06/02/2002
CREAN
CAJA DE AUXILIO DE COETC
Se
homologó el convenio por el que se crea la Caja de Auxilio de Socios y
empelados de COETC (C.A.S.E.C.O.) La resolución aprobada por el primer
mandatario en acuerdo con el Ministro de Trabajo y Seguridad Social
establece lo siguiente:
VISTO:
La solicitud de homologación de Estatutos de Caja de Auxilio de Socios y
Empleados de COETC (C.A.S.E.CO.) efectuada por los representantes de la
empresa y sus empleados en fecha 5 de setiembre de 2000.
RESULTANDO:
I) Que la constitución de la citada Caja de Auxilio de acuerdo con los
diversos informes producidos por las distintas áreas competentes en la
materia y luego que se han cumplido con las observaciones formuladas,
encuadra dentro de los distintos requisitos exigidos por las normas
vigentes.
II)
Que la presente gestión de acuerdo a lo que surge de lo expresado por el
Área Asesoría Letrada Prestaciones del Banco de Previsión Social, debe
ser estimada en los aspectos de oportunidad y conveniencia para su
homologación.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 17 del Decreto N° 7/976 de 8 de enero de 1976,
reglamentario de la ley 14.407 de 22 de junio de 1976, establece que por
resolución superior podrá homologarse el Convenio, concediendo en el
mismo acto la Personería Jurídica, y una vez registrado el mismo en el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y publicado en el Diario Oficial
adquirirá fuerza obligatoria para la totalidad del personal involucrado.
ATENTO:
A los fundamentos expuestos precedentemente, a lo informado por la
Asesoría Letrada Prestaciones del Banco de Previsión Social.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1°.-
Homológase el convenio por el que se crea la Caja de Auxilio de Socios y
Empleados de COETC (C.A.S.E.CO).-
2°-
Concédese la Personería Jurídica según lo dispuesto por el artículo
17 del Decreto Reglamentario N° 7 de 8 de enero de 1976.
3°-
Publíquese en el Diario Oficial a los efectos correspondientes.
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