14/02/2002
SE
CREA COMISIÓN HONORARIA DE SALUD PÚBLICA EN RÍO NEGRO
VISTO:
que el Ministerio de
Salud Pública se encuentra abocado a la realización de obras edilicias
en el Centro Departamental de Salud Pública de Río Negro;
CONSIDERANDO:
I) que el artículo 436 de la Ley No.16.170 de 28 de diciembre de 1990,
habilita a constituir Comisiones Honorarias con el cometido de administrar
y ejecutar Proyectos previstos en el Plan de Inversiones Públicas, en
cuanto al manejo de fondos estará a lo dispuesto en el artículo 589 de
la Ley No.15.903 de 10 de noviembre de 1987; II) que las obras a realizar
se encuentran previstas en el Plan de Inversiones Públicas de la
mencionada Secretaría de Estado;
III)
que es necesario crear una Comisión Honoraria, la cual se encargará de
la Administración y Ejecución de las obras en cuestión;
IV)
que se propone integrar la misma con ciudadanos de reconocida solvencia
moral v cívica;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.-
Crease la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Proyectos
del Centro Departamental de Salud Pública de Río Negro, previstos en el
Plan de Inversiones Públicas del Ministerio de Salud Pública, la que
estará integrada por las personas que se mencionan a continuación:
Doctor JUAN IGNACIO DOMÍNGUEZ quien la presidirá, Señora ILEANA
DOYENART en carácter de Secretaria, Contador FERNANDO ZUBRIGGEN en
carácter de Tesorero y como vocales a los Señores Arquitecto FRANCISCO
CENTURIÓN, Arquitecto LUIS SICCO y Escribano RUBEN RUIZ MORENA
2°.- Comuníquese
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