18/06/02  

RECHAZAN PROPUESTA DE BANCO GALICIA

El Banco Central del Uruguay (BCU) divulgó la carta que el presidente de la institución, César Rodríguez Batlle, envió al Presidente del Banco Galicia y Buenos Aires S.A., en donde declaran que la propuesta de devolución de fondos de la filial uruguaya del banco, “no es satisfactoria” para la autoridad monetaria.

Montevideo, 18 de junio de 2002

Señor Presidente del

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.

Cr. Juan Martín Etchegoyhen

Buenos Aires – República Argentina

De nuestra mayor consideración:

                                                            Nos referimos al Plan de Reprogramación de Depósitos y de Negocios, propuesto por Banco Galicia Uruguay S.A. con fecha 10 de junio de 2002, que oportunamente fuera requerido por este Banco Central.

Al respecto, ponemos en su conocimiento que el Directorio de este Instituto, en sesión del día de ayer, acordó hacer saber a usted que la referida propuesta no es satisfactoria por las siguientes razones: 

            -  Resulta exiguo el pago inicial de solamente un  3% de cada crédito.  En este aspecto, no puede dejarse  de considerar que la falta de disponibilidad  para hacer efectivo un pago inmediato mayor, proviene del incumplimiento de las  obligaciones de restitución de los depósitos constituidos por Banco de Galicia S.A. en las Sucursales de Gran Cayman y de Nueva York del Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., cuya devolución fuera reclamada  a su vencimiento -y formalmente intimada-, tanto a las respectivas Sucursales como a la Casa Matriz. A este respecto,  nos permitimos señalar que la restitución, al menos parcial, de las sumas depositadas en dichas Sucursales, permitiría mejorar en forma sustancial  el pago inicial a cada acreedor. 

-  El pago a través de títulos emitidos por el propio Banco de Galicia Uruguay S.A., se vería fortalecido como solución viable si las obligaciones que asume Banco Galicia Uruguay S.A., fueran de algún modo respaldadas a través de garantías personales, como la fianza del propio accionista, o reales, como la prenda de los créditos de cuya recuperación depende la posibilidad de cumplimiento de las obligaciones asumidas.  La ausencia de una garantía jurídica constituye -a juicio del Banco Central- una falencia que debería ser subsanada. 

                                                Sin perjuicio de lo expresado precedentemente, el Banco Central del Uruguay no se opondrá a cualquier solución de pago de los adeudos que el accionista de Banco Galicia Uruguay S.A.  acuerde con sus depositantes, siempre y cuando ese acuerdo cuente con las mayorías legalmente requeridas para adoptar soluciones vinculantes para la totalidad de los acreedores.  En este sentido, debe manifestarse que las negociaciones con los depositantes que pueda realizar a tal efecto Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., en su calidad de accionista único de Banco Galicia Uruguay S.A., no comprometerán ni podrán comprometer en modo alguno la opinión del Banco Central del Uruguay, ni la del Interventor designado por éste en sustitución de las autoridades estatutarias de la Institución. 

                                                Sin otro particular, saludamos a ustedes muy atentamente. 

 

                                                                                                César Rodríguez Batlle

           Aureliano Berro                                                             Presidente

         Secretario General