17/01/2002    

REHABILITACIÓN DE EX SEDE DE THE MONTEVIDEO WATERWORKS & CO.

El Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Industria, Energía y Minería aprobó una resolución declarando comprendidas en el régimen del Decreto Nº 39/986, modificativos y concordantes, las obras de rehabilitación del edificio ex sede de The Montevideo Waterworks & Co. La citada resolución establece que:

VISTO: la solicitud de ia empresa DISCOUNT BANK (LATIN AMERICA) S.A., con la finalidad de ampararse en el régimen del decreto 139 del 5 de marzo de 1986 y obtener los beneficios del decreto 220 del 12 de agosto de 1998;

RESULTANDO: el proyecto presentado tiene como objetivo la rehabilitación del edificio ex sede de The Montevideo Waterworks & Co., construído en un terreno sito en Montevideo, con frente a la calle Zabala N° 1385/1389/1395 y Rincón 394, Padrón N° 3916;

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo informado por la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación y por la Comisión Especial creada por el Decreto 139/986, dicho inmueble se encuentra comprendido por el Artículo 1° del Decreto 774/986;

II) que la Comisión Especial últimamente citada y la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería han informado que el aporte de dicha obra al acervo histórico, cultural y turístico justifica el otorgamiento de las exoneraciones solicitadas;

ATENTO: a lo expuesto, lo aconsejado por la Comisión Especial creada por el Decreto 139/986 y por la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería, y a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 del 28 de marzo de 1974, Decreto No. 139/986 de 5 de marzo de 1986, Decreto No. 774/986 de 25 de noviembre de 1986 y Decreto No. 220/998 del 12 de agosto de 1998;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBUCA

RESUELVE:

1º.- Decláranse comprendidas en el régimen del Decreto 139/986 de 5 de marzo de 1986, modificativos y concordantes, las obras de rehabilitación del edificio ex sede de The Montevideo Waterworks & Co., construído en un terreno sito en Montevideo, con frente a la ,calle Zabala N° 1385/1389/1395 y Rincón 394, Padrón N° 3916.-

2°.- La empresá DISCOUNT BANK (LATIN AMERICA) S.A. podrá hacer uso del crédito previsto en el art, 44 del Decreto No, 220/998 por el impuesto al Valor Agregado generado en la adquisición en plaza de los materiales destinados a la inversión proyectada, hasta un monto de dichos materiales equivalente a 6.721 , unidades reajustables.-

3°.- La precedente exoneración será aplicable exclusivamente a las inversiones realizadas con posterioridad al 01/10/00.-

4°.- A los efectos del control y seguimiento y hasta el vencimiento del plazo previsto precedentemente, la empresa DISCOUNT BANK (LATIN AMERICA) S.A, deberá presentar ante el Ministerio de Industria, Energía y Minería la información que le sea requerida en relación al objeto de la presente resolución.-

5°.- A los efectos de la aplicación de los beneficios fiscales dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria, Energía y Minería, previo informe de la Dirección Nacional de Industrias certificará a los organismos competentes la pertinencia de los mismos de acuerdo al proyecto de rehabilitación que se promueve.-

6°.- Los beneficios promocionales que se otorgan por la presente resolución lo son bajo la condición de que el titular recicle y mantenga el edificio descripto en condiciones acordes con el proyecto de rehabilitación que sirvió de fundamento a su solicitud.-

7º.- Comuníquese, etc.-