22/02/2002
SE
DECLARA CADUCIDAD DE PERMISO DE EXPLORACIÓN A ORLANDO M. SARNICOLA
VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección
Nacional de Minería y Geología tendientes a declarar la caducidad del
título minero PERMISO DE EXPLORACION otorgado por Resolución de 23 de
junio de 1995 a ORLANDO M. SARNICOLA sobre un yacimiento de ágatas,
amatistas y cornalinas que afectara 55 hás. 3000 m.c. del predio padrón
N° 1585 (p ), ubicado en la 3a Sección Judicial del Departamento de
Artigas;
RESULTANDO: I) que el plazo del referido título fue establecido
en 24 meses a contar desde el 4 de julio de 1995 ;
II) que dicho plazo fue suspendido por Resolución de
26 de setiembre de 1995 a partir del 10 de julio de 1995 hasta el
otorgamiento y notificación de la correspondiente servidumbre lo cual se
verificó el 22 de setiembre de 1995 y 7 de noviembre de 1995,
respectivamente;
III) que por Resoluciones de 14 de octubre de 1997 y 11
de setiembre de 1998 se dispuso la suspensión del plazo desde el 20 de
noviembre de 1995 al 7 de mayo de 1996, desde el 30 de octubre de 1996 al
9 de diciembre de 1996 y desde ello de diciembre de 1996 hasta el 6 de
agosto de 1998;
IV) que la Dirección Nacional de Minería y Geología
informa la omisión del titular minero en el pago del canon de superficie
por dos períodos continuos;
CONSIDERANDO: que se ha configurado la hipótesis prevista en el
artículo 21, ord. II), literal b), numeral 4) del Código de Minería,
por lo que procede la declaración de caducidad del título minero en
cuestión;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y
Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria, Energía y Minería;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN otorgado por Resolución de 23 de
junio de 1995 a ORLANDO M. SARNICOLA sobre un yacimiento de ágatas,
amatistas y cornalinas que afectara 55 hás. 3000 m.c. del predio padrón
N° 1585 (p), ubicado en la 3a Sección Judicial del Departamento de
Artigas.
2º.-
Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología a sus efectos.
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