22/01/2002
FALLO DEL TRIBUNAL
DE HONOR DE LA FUERZA AÉREA
Se aprobó el fallo emitido por el Tribunal Superior de Honor de la
Fuerza Aérea que establece que el Cnel. (Av.) Rafael Becerra se encuentra
en el Límite D. 1, literal d) del Art. 108 del reglamento de los
Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas, “Descalificación por falta
gravísima”.
La
resolución firmada por el primer mandatario en acuerdo con el Ministro de
Defensa Nacional señala que:
Visto:
el fallo emitido por el Tribunal Superior de Honor de la Fuerza Aérea, que
juzgó la conducta del señor Coronel (Av.) don Rafael Becerra.
Considerando:
que el mencionado Tribunal estableció que el señor Oficial Superior, se
encuentra comprendido en el
límite D. 1, literal d) del artículo 108 del Reglamento de los
Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas, "Descalificación por
falta gravísima".
Atento:
a que el Comando General de la Fuerza Aérea comparte el mencionado fallo,
a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional
ya lo establecido en los artículos 104 y 120 (en la redacción dada por
el artículo 1ro. del Decreto 291/000 de 10 de octubre de 2000) del
Reglamento de los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas, aprobado por
el Decreto 55/985 de 8 de febrero de 1985.
El
Presidente de la República
Resuelve:
1ro.-
Apruébase el fallo emitido por el Tribunal Superior de Honor de la Fuerza
Aérea, que estableció que el señor Coronel (Av.) don Rafael Becerra, se
encuentra comprendido en el Límite D.1, literal d) del artículo 108 del
Reglamento de los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas,
"Descalificación por falta gravísima".
2do.-
Comuníquese, publíquese y pasen estos antecedentes a la Dirección
Personal Militar del Ministerio de Defensa Nacional, a los efectos que
determina el artículo 120 del Reglamento de los Tribunales de Honor de
las Fuerzas Armadas en la redacción dada por el artículo 1ro. del
Decreto 291/000 de 10 de octubre de 2000. Cumplido, archívese.
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