06/02/2002
PRODUCCIÓN
Y DISTRIBUCIÓN DE GAS POR CAÑERÍA
En
acuerdo con el Ministro de Industria, Energía y Minería el Presidente de
la República aprobó una resolución vinculada a la producción y
distribución de gas por cañería, la que establece lo siguiente:
VISTO: la solicitud de Gaseba Uruguay S.A., de adecuación del
contrato de Concesión de Servicio Público de producción y distribución
de gas por cañería para el área metropolitana de Montevideo, otorgado
por El Estado, (Poder Ejecutivo) representado por el Ministerio de
Industria, , Energía y Minería, y el consorcio GASEBA Uruguay con fecha
15 de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro
RESULTANDO: I) El Poder Ejecutivo, por resolución de 16 de
setiembre de 1994, adjudicó al Consorcio Gaseba Uruguay la explotación
del servicio público de producción y distribución de gas por cañería
para el área metropolitana de Montevideo, dentro de los límites de la
oferta presentada, y en todas aquellas redes interconectadas que se
encuentren en dicha área, con las modalidades y bajo las condiciones
establecidas en el pliego.-
II) la misma resolución designó al Ministro de
Industria, Energía y Minería, como representante del Poder Ejecutivo a
los efectos de otorgar el contrato y se convocó a Gaseba Uruguaya
suscribir el mismo con arreglo a lo establecido en el Pliego respectivo.
III) oportunamente de acuerdo a las previsiones del Pliego y del Contrato
Gaseba Uruguay S.A., sociedad constituida por el Consorcio sucede al mismo
como parte en el contrato.
IV) a partir de la incorporación del gas natural a la
matriz energética nacional se hace necesario ajustar los instrumentos
jurídicos que regulan la comercialización del gas para permitir la
efectivización en todo el territorio nacional la disponibilidad de dicho
energético
CONSIDERANDO: I) Que las disposiciones del Contrato de Concesión,
de acuerdo a lo acordado por el concesionario con los servicios técnicos
del Ministerio, la Dirección Nacional de Energía y el Organismo Técnico
de Contralor, deberían ser adecuadas conforme al texto que se ha elevado,
fundamentalmente en los siguientes aspectos:
a) delimitación del ámbito territorial, límites del
Departamento de Montevideo;
b) adecuaciones por la llegada del gas natural, tarifas
para el nuevo combustible;
c) adecuación del precio del arrendamiento de bienes.
II) Que las compatibilizaciones propuestas aseguran una
más integral modificación de la matriz energética por la incorporación
del gas natural.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la ley No 14.142 de
20 de junio de 1973, al Decreto-Ley N° 15.270 de 27 de abril de 1982, ya
la Resolución del Poder Ejecutivo de 16 de setiembre de 1994
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Autorizar las adecuaciones del contrato de Concesión de
Servicio Público de producción y distribución de gas por cañería para
el área metropolitana de Montevideo, otorgado por el Estado y el
consorcio GASEBA Uruguay con fecha 15 de diciembre de mil novecientos
noventa y cuatro.
2°.- Designar al Señor Ministro de Industria, Energía y
Minería, para que suscriba en representación del Poder Ejecutivo, las
modificaciones propuestas al Contrato respectivo
3°.- A los efectos de la presente Resolución subroga al señor
Ministro de Industria, Energía y Minería, el Señor Ministro del
Interior.
4°.- Comuníquese.
|