22/02/2002
PRORRÓGASE PLAZO DE INCENTIVO PARA
FOMENTO DE EMPLEO
VISTO:
lo dispuesto por el
artículo 4° del Decreto N° 85/001, de 23 de febrero de 2001.
RESULTANDO:
que por el mismo se establece el plazo de vigencia del incentivo
previsto en el artículo 2° de la Ley 17.292, de 25 de enero de 2001.
CONSIDERANDO:
que habiendo vencido
el plazo y manteniéndose incambiados los motivos que dieron fundamento al
mismo, es oportuno y conveniente proceder a su prórroga a efectos de
mantener en vigencia el referido incentivo.
ATENTO:
a lo expuesto,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
ARTÍCULO
1°.- Prorrógase
hasta el 31 de diciembre de 2002 el plazo establecido en el artículo 4°
del Decreto N° 85/001, de 23 de febrero de 2001.-
ARTÍCULO
2°.- Comuníquese,
publíquese, etc.
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