30/01/2002

MANTIENEN OBSERVACIONES AL MEC

El Presidente de la República en acuerdo con los Ministros de Economía y Finanzas y de Educación y Cultura aprobó una resolución por la cual se mantienen las observaciones efectuadas por la Contaduría General de la Nación en lo referente a una compensación solicitada por el MEC para la Dirección General de Registros. Dicha resolución establece que:

VISTO: estos antecedentes en los cuales la Dirección General de Registros del Ministerio de Educación y Cultura resolvió con fecha 20 de julio de 2001, otorgar una compensación extraordinaria de $ 3.500,00 (pesos uruguayos tres mil quinientos) a determinados funcionarios que efectivamente cumplan tareas en la referida Unidad Ejecutora.-

RESULTANDO: I) que según surge de la liquidación practicada, entre los funcionarios alcanzados se encuentran los Sres. Gala Flores, Mireya Calvetti y Daniel Ceriani, quienes se encuentran prestando funciones en comisión en la citada Unidad Ejecutora, no perteneciendo a la misma.-

II) que dicha erogación fue observada por la Contaduría Central delegada del Tribunal de Cuentas ante el Ministerio de Educación y Cultura.-

III) que con fecha 27 de julio de 2001, la Dirección General de Registros resuelve reiterar la habilitación de dicho trámite, en mérito a la necesidad de mantener internamente criterios de equidad en cuanto a la responsabilidad de las tareas desarrolladas y la remuneración establecida para los puestos de trabajo.-

IV) que la Contaduría General de la Nación con fecha 24 de agosto de 2001 solicita se ponga en funcionamiento el mecanismo del artículo 26° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, compartiendo la observación formulada por la Contaduría Central delegada del Tribunal de Cuentas ante el Ministerio de Educación y Cultura, por entender que la excepción que estableciera el Decreto N° 364/984 de 4 de setiembre de 1984 a lo dispuesto en el artículo 105° de la Ley Especial N° 7 de 23 de diciembre de 1983, no es aplicable a los funcionarios que perteneciendo a otras Unidades Ejecutoras, presten servicios en la Dirección General de Registros.-

CONSIDERANDO: que conforme a la normativa vigente, la observación interpuesta por el Contador Central delegado del Tribunal de Cuentas ante el Ministerio de Educación, y Cultura y por la Contaduría General de la Nación es pertinente, ya que las compensaciones proyectadas no se adecuan a lo establecido en el artículo 91° del Texto Ordenado de Funcionarios Públicos (TOFUP) , al superar el tope del 90% de las retribuciones de los jerarcas de las respectivas oficinas de origen.-

ATENTO: a lo expuesto ya lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Mantener las observaciones efectuadas por la Contaduría General de la Nación.-

2°) Comuníquese, etc. .-