16/04/03
URUGUAY
PRESENTA MOCIÓN SOBRE CUBA
Uruguay
presentó ante las Naciones Unidas un proyecto de resolución tendiente a
que el Gobieno de Cuba reciba a un representante del Alto Comisionado de
esa Organización para los Derechos Humanos y le preste asimismo la
cooperación necesaria.
Declaración
de Uruguay
Sra.
Presidente:
Lo hemos dicho muchas
veces.
Ningún Estado tiene el
derecho por si solo de juzgar a otro, pero esta Comisión, sí tiene las
potestades, las competencias y la legimitidad para interesarse por la
suerte de los ciudadanos de cualquier país, sin importar el lugar donde
se encuentren, su sexo, credo o nacionalidad.
Nadie debería
agraviarse por ello.
El
pasado año, esta Comisión adoptó la Resolución 2002/18, impulsada por
varios países latinoamericanos, copatrocinada por más de 35 estados y
respaldada por el voto mayoritario de los miembros de la Comisión.
Su
redacción fue ponderada, y no condenatoria,
su espíritu cooperativo y no intromisorio.
Ella reflejó
un claro empeño en lograr
un equilibrio semántico y político destinado a facilitar las condiciones
para que el gobierno cubano emprendiera, por fin, una verdadera
cooperación con este órgano del sistema de NNUU, que él mismo integra y
abriese el camino para su retorno a la familia democrática
latinoamericana.
Hoy
los estados patrocinantes del proyecto,
insistimos en la necesidad de que la Representante Personal del
ACDH pueda cumplir con el mandato que esta Comisión le otorgó,
particularmente, cuando quién fuera designada, para representarlo ante el
Gobierno Cubano, ha sido una distinguida magistrada francesa, la
Dra. Christine Chanet, cuyo compromiso con el Derecho y las
cuestiones humanitarias están fuera de toda duda.
El
proyecto de resolución sobre la situación de los derechos humanos en
Cuba que hoy tenemos, constituye, a juicio del Uruguay, un claro reflejo
de la gran preocupación que existe entre la mayoría de los miembros de
la comunidad internacional, y de esta Comisión, sobre la falta de avances
en el campo de los derechos civiles y políticos en ese país.
No
solo existe en Cuba un déficit flagrante en materia de libertades
democráticas, sino que hemos asistido consternados –en el mismo momento
en que esta Comisión desarrollaba sus trabajos- a una ola de arrestos y
juicios sumarios sin precedentes, que ha afectado a un significativo
número de disidentes políticos y que culmina con
la imposición de la pena capital a tres secuestradores.
El
esfuerzo de diálogo y cooperación de esta Comisión por lo tanto, ha
sido impugnado de hecho, por el gobierno de Cuba, antes y durante
la presente sesión de la CDH.
Esto
nos crea a todos el imperativo de reafirmar el valor jurídico y moral de
nuestras decisiones. De respaldar la vigencia del sistema multilateral. De
reforzar la tutela internacional de los derechos individuales y de la
dignidad del hombre en todo el mundo y de repudiar
la pena de muerte en cualquier lugar en que ella se produzca y en
particular cuando la misma se llevó
a cabo en forma sumaria y sin las garantías del debido proceso.
Proyecto
de resolución
CUESTIÓN
DE LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES EN
CUALQUIER PARTE DEL MUNDO
Costa
Rica, Nicaragua, Perú y Uruguay: proyecto de resolución
Situación
de los derechos humanos en Cuba
La
Comisión de Derechos Humanos,
Teniendo
en cuenta lo dispuesto en su resolución 2002/18 de 19 de abril de 2002,
Considerando
que en la citada resolución la Comisión solicitó a la Alta Comisionada
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que enviase un
representante personal para que la Oficina dei Alto Comisionado cooperara
con el Gobierno de Cuba en la aplicación de la resolución,
Teniendo
presente que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos
ha procedido a nombrar a la Sra. Christine Chanet corno su representante
personal,
1.
Expresa su satisfacción por el nombramiento de la Sra. Christine Chanet
como representante personal deI Alto Comisionado de la Naciones Unidas
para los Derechos Humanos para el cumplimiento de la resolución 2002/18
de 19 de abril de 2002;
2.
lnsta al Gobierno de Cuba a que reciba a la representante personal deI
Alto Comisionado de la Naciones Unidas para los Derechos Humanos y le
preste toda las facilidades necesarias para que pueda cumplir plenamente
el mandato contenido en la resolución 2002/18;
3.
Decide seguir examinando esta cuestión en su 60° periodo de sesiones en
relación con el mismo tema deI programa, ocasión en la que la
representante personal deI Alto Comisionado presentará su informe sobre
la aplicación de la resolución 2002/18.
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