06/03/2002  

CORRECCIONES EN EL PRESUPUESTO DEL MEF

VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Economía y Finanzas, solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron en la Ley de Presupuesto Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.

RESULTANDO: que se constató que se proyectó y registró, para los Ejercicios 2001 a 2004, en el Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" , Unidad Ejecutora 014 "Dirección General de Comercio", importes erróneos en los Objetos 059 "Sueldo Anual Complementario" , 081 "Aporte Patronal Sistema de Seguridad Social" y 082 "Otros Aportes Patronales sobre Retribuciones".

CONSIDERANDO: que es necesario efectuar las correcciones de los referidos errores y omisiones.

ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase en el planillado anexo a la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, en el Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" , Unidad Ejecutora 014 "Dirección General de Comercio", los créditos asignados al Grupo 0 " Servicios Personales " , para los Ejercicios 2001 a 2004, según el siguiente detalle:

(Valor Moneda 1º/1/2000)

OBJETO             FINANCIACION 1.1 ($)                   FINANCIACION 1.2 ($)

059                             192.888,oo                                        251.513,oo

081                            -220.788,oo                                           25.274,oo

082                                     736,oo                                             1.066,oo

ARTÍCULO 2º.- Dese cuenta a la Asamblea General.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, etc.