22/02/2002  

SE DECLARA CADUCIDAD DE PERMISO DE PROSPECCIÓN A EDOLAR S.A.

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología, tendientes a declarar la caducidad del título minero "Permiso de Prospección" concedido a la empresa EDOLAR S.A. por resolución de fecha 20 de setiembre de 1999;

RESULTANDO: I) que el referido título se otorgó en busca de oro, plata, cobre, plomo, zinc, calizas y dolomitas, afectando los predios padrones Nros. 4636, 4730, 4746, 5216, 5221, 5422, 6079, 6638, 6639 y 6805 de la 1ª  Sección Catastral del Departamento de Lavalleja, en un área de 351 Hás. 1492 m.c.;

                           II) que el plazo de vigencia del mismo se estableció en veinticuatro meses a partir del día siguiente a su notificación a la permisaria;  

CONSIDERANDO: que en la especie se torna de aplicación lo dispuesto por el art. 21, num. I), lit. a), del Código de Minería; 

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1°- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero "Permiso de Prospección" otorgado a la empresa EDOLAR S.A. por resolución de fecha 20 de setiembre de 1999, en busca de oro, plata, cobre, plomo, zinc, calizas y dolomitas, afectando los predios padrones Nros. 4636, 4730, 4746, 5216, 5221, 5422, 6079, 6638, 6639 y 6805 de la 1ª Sección Catastral del Departamento de Lavalleja, en un área de 351 Hás. 1492 m.c. 

2°- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.