30/01/2002
MANTIENEN
OBSERVACIONES AL MEC
El
Presidente de la República en acuerdo con los Ministros de Economía y
Finanzas y de Educación y Cultura aprobó una resolución por la cual se
mantienen las observaciones efectuadas por la Contaduría General de la
Nación en lo referente a una compensación solicitada por el MEC para la
Dirección General de Registros. Dicha resolución establece que:
VISTO: estos antecedentes
en los cuales la Dirección General de Registros del Ministerio de
Educación y Cultura resolvió con fecha 20 de julio de 2001, otorgar una
compensación extraordinaria de $ 3.500,00 (pesos uruguayos tres mil
quinientos) a determinados funcionarios que efectivamente cumplan tareas
en la referida Unidad Ejecutora.-
RESULTANDO:
I) que según surge de la liquidación practicada, entre los funcionarios
alcanzados se encuentran los Sres. Gala Flores, Mireya Calvetti y Daniel
Ceriani, quienes se encuentran prestando funciones en comisión en la
citada Unidad Ejecutora, no perteneciendo a la misma.-
II)
que dicha erogación fue observada por la Contaduría Central delegada del
Tribunal de Cuentas ante el Ministerio de Educación y Cultura.-
III)
que con fecha 27 de julio de 2001, la Dirección General de Registros
resuelve reiterar la habilitación de dicho trámite, en mérito a la
necesidad de mantener internamente criterios de equidad en cuanto a la
responsabilidad de las tareas desarrolladas y la remuneración establecida
para los puestos de trabajo.-
IV)
que la Contaduría General de la Nación con fecha 24 de agosto de 2001
solicita se ponga en funcionamiento el mecanismo del artículo 26° de la
Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, compartiendo la observación
formulada por la Contaduría Central delegada del Tribunal de Cuentas ante
el Ministerio de Educación y Cultura, por entender que la excepción que
estableciera el Decreto N° 364/984 de 4 de setiembre de 1984 a lo
dispuesto en el artículo 105° de la Ley Especial N° 7 de 23 de
diciembre de 1983, no es aplicable a los funcionarios que perteneciendo a
otras Unidades Ejecutoras, presten servicios en la Dirección General de
Registros.-
CONSIDERANDO:
que conforme a la normativa vigente, la observación interpuesta por el
Contador Central delegado del Tribunal de Cuentas ante el Ministerio de
Educación, y Cultura y por la Contaduría General de la Nación es
pertinente, ya que las compensaciones proyectadas no se adecuan a lo
establecido en el artículo 91° del Texto Ordenado de Funcionarios
Públicos (TOFUP) , al superar el tope del 90% de las retribuciones
de los jerarcas de las respectivas oficinas de origen.-
ATENTO:
a lo expuesto ya lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Economía y Finanzas.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Mantener las
observaciones efectuadas por la Contaduría General de la Nación.-
2°)
Comuníquese, etc. .-
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