13/03/2002     

DESESTIMACIÓN DE RECURSO

 

VISTO: El recurso jerárquico interpuesto en subsidio por JETMAR VIAJES S.A. contra la resolución del Ministerio de Turismo N° 742/01 de 28 de agosto de 2001

RESULTANDO: Que los recursos fueron interpuestos en tiempo y forma por lo que se procedió al análisis de los mismos desde el punto de vista sustancial

CONSIDERANDO: I) Que la recurrente resiste al acto administrativo que la amonestara, afirmando que tanto la naturaleza como la infinita variedad de combinaciones de los servicios ofrecidos por ella, tornan imposible la publicación en listados "al alcance del consumidor"

II) Que la empresa frente a la imposibilidad de efectuar listados, por los fundamentos que expresa, debería advertir sobre la existencia de gastos que generen la reemisión de pasajes

III) Que por resolución ministerial N° 160/02 de fecha 1° de marzo de 2002 se mantuvo en todos sus términos la recurrida

ATENTO: A lo expresado, a lo dispuesto por el artículo 317 de la Constitución de la República y Decreto Ley N° 14.335 de 23 de diciembre de 1974

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1) Desestimase el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por JETMAR VIAJES S.A., contra la resolución del Ministerio de Turismo N° 742 de 28 de agosto de 2001

2) Vuelva al Ministerio de Turismo a sus efectos.-