14/02/2002

SE CREA COMISIÓN HONORARIA DE SALUD PÚBLICA EN RÍO NEGRO

VISTO: que el Ministerio de Salud Pública se encuentra abocado a la realización de obras edilicias en el Centro Departamental de Salud Pública de Río Negro;

CONSIDERANDO: I) que el artículo 436 de la Ley No.16.170 de 28 de diciembre de 1990, habilita a constituir Comisiones Honorarias con el cometido de administrar y ejecutar Proyectos previstos en el Plan de Inversiones Públicas, en cuanto al manejo de fondos estará a lo dispuesto en el artículo 589 de la Ley No.15.903 de 10 de noviembre de 1987; II) que las obras a realizar se encuentran previstas en el Plan de Inversiones Públicas de la mencionada Secretaría de Estado;

III) que es necesario crear una Comisión Honoraria, la cual se encargará de la Administración y Ejecución de las obras en cuestión;

IV) que se propone integrar la misma con ciudadanos de reconocida solvencia moral v cívica; 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Crease la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Proyectos del Centro Departamental de Salud Pública de Río Negro, previstos en el Plan de Inversiones Públicas del Ministerio de Salud Pública, la que estará integrada por las personas que se mencionan a continuación: Doctor JUAN IGNACIO DOMÍNGUEZ quien la presidirá, Señora ILEANA DOYENART en carácter de Secretaria, Contador FERNANDO ZUBRIGGEN en carácter de Tesorero y como vocales a los Señores Arquitecto FRANCISCO CENTURIÓN, Arquitecto LUIS SICCO y Escribano RUBEN RUIZ MORENA 

2°.- Comuníquese