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       22/02/2002
       
      
      
        
      
       
        
      
       
      PRORRÓGASE PLAZO DE INCENTIVO PARA
      FOMENTO DE EMPLEO
      VISTO:
      lo dispuesto por el
      artículo 4° del Decreto N° 85/001, de 23 de febrero de 2001.  
      RESULTANDO:
      que por el mismo se establece el plazo de vigencia del incentivo
      previsto en el artículo 2° de la Ley 17.292, de 25 de enero de 2001. 
      
       
      CONSIDERANDO:
      que habiendo vencido
      el plazo y manteniéndose incambiados los motivos que dieron fundamento al
      mismo, es oportuno y conveniente proceder a su prórroga a efectos de
      mantener en vigencia el referido incentivo. 
      
       
      ATENTO:
      a lo expuesto, 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      DECRETA:
      
       
      ARTÍCULO
      1°.- Prorrógase
      hasta el 31 de diciembre de 2002 el plazo establecido en el artículo 4°
      del Decreto N° 85/001, de 23 de febrero de 2001.- 
      
       
      ARTÍCULO
      2°.- Comuníquese,
      publíquese, etc.
      
      
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