15/10/02

CONVENIO SOBRE UNA LÍNEA DE CRÉDITO PROPORCIONADA POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA AL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PARA PROPORCIONAR UNA PARTIDA DE EQUIPOS DE MAQUINARIAS AGRÍCOLA QUE CONTARÁN CON SUS REPUESTOS

Beijing, 14 de octubre de 2002

Señora Viceministro:

                                       Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con el propósito de hacer referencia a la Nota del día de la fecha, en relación a la solicitud del Gobierno uruguayo de utilizar el remanente de la Línea de Crédito otorgada por el Gobierno de la República Popular China al Gobierno de la República Oriental del Uruguay en el marco del “Convenio sobre una Línea de Crédito proporcionada por el Gobierno de la República Popular China al Gobierno de la República Oriental del Uruguay”, suscrito en Beijing el día 7 de noviembre de 1988, formulada en los siguientes términos:

 “Beijing, 14 de Octubre de 2002

Su Excelencia:

                          Tengo el honor de confirmar en nombre del Gobierno de la República Popular China que, a través de consultas amistosas, nuestras dos Partes hemos llegado a un acuerdo en los siguientes términos:

1.   De conformidad con la solicitud del Gobierno de la República Oriental del Uruguay, el Gobierno de la República Popular China acuerda proporcionar al Uruguay una partida de equipos de maquinarias de construcción vial y forestales, y maquinarias y herramientas agrícolas, que contarán con repuestos de las piezas más propensas a romperse, y se encargará de su transporte hasta el Puerto de Montevideo.  Todos los gastos que de ello deriven, serán sufragados a cargo de la línea de crédito establecida en el “Convenio sobre una Línea de Crédito proporcionada por el Gobierno de la República Popular China al Gobierno de la República Oriental del Uruguay”, suscrito por ambos Gobiernos el día 7 de noviembre de 1988.  Los detalles relativos a los equipos antes referidos en cuanto a sus nombres, modelos y especificaciones, y cantidad, etc. serán determinados mediante el Contrato que  firmarán en otra ocasión los ejecutores asignados respectivamente por ambos Gobiernos.

.//..

A la Excelentísima Señora Ma Xiuhong

Viceministro de Comercio Exterior y Cooperación Económica

de la República Popular China

Beijing

2.   La Parte uruguaya se compromete a eximir a los equipos citados de todos aquellos impuestos de aduana para la importación.

3.   La Parte uruguaya se encargará de los trámites de aduana y retiro, y de su transporte interno en territorio uruguayo, así como de otros gastos relativos después de la llegada al Puerto.

            Si Su Excelencia tiene a bien confirmar lo arriba expuesto en nombre del Gobierno de la República Oriental del Uruguay,  la presente y su respuesta constituirán un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos.

            Aprovecho la oportunidad para reiterar a Su Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

Fdo. Ma Xiuhong – Viceministro de Comercio Exterior y Cooperación Económica de la República Popular China”.

                                       Al respecto, me es grato transmitir a Vuestra Excelencia la conformidad del Gobierno uruguayo con el contenido de la nota transcrita, por lo cual la presente Nota y la de Vuestra Excelencia, constituyen un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos que entrará en vigor en el día de la fecha.

                                       Hago propicia la oportunidad para reiterar a la señora Viceministro las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

 

Dr. Didier Opertti Badán
Ministro de Relaciones Exteriores
de la República Oriental del Uruguay