13/03/2002     

 

MODIFICACIÓN DE PLANILLADO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN M.S.P.

 

VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Salud Pública solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron en la Ley de Presupuesto Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.

RESULTANDO: I) que en planillado anexo a la mencionada Ley de Presupuesto quedó erróneamente registrado en el Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública" Programa 005 "Administración del Subsidio para la Atención Médica" , Unidad Ejecutora 068 "Administración de los Servicios de Salud del Estado", el importe total de crédito correspondiente al Proyecto 724 "Mantenimiento de Planta Física" .

II) que corresponde la distribución del mismo en los Programas 005, 006, 007 y 008 de la citada Unidad Ejecutora.

CONSIDERANDO: que es necesario efectuar las correcciones de los referidos errores y omisiones.

ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase en el planillado de Proyectos de Inversión anexo a la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, en el Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública." , Unidad Ejecutora 068 "Administración de los Servicios de Salud del Estado" , la distribución del crédito asignado para el Proyecto de Inversión Nº 724 "Mantenimiento de Planta Física" , Financiación 1.1, para los años 2002 a 2004, según el siguiente detalle:

(a valores del 1° de enero de 2000)

PROGRAMA                  2002                       2003                      2004  

005                             -33:489.000,oo          -42:123.000,oo       -54:712.000,oo

006                              10:034.000,oo            12:581.000,oo         16:295.000,oo

007                              18:016.000,oo            22:592.000,oo          29:263.000,oo

008                                5:439.000,oo               6:950.000,oo            9:154.000,oo

ARTÍCULO 2º.- Dese cuenta a la Asamblea General.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, etc.