,
deberá presentar ante el Ministerio de Industria, Energía y Minería la
información que le sea requerida en relación al objeto de la presente
resolución.-
5°.-
A los efectos de la aplicación de los beneficios fiscales dispuestos
precedentemente, el Ministerio de Industria, Energía y Minería, previo
informe de la Dirección Nacional de Industrias certificará a los
organismos competentes la pertinencia de los mismos de acuerdo al proyecto
de rehabilitación que se promueve.-
6°.-
Los beneficios promocionales que se otorgan por la presente resolución lo
son bajo la condición de que el titular recicle y mantenga el edificio
descripto en condiciones acordes con el proyecto de rehabilitación que
sirvió de fundamento a su solicitud.-
7º.-
Comuníquese, etc.-
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