06/02/2002    

EXONERACIÓN DE IMPUESTOS AL INAVI       

El Presidente de la República en acuerdo con los Ministros de Economía y Finanzas y de Ganadería, Agricultura y Pesca aprobó una resolución por la cual se exonera al INAVI del pago de impuestos para la importación de 84 botellas de vino sin valor comercial. La misma se transcribe a continuación:

VISTO: la gestión promovida por el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI), en la que solicita autorización para importar con exoneración de recargos y demás gravámenes, ochenta y cuatro botellas de vino sin valor comercial.-

RESULTANDO: que los mismos serán degustados por los participantes en un curso destinado a bodegas exportadoras "Marketing de Vinos hacia U.S.A. Principios y Prácticas”.-

CONSIDERANDO: I) que el Instituto Nacional de Vitivinicultura es persona de derecho público, creado y exonerado del pago de tributos, aportes y contribuciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 141° de la Ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987.-

II) que en virtud de lo expuesto, corresponde acceder a lo peticionado.-

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas ya lo establecido por el artículo 141º de la Ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Exonérase al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI), del pago de todo recargo, del Impuesto Aduanero Único a la Importación y del Impuesto al Valor Agregado, en ocasión de la importación de ochenta y cuatro botellas de vino, sin valor comercial.-

2°) Comuníquese, notifíquese y archívese.-