14/02/2002
DECLARAN
MONUMENTO HISTÓRICO
AL HOTEL CERVANTES
VISTO:
la gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para que
sea declarado Monumento Histórico el edificio del Hotel y ex Cine Teatro
Cervantes, padrón 6053, Solar 18, carpeta catastral 216, ubicado en la
calle Soriano 868 de la ciudad de Montevideo;
RESULTANDO:
I) que de los valores arquitectónicos indiscutibles que posee este
edificio, digno ejemplo del gusto finisecular de la época que se
extendió hasta las primeras décadas del siglo XX, el cual se reflejó en
la arquitectura a través del eclecticismo;
II)
que el prestigio del que gozó el arquitecto Leopoldo Tosi, (perteneciente
a la primera generación de egresados de la Facultad de Arquitectura) y la
empresa constructora Leopoldo Tosi y Hnos., que tuvo a su cargo la
construcción del mismo;
III)
que el estado de conservación que mantiene el mismo (en la zona del
Hotel), lo cual le confiere el carácter de único en la actualidad, y la
posibilidad de recuperación de la sala de teatro, que conserva elementos
ornamentales de excelente manufactura;
IV)
que durante muchos años fue el hospedaje transitorio o permanente elegido
por ilustres visitantes y representantes de la literatura y la música,
como son el caso de Jorge Luis Borges, José Luis Romero, Oliverio Girondo
y Norah Lange, Adolfo Bioy Casares, Julio Cortázar, Emilio Oribe, Carlos
Gardel, Atahualpa Yupanqui, llegando algunas de estas personalidades, a
incorporar al Hotel a sus producciones literarias;
V)
que la sala de espectáculos que funcionaba en la planta baja del edificio
tuvo una intensa actividad tanto en el área cinematográfica como
teatral, lugar en el cual se presentaron destacados repertorios
universales y compañías extranjeras, que lo convirtieron en un referente
cultural de significación, en la vida social y cultural del país durante
las décadas del 30 al 60;
CONSIDERANDO:
I) que es convicción unánime de la Comisión del Patrimonio que
preservando este bien se rescata para el acervo cultural uno de los
testimonios estrechamente vinculados al quehacer histórico, cultural y
social de la comunidad;
II)
que el Poder Ejecutivo con el propósito de proteger aquellos bienes
culturales que representan un importante valor patrimonial, accederá a lo
solicitado, declarando Monumento Histórico el Hotel Cervantes, y ex Cine
y Teatro de igual nombre, ubicado en la calle Soriano 868 de la ciudad de
Montevideo;
ATENTO:
a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en la Ley 14.040 del
20 de octubre de 1971, en el Decreto Reglamentario 536 del 1º de agosto
de 1972;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º-
DECLÁRASE Monumento Histórico el inmueble del Hotel Cervantes y ex Cine
y Teatro Cervantes, padrón 6053, Solar 18, carpeta catastral 216, ubicado
en la calle Soriano 868 de la ciudad de Montevideo;
2º- EL
bien inmueble quedará afectado por las servidumbres dispuestas en el
artículo 8 de la Ley 14.040 de octubre de 1971;
3º.
COMUNÍQUESE al Ministerio de Educación y Cultura, al Registro de la
Propiedad Inmueble de Montevideo, a la Intendencia Municipal de
Montevideo, a la Junta Departamental de Montevideo, a la Administración
Nacional de Educación Pública, al Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, a la Federación Uruguaya de Teatros Independientes (FUTI) , a
los propietarios del Hotel y a la Comisión del Patrimonio Cultural de la
Nación;
4º.
CUMPLIDO vuelvan las actuaciones a la Comisión del Patrimonio Cultural de
la Nación para su registro y archivo;
|