13/03/2002
DESESTIMACIÓN
DE RECURSO
VISTO:
El recurso jerárquico
interpuesto en subsidio por JETMAR VIAJES S.A. contra la resolución del
Ministerio de Turismo N° 742/01 de 28 de agosto de 2001
RESULTANDO:
Que los recursos fueron
interpuestos en tiempo y forma por lo que se procedió al análisis de los
mismos desde el punto de vista sustancial
CONSIDERANDO:
I) Que la
recurrente resiste al acto administrativo que la amonestara, afirmando que
tanto la naturaleza como la infinita variedad de combinaciones de los
servicios ofrecidos por ella, tornan imposible la publicación en listados
"al alcance del consumidor"
II)
Que la empresa frente a la imposibilidad de efectuar listados, por los
fundamentos que expresa, debería advertir sobre la existencia de gastos
que generen la reemisión de pasajes
III)
Que por resolución ministerial N° 160/02 de fecha 1° de marzo de
2002 se mantuvo en todos sus términos la recurrida
ATENTO:
A lo expresado, a lo
dispuesto por el artículo 317 de la Constitución de la República y
Decreto Ley N° 14.335 de 23 de diciembre de 1974
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE
1)
Desestimase el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por JETMAR
VIAJES S.A., contra la resolución del Ministerio de Turismo N° 742 de 28
de agosto de 2001
2)
Vuelva al Ministerio de Turismo a sus efectos.-
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