19/03/2002
PRÓRROGA DE OBLIGACIONES A CARGO DE LAS SOCIEDADES
ANÓNIMAS
VISTO:
el Decreto Nº 486/001, de 5 de diciembre de 2001.
RESULTANDO:
I) que por la citada norma reglamentaria se dispusieron modificaciones
al régimen relativo a las obligaciones a cargo de las sociedades
anónimas, así como respecto a las sanciones que corresponde aplicar por
los incumplimientos y omisiones en que incurran las mismas, sus
directores, o encargados de su control interno.
CONSIDERANDO: I) que al no haberse establecido previsión expresa en
cuanto al comienzo de entrada en vigencia de los plazos a que alude el
mismo Decreto, se han producido dificultades interpretativas y operativas
en su aplicación.
II) que en tal sentido, resulta pertinente el dictado de un
nuevo decreto que sin perjuicio de implicar, conforme a principios
generales de aplicación temporal de las normas jurídicas, una prórroga
de los plazos referidos, permita superar las mencionadas dificultades.
ATENTO: a lo expuesto y a la opinión de la Auditoría
Interna de la Nación.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el día 1º de junio de 2002, la
entrada en vigencia del Decreto Nº 486/001 de 5 de diciembre de 2001.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, etc. .-
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