30/01/2002

EXONERAN DE PAGO DE RECARGO A LA BOLSA DE VALORES DE MONTEVIDEO

Se declaró a la asociación civil Bolsa  de Valores de Montevideo exonerada del pago  de recargos a la importación de un sistema de negociación electrónico. La resolución de referencia aprobada por el Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Economía y Finanzas expresa que:

VISTO: la gestión promovida por la Bolsa de Valores de Montevideo, en la que solicita exoneración de recargos y demás gravámenes, la importación de un sistema de negociación electrónica y continua.-

RESULTANDO: que la gestionante es una asociación civil, de carácter gremial, con personería jurídica reconocida y estatutos debidamente aprobados, estableciéndose entre sus finalidades, la de propender al desarrollo del mercado bursátil.-

CONSIDERANDO: que la institución gestionante se encuentra amparada por el articulo 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960.-

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo establecido en el articulo 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Declárase a la asociación civil Bolsa de Valores de Montevideo, exonerada del pago de recargos, incluido el mínimo, del Impuesto Aduanero Único a la Importación y del Impuesto al Valor Agregado, aplicable en ocasión de la importación de un sistema de negociación electrónico, descripto en anexo adjunto que forma parte de esta Resolución, y cuyo valor Cif/Montevideo asciende a U$S 331.549,00 (trescientos treinta y un mil quinientos cuarenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América).-

2°) El sistema de negociación electrónico que se menciona precedentemente no podrá ser enajenado por un plazo de diez años a partir de la fecha de su introducción definitiva al país.-

3°) Comuníquese, notifíquese y archívese.-