18/06/02
RECHAZAN
PROPUESTA DE BANCO GALICIA
El
Banco Central del Uruguay (BCU) divulgó la carta que el presidente de la
institución, César Rodríguez Batlle, envió al Presidente del Banco
Galicia y Buenos Aires S.A., en donde declaran que la propuesta de
devolución de fondos de la filial uruguaya del banco, “no es
satisfactoria” para la autoridad monetaria.
Montevideo,
18 de junio de 2002
Señor
Presidente del
Banco
de Galicia y Buenos Aires S.A.
Cr.
Juan Martín Etchegoyhen
Buenos Aires – República Argentina
De
nuestra mayor consideración:
Nos referimos al Plan de Reprogramación de Depósitos y de
Negocios, propuesto por Banco Galicia Uruguay S.A. con fecha 10 de junio
de 2002, que oportunamente fuera requerido por este Banco Central.
Al respecto, ponemos en su conocimiento que
el Directorio de este Instituto, en sesión del día de ayer, acordó
hacer saber a usted que la referida propuesta no es satisfactoria por las
siguientes razones:
- Resulta exiguo el
pago inicial de solamente un 3% de cada crédito. En
este aspecto, no puede dejarse de
considerar que la falta de disponibilidad
para hacer efectivo un pago inmediato mayor, proviene del
incumplimiento de las obligaciones
de restitución de los depósitos constituidos por Banco de Galicia S.A.
en las Sucursales de Gran Cayman y de Nueva York del Banco de Galicia y
Buenos Aires S.A., cuya devolución fuera reclamada
a su vencimiento -y formalmente intimada-, tanto a las respectivas
Sucursales como a la Casa Matriz. A este respecto,
nos permitimos señalar que la restitución, al menos parcial, de
las sumas depositadas en dichas Sucursales, permitiría mejorar en forma
sustancial el pago inicial a
cada acreedor.
- El
pago a través de títulos emitidos por el propio Banco de Galicia Uruguay
S.A., se vería fortalecido como solución viable si las obligaciones que
asume Banco Galicia Uruguay S.A., fueran de algún modo respaldadas a
través de garantías personales, como la fianza del propio accionista, o
reales, como la prenda de los créditos de cuya recuperación depende la
posibilidad de cumplimiento de las obligaciones asumidas.
La ausencia de una garantía jurídica constituye -a juicio del
Banco Central- una falencia que debería ser subsanada.
Sin perjuicio de lo expresado precedentemente, el Banco Central del
Uruguay no se opondrá a cualquier solución de pago de los adeudos que el
accionista de Banco Galicia Uruguay S.A.
acuerde con sus depositantes, siempre y cuando ese acuerdo cuente
con las mayorías legalmente requeridas para adoptar soluciones
vinculantes para la totalidad de los acreedores.
En este sentido, debe manifestarse que las negociaciones con los
depositantes que pueda realizar a tal efecto Banco de Galicia y Buenos
Aires S.A., en su calidad de accionista único de Banco Galicia Uruguay
S.A., no comprometerán ni podrán comprometer en modo alguno la opinión
del Banco Central del Uruguay, ni la del Interventor designado por éste
en sustitución de las autoridades estatutarias de la Institución.
Sin otro particular, saludamos a ustedes muy atentamente.
César Rodríguez Batlle
Aureliano Berro
Presidente
Secretario General
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