10/09/03
REGRESA EL OBSERVADOR DE
DINARA
La
Cancillería emitió un comunicado en el que señala, entre otros puntos
referidos al caso del pesquero Viarsa I, que retorna a Uruguay el
observador de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA) que
se encontraba en dicho buque.
El
Ministerio de Relaciones Exteriores comunica que las autoridades
australianas procedieron hoy al desembarco para su retorno
al Uruguay del Sr. Eduardo Merello Schulze, observador a bordo del Viarsa
I de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA) del Ministerio
de Ganadería Agricultura y Pesca de la República Oriental del Uruguay
en la Ciudad del Cabo, República de Sudáfrica. En estos momentos
el Cónsul General en Ciudad del Cabo está asistiendo a los
procedimientos y prestando la debida asistencia.
El
retorno del Sr. Merello Schulze constituye un paso de gran importancia
para las investigaciones que se vienen realizando por parte de las
autoridades nacionales competentes para el esclarecimiento de los hechos y
la determinación las posibles infracciones al ordenamiento jurídico
nacional e internacional.
Con
respecto a la documentación producida por el observador de la DINARA,
ambas partes han convenido su presentación e invocación en oportunidad
de los procedimientos que tendrán lugar en ambas jurisdicciones.
Con
respecto a los hechos de referencia desde su inicio el día 7 de agosto,
el objetivo esencial de la Cancillería ha sido, es y será preservar y
defender activa y firmemente todos los aspectos relacionados con la
soberanía nacional y el ejercicio efectivo de la jurisdicción uruguaya.
En este sentido, el Uruguay continúa
asumiendo en forma responsable
los derechos y deberes que le corresponden
como Estado del pabellón del buque y las obligaciones que le
impone el fiel cumplimiento de los ordenamientos jurídicos nacional e
internacional.
Cabe
señalar que durante todos los procedimientos ha quedado de manifiesto el
ánimo de cooperación y la
búsqueda de niveles de entendimiento entre las autoridades uruguayas y
australianas, sin perjuicio de los derechos y obligaciones que les
correspondan, con el objetivo de asegurar la aplicación y vigencia de las
normas de la Convención para la Conservación
de los Recursos Marinos Vivos Antárticos (CCVRMA) y otros
instrumentos internacionales referidos a la pesca responsable. Esta
cooperación continuará hasta el esclarecimiento definitivo de los hechos
y en instancias ulteriores en el marco de la CCVRMA.
|