14/02/2002
INSTALACIÓN Y
PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE FISCALÍAS LETRADAS DEPARTAMENTALES
VISTO:
la Resolución de la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la
Nación A/3/2002 de fecha 4 de febrero de 2002.
RESULTANDO:
I) Que, por la citada resolución, y de conformidad con el a. 331 de la
Ley de Presupuesto Nacional N° 17.296, de fecha 21 de febrero de 2001, la
Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación, determina la
instalación y puesta en funcionamiento de las Fiscalías Letradas
Departamentales de Canelones y de Treinta y Tres de Segundo Turno.
II)
Que, asimismo se fijan los Turnos de actuación de las referidas
Fiscalías Letradas Departamentales, así como el criterio de
distribución de los expedientes en los que dichas sedes deben intervenir,
solicitándose la correspondiente homologación del Poder Ejecutivo;
CONSIDERANDO:
I) Que, es de suma importancia poner en funcionamiento las nuevas sedes
creadas, dado el volumen de trabajo que absorben actualmente, siendo, de
las de mayor número de dictámenes entre las Fiscalías Letradas
Departamentales;
II)
Que, por tal motivo, corresponde dictar el acto administrativo,
homologando la Resolución a que se hace referencia en el VISTO;
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- HOMOLÓGASE la
Resolución de la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación
A/3/2002 de fecha 4 de febrero de 2002, por la que se establece la
instalación y puesta en funcionamiento de las Fiscalías Letradas
Departamentales de Canelones y de Treinta y Tres de Segundo Tumo.-
2°.-
COMUNÍQUESE, a la Asesoría Letrada del Ministerio de Educación y
Cultura, y pase a la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la
Nación, a todos sus efectos.-
|