06/03/2002  

INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

VISTO: la gestión promovida por la Intendencia Municipal de Montevideo, en la que solicita exoneración de recargos y demás gravámenes que pudieran corresponder para la importación de diversos bienes.-

RESULTANDO: que los bienes de referencia serán destinados al mejoramiento de los servicios que la gestionante presta, en el ejercicio de su competencia.-

CONSIDERANDO: que el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, declara que el Estado, los Organismos comprendidos en el artículo 220° de la Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan de inmunidad impositiva, tanto nacional como departamental, por los bienes y actividades no comerciales ni industriales.-

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Declárase que los bienes que a continuación se detallan, a importar por la Intendencia Municipal de Montevideo, se encuentran incluidos en el régimen de inmunidad impositiva referido en el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991: un tren de rodado completo para tractor topador con un juego de rodaje por un valor total CIF Zona Franca de Colonia de U$S 18.990,00 (dieciocho mil novecientos noventa dólares de los Estados Unidos de América) ; catorce Discos modelo MSUG 161-0FOO de 72 Gb.; cuatro ampliaciones de memoria Cache, modelo CMMG 116, por un valor CIF/Montevideo de U$S 47.843,00 (cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y tres dólares de los Estados Unidos de América) ; doscientos artefactos de semáforo de 3 secciones, marca Tecnotrans, modelo TEC T30; cincuenta artefactos de semáforo de 3 secciones, marca Tecnotrans, modelo TEC T 30, por un valor CIF/Montevideo de U$S 33.610,00 (treinta y tres mil seiscientos dólares de loS Estados Unidos de América) ; un muestreador de partículas de aire marca Andersen, modelo GMW TSP Hi-V01, incluyendo accesorios y repuestos, por un valor CIF/Montevideo de U$S 10.815,00 (diez mil ochocientos quince dólares de los Estados Unidos de América) y quinientas Licencias Lotus Workflow por un valor CIF/Montevideo de. U$S 70.135,34 (setenta mil ciento treinta y cinco dólares de los Estados Unidos de América con 34/100) .-

2°) Comuníquese y archívese.-