22/02/2002
SE
DECLARA CADUCIDAD DE PERMISO DE PROSPECCIÓN A EDOLAR S.A.
VISTO:
las presentes
actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología,
tendientes a declarar la caducidad del título minero "Permiso de
Prospección" concedido a la empresa EDOLAR S.A. por resolución de
fecha 20 de setiembre de 1999;
RESULTANDO:
I) que el referido
título se otorgó en busca de oro, plata, cobre, plomo, zinc, calizas y
dolomitas, afectando los predios padrones Nros. 4636, 4730, 4746, 5216,
5221, 5422, 6079, 6638, 6639 y 6805 de la 1ª
Sección Catastral del Departamento de Lavalleja, en un área de
351 Hás. 1492 m.c.;
II) que el plazo
de vigencia del mismo se estableció en veinticuatro meses a partir del
día siguiente a su notificación a la permisaria;
CONSIDERANDO:
que en la especie se
torna de aplicación lo dispuesto por el art. 21, num. I), lit. a), del
Código de Minería;
ATENTO:
a lo informado por la
Dirección Nacional de Minería y Geología y Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1°-
Declárase que se ha producido la caducidad del título minero
"Permiso de Prospección" otorgado a la empresa EDOLAR S.A. por
resolución de fecha 20 de setiembre de 1999, en busca de oro, plata,
cobre, plomo, zinc, calizas y dolomitas, afectando los predios padrones
Nros. 4636, 4730, 4746, 5216, 5221, 5422, 6079, 6638, 6639 y 6805 de la
1ª Sección Catastral del Departamento de Lavalleja, en un área de 351
Hás. 1492 m.c.
2°-
Notifíquese,
comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus
efectos.
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