30/01/2002
EXONERAN DE PAGO DE
RECARGO A LA BOLSA DE VALORES DE MONTEVIDEO
Se
declaró a la asociación civil Bolsa
de Valores de Montevideo exonerada del pago
de recargos a la importación de un sistema de negociación
electrónico. La resolución de referencia aprobada por el Presidente de
la República en acuerdo con el Ministro de Economía y Finanzas expresa
que:
VISTO: la gestión promovida por la Bolsa de Valores de
Montevideo, en la que solicita exoneración de recargos y demás
gravámenes, la importación de un sistema de negociación electrónica
y continua.-
RESULTANDO: que la gestionante es una asociación civil, de
carácter gremial, con personería jurídica reconocida y estatutos
debidamente aprobados, estableciéndose entre sus finalidades, la de
propender al desarrollo del mercado bursátil.-
CONSIDERANDO: que la institución gestionante se encuentra amparada
por el articulo 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960.-
ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo
establecido en el articulo 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de
1991.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Declárase a la asociación civil Bolsa de
Valores de Montevideo, exonerada del pago de recargos, incluido el
mínimo, del Impuesto Aduanero Único a la Importación y del Impuesto al
Valor Agregado, aplicable en ocasión de la importación de un sistema de
negociación electrónico, descripto en anexo adjunto que forma parte de
esta Resolución, y cuyo valor Cif/Montevideo asciende a U$S 331.549,00
(trescientos treinta y un mil quinientos cuarenta y nueve dólares de los
Estados Unidos de América).-
2°) El sistema de negociación electrónico que se
menciona precedentemente no podrá ser enajenado por un plazo de diez
años a partir de la fecha de su introducción definitiva al país.-
3°) Comuníquese, notifíquese y archívese.-
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