02/05/02      

MODIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN SOBRE MERRILL LYNCH

VISTO: estos antecedentes en los cuales la firma Institución Financiera Externa Merrill Lynch Bank (Uruguay) S.A. usuaria de Zona Franca de Montevideo S.A. solicita la modificación del numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo de 20 de marzo de 2002.-

RESULTANDO: I) que por el mencionado acto administrativo se autorizó a la gestionante a modificar el porcentaje del personal uruguayo registrado en su plantilla de empleados, la que quedaría integrada por cincuenta y tres empleados de nacionalidad extranjera y cincuenta y cinco empleados de ciudadanos uruguayos.-

II) que en esta oportunidad la gestionante solicita se modifique la redacción de la referida Resolución, autorizando la modificación en términos de porcentaje.-

CONSIDERANDO: I) que la Resolución de referencia se dictó al amparo del artículo 18° de la Ley N° 15.921, de 10 de diciembre de 1987 que dispone: "Las usuarias de las zonas francas emplearán en sus actividades que desarrollen en las mismas, un mínimo de 75% de personal constituido por ciudadanos uruguayos, naturales o legales, a fin de mantener su calidad de tales y las exoneraciones tributarias, franquicias, beneficios y derechos que esta Ley les acuerda.-

En casos excepcionales este porcentaje podrá ser reducido previa autorización del Poder Ejecutivo, atendiendo a características especiales de la actividad a desarrollar y razones de interés general" .-

II) que no existen inconvenientes jurídicos para proceder de conformidad a lo solicitado.-

ATENTO: a lo informado por la Dirección General de Comercio y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Modifícase el numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo de 20 de marzo de 2002, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"1°) Autorízase a la firma Institución Financiera Externa Merrill Lynch Bank (Uruguay) S.A. a reducir hasta un 50% (cincuenta por ciento) , el porcentaje de personal registrado en su plantilla de empleados constituido por ciudadanos uruguayos" .-

2°) Comuníquese, notifíquese y archívese.-