22/02/2002     

  

PRORRÓGASE PLAZO DE INCENTIVO PARA FOMENTO DE EMPLEO

VISTO: lo dispuesto por el artículo 4° del Decreto N° 85/001, de 23 de febrero de 2001. 

RESULTANDO: que por el mismo se establece el plazo de vigencia del incentivo previsto en el artículo 2° de la Ley 17.292, de 25 de enero de 2001.

CONSIDERANDO: que habiendo vencido el plazo y manteniéndose incambiados los motivos que dieron fundamento al mismo, es oportuno y conveniente proceder a su prórroga a efectos de mantener en vigencia el referido incentivo.

ATENTO: a lo expuesto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2002 el plazo establecido en el artículo 4° del Decreto N° 85/001, de 23 de febrero de 2001.-

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, etc.