14/02/2002

DECLARAN MONUMENTO HISTÓRICO AL HOTEL CERVANTES

VISTO: la gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para que sea declarado Monumento Histórico el edificio del Hotel y ex Cine Teatro Cervantes, padrón 6053, Solar 18, carpeta catastral 216, ubicado en la calle Soriano 868 de la ciudad de Montevideo;

RESULTANDO: I) que de los valores arquitectónicos indiscutibles que posee este edificio, digno ejemplo del gusto finisecular de la época que se extendió hasta las primeras décadas del siglo XX, el cual se reflejó en la arquitectura a través del eclecticismo;

II) que el prestigio del que gozó el arquitecto Leopoldo Tosi, (perteneciente a la primera generación de egresados de la Facultad de Arquitectura) y la empresa constructora Leopoldo Tosi y Hnos., que tuvo a su cargo la construcción del mismo;

III) que el estado de conservación que mantiene el mismo (en la zona del Hotel), lo cual le confiere el carácter de único en la actualidad, y la posibilidad de recuperación de la sala de teatro, que conserva elementos ornamentales de excelente manufactura;

IV) que durante muchos años fue el hospedaje transitorio o permanente elegido por ilustres visitantes y representantes de la literatura y la música, como son el caso de Jorge Luis Borges, José Luis Romero, Oliverio Girondo y Norah Lange, Adolfo Bioy Casares, Julio Cortázar, Emilio Oribe, Carlos Gardel, Atahualpa Yupanqui, llegando algunas de estas personalidades, a incorporar al Hotel a sus producciones literarias;

V) que la sala de espectáculos que funcionaba en la planta baja del edificio tuvo una intensa actividad tanto en el área cinematográfica como teatral, lugar en el cual se presentaron destacados repertorios universales y compañías extranjeras, que lo convirtieron en un referente cultural de significación, en la vida social y cultural del país durante las décadas del 30 al 60;

CONSIDERANDO: I) que es convicción unánime de la Comisión del Patrimonio que preservando este bien se rescata para el acervo cultural uno de los testimonios estrechamente vinculados al quehacer histórico, cultural y social de la comunidad;

II) que el Poder Ejecutivo con el propósito de proteger aquellos bienes culturales que representan un importante valor patrimonial, accederá a lo solicitado, declarando Monumento Histórico el Hotel Cervantes, y ex Cine y Teatro de igual nombre, ubicado en la calle Soriano 868 de la ciudad de Montevideo;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en la Ley 14.040 del 20 de octubre de 1971, en el Decreto Reglamentario 536 del 1º de agosto de 1972;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º- DECLÁRASE Monumento Histórico el inmueble del Hotel Cervantes y ex Cine y Teatro Cervantes, padrón 6053, Solar 18, carpeta catastral 216, ubicado en la calle Soriano 868 de la ciudad de Montevideo;

2º- EL bien inmueble quedará afectado por las servidumbres dispuestas en el artículo 8 de la Ley 14.040 de octubre de 1971;

3º. COMUNÍQUESE al Ministerio de Educación y Cultura, al Registro de la Propiedad Inmueble de Montevideo, a la Intendencia Municipal de Montevideo, a la Junta Departamental de Montevideo, a la Administración Nacional de Educación Pública, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la Federación Uruguaya de Teatros Independientes (FUTI) , a los propietarios del Hotel y a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación;

4º. CUMPLIDO vuelvan las actuaciones a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para su registro y archivo;