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       20/03/2002 
      APROBACIÓN
      DE CONVENIO M.T.O.P. – UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA
      
       
      VISTO:
      el Convenio celebrado el 21 enero de 2002, entre el Ministerio de
      Transporte y Obras Públicas y la Universidad de la República,
      Montevideo.
      
       
      RESULTANDO:
      I) que el citado Convenio tiene por objeto la ejecución de obras
      varias en locales de la Universidad de la República;
      
       
      II)
      Que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través
      de su Dirección Nacional de Arquitectura, contribuye con la
      asistencia técnica" ejecución de las obras y administración, las
      que se realizarán por el régimen de administración directa , así como
      los equipos e infraestructura empresarial (Cláusula 3ra.);
      
       
      III)
      Que la Universidad de la República, contribuirá con la suma
      de $15:000.000 (pesos uruguayos quince millones) en efectivo, ajustable
      por el Índice General de Costos de la Construcción,
      elaborado por el Instituto Nacional de Estadística,
      para atender todos los gastos que demande la ejecución de las obras que
      se realicen en el marco de este Convenio, la que se depositará en la
      Cuenta de la Dirección Nacional de Arquitectura, del Ministerio de
      Transporte y Obras Públicas, N° 152 2441-0 del Banco de la República
      Oriental del Uruguay (Cláusulas 3ra. y 4ta. ).
      
       
      IV]
      Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central),
      ha realizado la intervención que le compete (Carpeta N° 149963) de fecha
      20 de febrero de 2002, no formulando objeciones al respecto.
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que la realización
      de los trabajos indicados en el mencionado Convenio, estarán a cargo de
      la Dirección Nacional de Arquitectura del Ministerio de Transporte y
      Obras Públicas, por el régimen de Administración Directa, por lo que es
      pertinente autorizar a dicha dependencia para contratar directamente y
      ordenar el gasto resultante de los servicios y suministros necesarios a
      tales fines, según lo establecido por el Artículo 97 de la Ley N°15,851
      de 24 de diciembre de 1986;
      
       
      II)
      Que en razón de lo expuesto, procede a aprobar el Convenio de que se
      trata.
      
       
      ATENTO:
      A lo precedentemente
      expuesto.
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA
      RESUELVE:
      
       
      1°.- Apruébase, en
      todas sus partes, el Convenio celebrado el 21 de enero de 2002, entre el
      Ministerio de Transporte y Obras públicas y la Universidad de la
      República, que tiene por finalidad la ejecución 
      de obras varias en locales de la Universidad de la República 
      2°.- Autorízase a la
      Dirección Nacional de Arquitectura del citado Ministerio, a ejecutar,
      hasta la suma de $15:000.000 (pesos uruguayos quince millones) en
      efectivo, ajustable por el Índice General de Costos de la Construcción, elaborado
      por el Instituto Nacional de Estadística, la realización de las
      indicadas obras por el régimen de Administración Directa
      
       
      3°.- Autorízáse,
      asimismo, a la Dirección Nacional de Arquitectura, a efectuar todos los
      aprovisionamientos necesarios al amparo de lo dispuesto en el Artículo 97
      de la Ley N°15.851 de 24 de diciembre de 1986 
      4°.- Establécese que
      la Universidad de la República deberá, previa intervención de las
      oficinas pertinentes, poner a disposición de la Dirección Nacional de
      Arquitectura, el aporte en efectivo referido, en la Cuenta N°152 2441-0
      del Banco de la República Oriental del Uruguay (Casa Central) de
      la indicada Dirección
      
       
      5°.- Establécese que
      la Dirección Nacional de Arquitectura, deberá rendir cuenta documentada
      de los fondos puestos a su disposición de acuerdo con las normas legales
      reglamentarias 
      6°.- Comuníquese y
      vuelva -por su orden- al Departamento de Convenios y Dirección Nacional
      de Arquitectura a sus efectos.-  
       
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