19/03/2002  

MISIÓN DE PAZ AL CONGO

SEÑOR PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL.-

DON LUIS HIERRO LOPEZ.-

El Poder Ejecutivo tiene el agrado de remitir el presente Proyecto de Ley, a efectos de que ese Cuerpo conceda la autorización establecida en el numeral 12 del artículo 85 de la Constitución de la República, para que efectivos militares se integren en la Operación de Mantenimiento de la Paz de la Organización de Naciones Unidas en la República Democrática del Congo.

Por la Ley 17.299 de 16 de marzo de 2001, se autorizó la salida del país de efectivos de nuestras Fuerzas Armadas, a fin de participar en la Operación precitada, a partir del 8 de marzo de 2001 y por un período de hasta nueve meses, previéndose su relevo antes de la mencionada fecha.

La Ley 17.360 de 25 de junio de 2001, autorizó la salida del país de dos Oficiales de la Armada Nacional, a efectos de integrarse al Contingente autorizado.

Posteriormente, por la Ley 17.405 de 23 de octubre de 2001, se incorporó una serie de sub unidades del Comando General del Ejército incrementándose los efectivos en un total de 22 Personal Superior y 338 Personal Subalterno.

La Ley 17.426 de 29 de noviembre de 2001 amplió hasta un máximo de 200 hombres el Personal que integra la Compañía Fluvial de la Armada Nacional que participa en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la Organización de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo .

Finalmente por la Ley 17.434 de 14 de diciembre de 2001, se volvió ampliar la participación de efectivos del Ejército Nacional, 425 Personal Subalterno y 22 Personal Superior, en la Operación de Mantenimiento de la Paz de la Organización de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo.

La Organización de las Naciones Unidas y nuestro país han celebrado un Acuerdo Stand-By por el cual se ha asumido el compromiso de contar con determinado personal a disposición para ser enviado, de acuerdo a los requerimientos de la citada Organización, al lugar de ejecución de la Misión.

En virtud de las necesidades emergentes de la implementación de nuevas fases, ya previstas en el proceso de pacificación, Naciones Unidas ha ofrecido aumentar los medios en presencia para cumplir Misiones similares a los ya desplegados.

Dicho incremento se materializaría con el envío a la localidad de Kisangani de tres Sub-Unidades de Infantería, una de ellas Mecanizada y las restantes Motorizadas, con sus respectivos apoyos logísticos y sanitarios.

Este nuevo despliegue obliga a reestructurar la Cadena de Comando y Control, reorganizándolos en un Batallón de Infantería (Sub Unidades de Kisangani y Kindu) y un Agrupamiento de dos Sub-Unidades, en las localidades Kalemie y Manono, en donde se inició la operación el año próximo pasado para nuestros efectivos.

A los efectos de adecuar nuestra participación en la Misión de referencia que permita completar en abril de 2002 los efectivos de un Batallón de Infantería Protegido en la localidad de Kisangani resulta necesario realizar los ajustes mencionados incrementando los efectivos de la siguiente manera:

*         Una Sub-Unidad de Fusileros Mecanizada de 5 Personal Superior y 136 Personal Subalterno

*         Dos Sub-Unidades de Fusileros Motorizada de 5 Personal Superior y 111 Personal Subalterno cada una

*         Medios de Apoyo Logístico para estas Unidades de 9 Personal Superior y 130 Personal Subalterno

*         Una Unidad Médica Nivel 1 de 3 Personal Superior y 7 Personal Subalterno

*         Una Sección de Policía Militar de 1 Personal Superior y 9 Personal Subalterno

*         Una Unidad de Trasbordo Fluvial de 8 Personal Subalterno

*         Total: 540 hombres

En caso de ser aprobado y completar este nuevo despliegue se contaría en la República Democrática del Congo con los siguientes efectivos:

*         Batallón de Infantería Protegido Uruguay IV de 35 Personal Superior y 643 Personal Subalterno

*         Agrupamiento de Sub-Unidades Uruguay 1 de 19 Personal Superior y 321 Personal Subalterno

*         Compañía de Ingenieros Uruguay 1 de 10 Personal Superior y 155 Personal Subalterno

*         Seis U.P.A. de 1 Personal Superior y 24 Personal Subalterno

*         Sección Servicios Ca. Fluvial de 6 Personal Superior y 56 Personal Subalterno

*         Seis Unidades Médicas de 13 Personal Superior y 45 Personal Subalterno

*         Comando de Sector 1 Personal Superior y 7 Personal Subalterno

*         Una Unidad de Transbordo Fluvial de 8 Personal Subalterno

*         Total de efectivos: 85 Personal Superior y 1259 Personal Subalterno

Asimismo, se informa que los Proyectos de Mensaje y de Ley que se remitieron oportunamente a la Asamblea General por Expediente del Ministerio de Defensa Nacional número 02000051, relativos al despliegue de Fuerzas Militares a la ciudad de GOMA -República Democrática del Congo, quedan sin efecto, en tanto que se .suprimió Goma como asiento de la misión referida y que Naciones Unidas incrementó el envío de personal a la ciudad de Kisangani-República Democrática del Congo.

Cabe agregar que la Organización de las Naciones Unidas establece las fechas concretas de despliegue acorde a la situación en la región, variando sus requerimientos a los países de acuerdo a la disponibilidad concreta de medios materiales, lo que dificulta su previsión con mayor antelación, a fin de cumplir con los compromisos asumidos por la República.

Se destaca, asimismo, que nuestra participación se encuentra en consonancia con los principios que han guiado la política exterior del Estado Uruguayo y dentro del marco del Capitulo VI de la Carta de las Naciones Unidas.

Por su parte la histórica participación en teatros de operaciones de alta conflictividad han permitido el enaltecimiento de la consideración internacional de nuestro País y sus Fuerzas Armadas, por su contribución principista al Mantenimiento de la Paz y la Seguridad Internacionales.

Por los fundamentos expuestos, se solicita la atención de ese Cuerpo al Proyecto de Ley que se acompaña y cuya aprobación se encarece.

El Poder Ejecutivo saluda al señor Presidente de la Asamblea General, con su mayor consideración.-

PROYECTO DE LEY

ARTÍCULO 1ro.- Amplíase la participación de efectivos del Ejército Nacional en la Operación de Mantenimiento de la Paz de la Organización de las Naciones Unidas en la República del Congo, desplegada a partir del 8 de marzo de 2001 y autorizada por Ley 17.299 de 16 de marzo de 2001, según el siguiente detalle:

*         Una Sub-Unidad de Fusileros Mecanizada de 5 Personal Superior y 136 Personal Subalterno

*         Dos Sub-Unidades de Fusileros Motorizada de 5 Personal Superior y 111 Personal Subalterno cada una

*         Medios de Apoyo Logístico para estas Unidades de 9 Personal Superior y 130 Personal Subalterno

*         Una Unidad Médica Nivel 1 de 3 Personal Superior y 7 Personal Subalterno

*         Una Sección de policía Militar. de 1 Personal Superior y 9 Personal Subalterno

*         Una Unidad de Transbordo Fluvial de 8 Personal Subalterno

*         Total: 540 hombres

ARTÍCULO 2do.- Comuníquese, publíquese, archívese.