19/03/2002  

PRÓRROGA DE OBLIGACIONES A CARGO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS

VISTO: el Decreto Nº 486/001, de 5 de diciembre de 2001.

RESULTANDO: I) que por la citada norma reglamentaria se dispusieron modificaciones al régimen relativo a las obligaciones a cargo de las sociedades anónimas, así como respecto a las sanciones que corresponde aplicar por los incumplimientos y omisiones en que incurran las mismas, sus directores, o encargados de su control interno.

CONSIDERANDO: I) que al no haberse establecido previsión expresa en cuanto al comienzo de entrada en vigencia de los plazos a que alude el mismo Decreto, se han producido dificultades interpretativas y operativas en su aplicación.

II) que en tal sentido, resulta pertinente el dictado de un nuevo decreto que sin perjuicio de implicar, conforme a principios generales de aplicación temporal de las normas jurídicas, una prórroga de los plazos referidos, permita superar las mencionadas dificultades.

ATENTO: a lo expuesto y a la opinión de la Auditoría Interna de la Nación.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el día 1º de junio de 2002, la entrada en vigencia del Decreto Nº 486/001 de 5 de diciembre de 2001.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, etc. .-