6/05/02
URUGUAY FORMALIZA RUPTURA CON CUBA
El Ministerio de Relaciones Exteriores formalizó ayer
la ruptura de relaciones diplomáticas con el gobierno de Cuba, en una
resolución que lleva la firma del Presidente Jorge Batlle.
VISTO: I) las reiteradas manifestaciones agraviantes provenientes
de las autoridades cubanas con respecto al Gobierno y al pueblo de la
República Oriental del Uruguay, por actos propios de nuestro Estado, en
el ámbito de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de
los que han participado también una representativa nómina de otros
Estados Miembros de la ONU;
II) que tales circunstancias han producido un
progresivo deterioro de las relaciones bilaterales entre ambos Gobiernos:
RESULTANDO: !) que atento a ello y de conformidad con las
prácticas internacionales de recibo se procedió a llamar en consultas al
señor Embajador de la República acreditado en La Habana., Don Enrique
Estrázulas;
II) que oportunamente se solicitó al Gobierno de la
República de Cuba tuviera a bien rectificar tales dichos, manejándose
para ello un término razonable;
llI) que con posterioridad el Jefe de Estado de la
República de Cuba persistió en su actitud agregando nuevos e
intolerables agravios dirigidos al Gobierno uruguayo, legal y
democráticamente constituido:
IV)
que en base a los hechos anteriormente descriptos y en función del
deterioro de las relaciones bilaterales entre ambos Gobiernos, el Poder
Ejecutivo decidió declarar “persona non grata" al señor Embajador
de la República de Cuba Don José Joaquín Alvarez Portela y retirar
definitivamente al Embajador del Uruguay acreditado en La Habana, Don
Enrique Estrázulas;
V)
que tras recibir la debida comunicación de persona non grata, el señor
Embajador de Cuba ha formulado comentarios absolutamente lesivos respecto
de nuestro
país, de su pueblo y de su Gobierno;
CONSIDERANDO: !) que las relaciones diplomáticas entre los Estados,
aún entre aquellos que mantienen diversos sistemas políticos, deben
desarrollarse en un marco de respeto mutuo, tal como se reafirmara de modo
expreso al reanudarse las relaciones diplomáticas, el día 17 de octubre
de 1985, entre Uruguay y Cuba;
ll) que todas las decisiones adoptadas en este asunto
por el Gobierno del Uruguay están plenamente consagradas y respaldadas
por las normas y practicas del Derecho Internacional;
ATENTO: a lo dispuesto por el numeral 16 del artículo 168 de
la Constitución de la República;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Artículo 1°.- A partir de la fecha del presente decreto se declaran
rotas las relaciones diplomáticas entre el Gobierno de la República
Oriental del Uruguay y la República de Cuba.
Artículo 2º .- Comuníquese, etc
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