06/11/03

LICENCIAS DE CONDUCIR EN URUGUAY Y ESPAÑA

Se firmó en el día de ayer, miércoles 5 de noviembre en Madrid, un acuerdo entre el gobierno uruguayo y el español para el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales.

ACUERDO ENTRE URUGUAY Y ESPAÑA POR PERMISOS DE LICENCIA DE CONDUCIR

En el marco de las negociaciones que se llevan a cabo entre nuestro país y el Reino de España, el día 5 de noviembre del corriente se firmó en Madrid un Acuerdo entre ambos gobiernos para el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales.

Por este Acuerdo, e! titular de un permiso o licencia de conducir válido y en vigor expedido por una de las Partes, siempre que tenga la edad mínima exigida por el otro Estado, esta autorizado a conducir temporalmente en el territorio de este los vehículos de motor de las categorías para las cuales su permiso o licencia sean validos durante el tiempo que determine la legislación nacional del Estado donde se pretenda hacer valer esta autorización.

Adquirida la residencia normal en el otro Estado o acreditada documentalmente la iniciación del proceso para su adquisición, el titular de un permiso o licencia de conducir expedido por uno de los Estados, podrá canjearlo por el equivalente del Estado de residencia, sin tener que realizar las pruebas teóricas y prácticas exigidas para su obtención.

Este Acuerdo se aplicará provisionalmente en ambos países a partir del día de la fecha.

Montevideo, 5 de noviembre de 2003.