02/05/02
MODIFICACIÓN
DE RESOLUCIÓN SOBRE MERRILL LYNCH
VISTO:
estos antecedentes en los cuales la firma Institución Financiera Externa
Merrill Lynch Bank (Uruguay) S.A. usuaria de Zona Franca de Montevideo
S.A. solicita la modificación del numeral 1° de la Resolución del Poder
Ejecutivo de 20 de marzo de 2002.-
RESULTANDO:
I) que por el
mencionado acto administrativo se autorizó a la gestionante a modificar
el porcentaje del personal uruguayo registrado en su plantilla de
empleados, la que quedaría integrada por cincuenta y tres empleados de
nacionalidad extranjera y cincuenta y cinco empleados de ciudadanos
uruguayos.-
II)
que en esta oportunidad la gestionante solicita se modifique la redacción
de la referida Resolución, autorizando la modificación en términos de
porcentaje.-
CONSIDERANDO:
I) que la Resolución
de referencia se dictó al amparo del artículo 18° de la Ley N° 15.921,
de 10 de diciembre de 1987 que dispone: "Las usuarias de las zonas
francas emplearán en sus actividades que desarrollen en las mismas, un
mínimo de 75% de personal constituido por ciudadanos uruguayos,
naturales o legales, a fin de mantener su calidad de tales y las
exoneraciones tributarias, franquicias, beneficios y derechos que esta Ley
les acuerda.-
En
casos excepcionales este porcentaje podrá ser reducido previa
autorización del Poder Ejecutivo, atendiendo a características
especiales de la actividad a desarrollar y razones de interés
general" .-
II)
que no existen inconvenientes jurídicos para proceder de conformidad a lo
solicitado.-
ATENTO:
a lo informado por la Dirección General de Comercio y la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
Modifícase el numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo de 20 de
marzo de 2002, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"1°)
Autorízase a la firma Institución Financiera Externa Merrill Lynch Bank
(Uruguay) S.A. a reducir hasta un 50% (cincuenta por ciento) , el
porcentaje de personal registrado en su
plantilla de empleados constituido por ciudadanos uruguayos" .-
2°)
Comuníquese, notifíquese y archívese.-
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