11/12/04
SE PUSO EN MARCHA EL INSTITUTO PASTEUR DE MONTEVIDEO
El Presidente Batlle dijo que la creación del
Instituto Pasteur de Montevideo, le permitirá al país cambiar la calidad
de su funcionamiento como sociedad. El Primer Mandatario sostuvo que esto es
así porque sin un conocimiento afinado y sin participar del conocimiento
que se desarrolla en el mundo, los países difícilmente - por más riquezas
que tengan- puedan alcanzar un nivel como todo el mundo tiene derecho a
tenerlo y como la sociedad tiene la obligación de construirlo.
El Presidente de la República, Jorge Batlle, junto a
altas autoridades nacionales, del mundo académico, y del Director General
del Instituto Pasteur de París, Philippe Kouriski, y del Inspector General
de Finanzas del Gobierno de Francia, Jean Pierre Jouyet, participaron hoy de
la ceremonia de colocación de la piedra fundamental del Instituto Pasteur
de Montevideo.
A continuación se ofrecen las palabras pronunciadas
durante dicho acto y también el texto íntegro del acuerdo de constitución
del Instituto Pasteur de Montevideo, firmado ésta tarde entre por los
ministros Isaac Alfie y José Amorín Batlle, en representación de nuestro
país, y por la parte francesa, Philippe Kouriski y Jean Pierre Jouyet.
PALABRAS DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, JORGE BATLLE,
EN EL ACTO DE COLOCACIÓN DE LA PIEDRA FUNDAMENTAL DEL INSTITUTO PASTEUR DE
MONTEVIDEO
11/12/2004
PRESIDENTE BATLLE: Señor Director del Institut Pasteur,
señor Embajador de la República de Francia, señor Rector, ingeniero
Guarga, señores Ministros, señores Vicepresidente de la República,
Vicepresidente electo, señor Intendente de Montevideo, señores Decanos,
señoras y señores.
En una oportunidad tuve la suerte de vivir cerca del
Instituto Pasteur, cuando Francia recién salía de la guerra. Aprendí a
conocer y a respetar, desde mi ignorancia científica, lo que el Instituto
Pasteur significaba para Francia y para el mundo. Y la vida me ha dado la
oportunidad de acompañar este proyecto, de haber tenido parte en el
esfuerzo de tanta gente, del gobierno de la República, de la Universidad de
la República, de quienes desde el Instituto Pasteur -como mi amigo Jouyet a
la cabeza- trabajaron para alcanzar este objetivo.
Inclusive tuve la chance de encontrarme con el Presidente
Chirac, en México, y agradecerle profundamente su decidida participación
para que este mecanismo de financiamiento pudiera llevarse adelante, que es
un mecanismo absolutamente original y que es la consecuencia de una
comprensión profunda del gobierno francés, la única manera en la que
podíamos llevar adelante desde el punto de vista financiero este
trascendente proyecto para el Uruguay, para la región y para América.
Creo que todos nos damos cuenta de lo que esto significa,
por lo que ha dicho el señor Rector de la Universidad, el señor Director
del Instituto Pasteur y el Embajador Jouyet, de lo que esto significa para
el Uruguay y para el país.
Creo que es un hecho histórico, y pienso que cuando uno
hace ante sí mismo, digamos, una especie de sobrevuelo sobre los cinco
difíciles años vividos, en momentos tan negativos que hemos pasado, éste
por el contrario es un momento de enorme alegría, de enorme regocijo, que
le va a dar un enorme provecho al país, y le va a permitir al país
realmente comenzar a cambiar la calidad de su funcionamiento como sociedad.
Sin ninguna duda, hoy más que nunca, como lo ha sido
siempre además en la historia, sin un conocimiento afinado y sin participar
del conocimiento que se desarrolla en el mundo, los países difícilmente
por más riquezas que tengan puedan alcanzar un nivel como todo el mundo
tiene derecho a tenerlo y como la sociedad tiene la obligación de
construirlo, y para eso solos casi muchas veces para estos pequeños países
ello es imposible.
Francia de nuevo nos da una mano central y esencial, para
que esto se pueda realizar, y agradecemos al gobierno francés y le
agradecemos a la Universidad de la República que puedan entre ellos
colaborar de forma tal que este sueño sea una realidad.
DECLARACIONES A LA PRENSA DEL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA, JORGE BATLLE, EN LA FACULTAD DE CIENCIAS
PERIODISTA: Presidente, un breve comentario sobre éste
acto.
PRESIDENTE BATLLE: Sin ninguna duda, es uno de los hechos
más importantes de la historia de la evolución científica del Uruguay del
futuro, sin ninguna duda. Porque la presencia del Instituto Pasteur,
trabajando con la Universidad de la República, es para el Uruguay y para la
Universidad mayor de la República, por cierto, uno de los logros más
importantes desde que ella se abocó a sus tareas fundamentales de formar
investigadores; no solamente dar títulos profesionales, sino formar
investigadores e investigar. Lo dijo con toda claridad el Rector, Ingeniero
Guarga, y también lo expresó así el Director del Instituto Pasteur: esto
le va a dar al Uruguay un gran apoyo y un gran empuje en todas las
investigaciones científicas que es lo que los países precisan hoy más que
nunca para poder desarrollar sus actividades, sus riquezas potenciales y
para poder inclusive incursionar en el mundo con sus conocimientos. O sea,
hoy los conocimientos no tienen fronteras y los conocimientos generan
múltiples repercusiones financieras, económicas y sociales y culturales, y
por ende el Uruguay de esta manera se incorpora al primer mundo del
conocimiento. Muchas gracias.
PERIODISTA: Presidente, ¿en qué consiste la
originalidad de la financiación que usted señalaba?
PRESIDENTE BATLLE: La originalidad consiste en que
Francia redistribuyó lo que el Uruguay hizo cuando el doctor Baltasar Brum
fue Presidente. El doctor Baltasar Brum siendo Presidente del Uruguay le
había prestado durante la guerra dinero a Francia y condonó la deuda el
Uruguay. Entonces, ¿Francia qué hace? Francia nos dice, bueno, ustedes
tienen que pagar algunos intereses, en vez de pagarnos a nosotros los
interés, los intereses se van a volcar -con aportes del Uruguay, por
cierto, también- a financiar la creación de este Instituto Pasteur de
Montevideo. Quiere decir que en vez de darle los intereses a la Tesorería
francesa, y por eso esta acá el Inspector de Finanzas de Francia, señor
Jouyet; la Tesorería francesa le devuelve a la Fundación del Instituto
Pasteur lo que el Uruguay le paga de interés puntualmente y se invierten en
este formidable nuevo organismo del Instituto Pasteur, el primero en
América Latina.
PERIODISTA: Presidente, ¿cómo toma y cómo enfrenta el
gobierno la decisión de URAGUA?
PRESIDENTE BATLLE: No hay ningún problema, ya se
enterará del decreto que salió, ya está firmado y se va a comunicar entre
hoy y mañana.
PALABRAS DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA,
RAFAEL GUARGA
GUARGA: Señor Presidente de la República, señor
Inspector General de Finanzas del Gobierno francés, señor Embajador
francés en el Uruguay, señor Ministro de Finanzas, señor Director General
del Instituto Pasteur de París:
Es con gran satisfacción y alegría que en el día de
hoy colocaremos la piedra fundamental de lo que será el edificio del
Instituto Pasteur de Montevideo. Este acontecimiento marca un momento muy
importante en un proceso de cooperación científica iniciado hace varios
años.
En marzo de 2001, el Presidente de la República, doctor
Jorge Batlle, solicita a la Universidad de la República la elaboración de
una propuesta a efectos de retomar contacto con el Instituto Pasteur de
París con el objetivo de una posible implantación del Instituto Pasteur
aquí en Montevideo. La primera misión francesa vino a Montevideo en mayo
de 2001, y junto con científicos nacionales y regionales, concluyeron en la
necesidad de establecer en una primera etapa una red científica entre
instituciones del MERCOSUR y el Instituto Pasteur de París.
Este acuerdo fue firmado en setiembre de 2001, y poco
tiempo después la red llamada AMSUD - Pasteur integraba 49 instituciones de
Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Chile.
Esta red está desarrollando actualmente programas de
investigación científica sobre enfermedades transmisibles de fuerte
impacto regional; dengue y fiebres hemorrágicas, enfermedad de Chagas,
tuberculosis y lepra, y organiza con regularidad numerosos cursos regionales
de postgrado y ha permitido la asistencia de muchos estudiantes de nuestros
países a los cursos de postgrado que ha realizados en el Instituto Pasteur
de París.
Por otra parte, ha concretado interesantes iniciativas de
apoyo al desarrollo de las biotecnologías en la región.
En el contexto del muy positivo trabajo de la red AMSUD -
Pasteur se inicia a mediados del año pasado un estudio para evaluar la
oportunidad de crear un Instituto Pasteur en la región.
Poco tiempo después se define a Uruguay como el sitio de
elección y se acuerdan las principales características del Instituto
proyectado. En diciembre de 2003, el Instituto Pasteur aprueba la propuesta
y a partir de ese momento se suceden vertiginosamente varias etapas en las
que han participado diversos actores de los dos países.
En junio de 2004, se concreta un estudio entre técnicos
franceses y uruguayos sobre la factibilidad de la propuesta, que comprende
ésta los aspectos científicos y tecnológicos, los jurídicos y
presupuestales.
En julio de 2004, el Parlamento nacional vota una ley que
posibilita la creación del nuevo Instituto, la participación nacional en
el financiamiento, así como la negociación con Francia para la
reconversión de la deuda contraída por dicho país en aportes para la
instalación del Instituto Pasteur en Montevideo.
En octubre último se firma el acuerdo binacional de
reconversión de la deuda y, finalmente, pocas semanas atrás el Poder
Ejecutivo, el Instituto Pasteur y la Universidad de la República firman el
acuerdo para la creación del Instituto Pasteur de Montevideo.
El Instituto Pasteur de Montevideo será un centro de
concepción y orientación original, se ha concebido crear una Institución
de muy alta flexibilidad, capaz de adaptarse a los progresos continuos de la
ciencia; una Institución definida con criterios de excelencia científica y
vocación de constituirse en un laboratorio a nivel internacional y de
proyección regional.
Se ha propuesto que opere sobre la base de equipos
científicos que en su mayoría tengan carácter no permanente,
seleccionados por convocatorias abiertas regulares que posibiliten e
incentiven la participación de científicos y equipos de diferentes
instituciones nacionales y de países de la región. Tendrá al mismo tiempo
una muy fuerte orientación en apoyo al retorno de científicos de alto
nivel al país.
Este tipo de estructura hará posible que la vocación
regional pueda concretarse a través de consolidación de experiencias y
capacidad de grupos y personas que coincidan temporalmente en la
Institución y de los vínculos que así se establezcan.
La Institución estará dotada de plataformas
tecnológicas de última generación que apoyarán la investigación y
estudios en el área de la biomedicina en particular, estructuradas en
núcleos de equipamientos y facilidades en materia de energía molecular y
celular, proteónicas, bioquímica analítica, biología estructural y
bio-informática.
Estas plataformas serán puestas a disposición de los
investigadores nacionales y de la región, así como al servicio de empresas
y de instituciones no académicas.
Desde el punto de vista científico el perfil inicial
definido se centrará en temáticas de envejecimiento, enfermedades
degenerativas y cáncer, complementando los objetivos del programa AMSUD –
Pasteur, que se orienta esencialmente hacia enfermedades transmisibles.
El perfilamiento científico más preciso se establecerá
luego de encuentros y consultas con asesores de alto nivel de la región, de
centros de relevancia internacional y del Instituto Pasteur de París, a
través de talleres que tendrán lugar próximamente así como por el
establecimiento de un Comité Asesor Internacional. Al mismo tiempo, el
Instituto Pasteur de Montevideo tendrá una firme vocación de apertura y
estímulo a las aplicaciones, transferencia y valorización de los
resultados de las investigaciones, lo cual implicará una fuerte política
de integración con el sector industrial y empresarial de la región.
Asimismo, se ha puesto particular énfasis en que esta
nueva Institución sea un centro de formación de alto nivel que articule y
complemente esfuerzos con programas nacionales y regionales, tanto a partir
de la organización regular de cursos avanzados, como por la acogida de
estudiantes y jóvenes investigadores.
Esta iniciativa implica interesantes desafíos y explora
nuevos caminos de vinculación Norte-Sur y Sur-Sur. Se espera que pueda
contribuir eficazmente a los esfuerzos de integración regional,
complementando propuestas y actividades de diversos actores e instituciones
que han demostrado su vocación por este rumbo.
La Universidad de la República ha realizado un
importante esfuerzo, junto con el Instituto Pasteur de París y las
autoridades nacionales, para concretar esta iniciativa. Ello se enmarca en
la fuerte vocación de nuestra institución de participar en la
construcción de la trama cultural nacional, de desarrollar un sistema
educativo con parámetros de muy alta calidad y de contribuir desde el
conocimiento al desarrollo productivo de nuestro país.
Por otra parte, entendemos que este logro forma parte del
gran esfuerzo que debe desarrollarse a nivel nacional, conjugando aportes de
todos los sectores para bien de las nuevas generaciones.
Por todo ello, señor Presidente, reiteramos la
satisfacción y la alegría de la Universidad de la República por este
emprendimiento cuya piedra fundamental colocaremos en unos momentos. Muchas
gracias.
PALABRAS DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUT PASTEUR DE
PARÍS, PHILIPPE KOURISKI
KOURISKI: Señor Presidente de la República, señor
Vicepresidente, señor Rector, señores ministros, señor Alcalde, señoras
y señores:
Es con mucha emoción que vuelvo a Montevideo, después
de pasar tres años de mi primera estadía y vengo aquí para ver que se
concreta un proyecto que es caro a nuestros dos países.
La creación del Instituto Pasteur de Montevideo es una
idea que tiene ya larga data. Permaneció de alguna manera adormecida
durante cierto tiempo, y hoy este esfuerzo se ve concretado, coronado,
gracias a la conjunción de los esfuerzos por una parte y la otra, y en
primer lugar por la voluntad constante que ha expresado usted señor
Presidente encarnando en sí una voluntad de todo el país.
Esa misma voluntad fue compartida por todos sus
colaboradores a quienes hoy deseo expresar mi agradecimiento.
Esta voluntad se conjugó con una voluntad igualmente
firme en Francia. Y la voluntad antigua y profunda que une a nuestros dos
países se concreta hoy en este proyecto excepcional.
Permítanme en particular que agradezca la participación
de nuestro Embajador Inspector Jean Jouyet que pensó en una fórmula de
financiación absolutamente creativa.
Naturalmente también quiero destacar y agradecer la
participación del Ministerio de Relaciones Exteriores de Francia, subrayar
también la contribución sumamente positiva y extraordinaria de nuestra
embajada y de nuestro embajador de Francia en el Uruguay.
Quiero también destacar y agradecer a nuestros
colaboradores del Instituto Pasteur, y quiero además agradecer la
participación de dos actores, que son a la vez uruguayos y franceses, el
doctor Dighiero y el doctor Ricardo Erlich.
Ahora, ¿en qué contribuye este proyecto del Instituto
Pasteur?
En primer lugar, es portador de una cultura y de valores
importantes, es portador del espíritu del Instituto Pasteur que está
desarrollando desde las dos márgenes del Océano Atlántico, y que ya se
había encarnado en la colaboración en el marco del Instituto Pasteur.
Este proyecto, que es la manifestación de una verdadera
asociación para la investigación y para el trabajo conjunto.
Es un proyecto que se basa en los jóvenes, que está
destacando la participación de la juventud y, por tanto, del futuro.
Será seguramente capaz de ir plegando la actividad
económica y de contribuir al desarrollo del sector empresarial, y también
contribuirá a la vigilancia mundial de las enfermedades infecciosas.
Es importante destacar que la presencia del Instituto
Pasteur tiene hoy un alcance mundial, y esta mundialización, esta
globalización correspondió no solamente al esfuerzo en el campo de la
investigación, pero también a la creación de un servicio de centinela
respecto de las enfermedades infecciosas, como originalidad básica de que
esta red se funda en la investigación.
Y desde este punto de vista el Instituto Pasteur tendrá
un importante papel que desempeñar a nivel internacional, y al mismo tiempo
desempeñará este papel también dentro una red mundial.
Y me parece probable que, entonces, este edificio del
nuevo Instituto Pasteur que, abriendo sus puertas, seguramente acabará
resultando muy pequeño. Esto me alegra mucho, porque esto será la prueba
de su éxito.
También quisiera señalar que en un mundo inestable,
conflictivo, la colaboración internacional centrada en la confianza y en la
colaboración de los pueblos adquiere una importancia destacada. Y esta
cooperación adquiere una importancia aun mayor cuando se funda en la
investigación, y en particular en la investigación en el campo de la
salud.
También se funda en la educación y en la formación
cuando se dirige básicamente a los jóvenes y a las generaciones, cuando se
dirige al futuro, cuando crea lazos fuertes y duraderos, cuando está
preparando el mundo del futuro tal como queremos que sea y no tal como
podríamos padecerlo.
Este es el proyecto del Instituto Pasteur en Montevideo.
Y puedo garantizarles que tendrán todo el apoyo del Instituto Pasteur de
París. Muchas gracias.
PALABRAS DEL INSPECTOR GENERAL DE FINANZAS DEL
GOBIERNO DE FRANCIA, EMBAJADOR JEAN PIERRE JOUYET
JOUYET: Señor Presidente de la República, señor
Vicepresidente electo, señor Rector, señores ministros, señor Intendente,
señoras y señores.
Estoy muy feliz de estar aquí junto a ustedes. Francia y
Uruguay mantienen lazos profundos desde hace mucho tiempo, tanto desde el
punto de vista cultural como científico y económico.
Montevideo es una ciudad pequeña pero enmarcada por la
cultura francesa, dos franceses figuran entre los fundadores de Montevideo
en 1724, tres grandes poetas nacieron y se educaron en esta ciudad que fue
testigo su obra y ocupa por consiguiente un espacio particular en la
literatura francófona.
Como franceses no olvidaremos nunca que Uruguay fue el
primer país que reconoció a Francia Libre en 1944 y que la liberación de
París fue festejada de una manera histórica aquí en Uruguay.
Y, por último, ustedes comprenderán que yo aprecie
particularmente, por el hecho mismo de mis funciones, la generosidad que
manifestó el Uruguay quien en dos ocasiones en 1918 y en 1947 al finalizar
dos guerras que devastaron a Europa, le haya concedido un tratamiento
particularmente favorable a una deuda bilateral que tenía Francia con
Uruguay, y por ese motivo quiero dejarles toda la expresión de mi gratitud.
En el siglo XIX, Francia y Uruguay mantuvieron relaciones
excepcionales en el campo de la medicina. Estos lazos estrechos son
preservados a lo largo de todo el siglo XX, y yo quisiera rendirle homenaje
en esta ocasión a la memoria del doctor Sáenz, Embajador del Uruguay en
Francia, que también fue director de investigaciones en el Instituto
Pasteur de París.
Como lo dijeron los oradores que me precedieron en la
palabra, esta colaboración sería ampliada gracias al programa de
investigaciones AMSUD-Pasteur, que permitió en el marco de la Universidad
de la República hacer que avanzara la investigación sobre las fiebres
hemorrágicas y la enfermedad de Chagas.
La importancia de la comunidad científica uruguaya, que
ha recibido formación en Francia, y la importancia de los numerosos
estudiosos e investigadores francófonos que están presentes entre
nosotros, muestra hasta qué punto esta colaboración sigue siendo una
realidad uruguaya.
En nombre, entonces, de esta tradición de cooperación,
las autoridades francesas han deseado expresar su solidaridad al Uruguay al
cabo de una crisis económica grave, y lo harán contribuyendo con la
implementación del Instituto Pasteur en Montevideo.
Esta decisión, que fue adoptada por el Presidente de la
República francesa, señor Jacques Chirac, es a la vez un gesto de
solidaridad y una marca de confianza. Además, luego de todas las crisis
padecidas, el Uruguay se mostró sin embargo responsable y en una actitud
ejemplar en sus relaciones con la comunidad financiera internacional.
En consecuencia, las autoridades francesas desean que los
esfuerzos que fueron emprendidos, y todos aquellos que aún restan por
cumplir, garanticen a todos los uruguayos una mejor calidad de vida y le
permitan -señor Presidente- a su país continuar desempeñando un papel de
equilibrio y conciliación, tanto en el nivel regional como en la escena
internacional.
Como ya se dijo, el Instituto Pasteur de Montevideo tiene
como vocación convertirse en un centro de investigaciones de nivel
internacional, en un centro de enseñanza de alto nivel para el conjunto de
los países del MERCOSUR.
Esta idea es efectivamente una idea francesa y uruguaya,
pero se convierte en un proyecto europeo en el sentido más pleno, porque es
portadora de la cultura científica que es común de Europa.
Si aportamos, entonces, la piedra fundamental a este
proyecto ambicioso es, sin duda alguna, en nombre de nuestros lazos
históricos pero es también en nombre de nuestros valores y de nuestras
prioridades, como acaba de señalarlo el Presidente del Instituto Pasteur.
Nuestras prioridades son comunes: educación,
investigación, salud, pero también la asociación de ciencias y de
cultura, como aquellas que podrían suscitar desde el Instituto Pasteur de
Montevideo, que agrupará a investigadores de América Latina, de Europa y
de otros continentes.
Esta cooperación entonces es reveladora de la visión de
un mundo multipolar y respetuoso de las diversidades, y en esta cooperación
nuestros dos países están profundamente embarcados.
Aumentando la cooperación científica entre el Norte y
el Sur, Francia y Uruguay aspiran a ser los promotores de una sociedad
internacional más justa y más equilibrada, y por eso mismo son fieles a su
historia.
Luego, es un gran placer para mí participar en la
colocación de la piedra fundamental del Instituto Pasteur de Montevideo, al
cual deseo mucho éxito.
TEXTO DEL ACUERDO DE CONSTITUCIÓN DEL INSTITUTO PASTEUR
DE MONTEVIDEO, FIRMADO ÉSTA TARDE ENTRE POR LOS MINISTROS ISAAC ALFIE Y
JOSÉ AMORÍN BATLLE, EN REPRESENTACIÓN DE URUGUAY, Y PHILIPPE KOURISKI Y
JEAN PIERRE JOUYET, POR FRANCIA.
N° 23; CONSTITUCION DEL INSTITUT PASTEUR DE MONTEVIDEO.
POR EL ESTADO ( PODER EJECUTIVO) Y LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA CON EL
INSTITUT PASTEUR.
En la ciudad de Montevideo, el once de diciembre de dos
mil cuatro, ante mí Guillermo José Domenech Martinez, Escribano de
Gobierno, comparecen: Por una parte: I) EL ESTADO ( PODER EJECUTIVO)
representado por el señor MINISTRO DE SALUD PÚBLICA, Doctor Conrado
Bonilla, el señor MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Doctor José Gerardo
Amorín Batlle y el señor MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS Economista Isaac
Alfie, domiciliados en la Avenida 18 de Julio 1892, en la calle Reconquista
535 y en la calle Colonia 1089, respectivamente, todos en esta ciudad. II)
LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA representada por su Rector Ingeniero Rafael
Guarga, con sede en esta ciudad en la Avenida 18 de Julio 1824. Y por otra
parte: EL INSTITUT PASTEUR, fundación privada sin fines de lucro,
constituida en Francia, con domicilio en 25-28 rue du Docteur Roux, 75724
París Cedex 15, FRANCIA (en adelante "Institut Pasteur")
representado por su Director General Profesor Doctor Philippe Henri André
Kourilsky, quien comparece asistido por la intérprete señora Ana
Guarnerio, por intermedio de la cual manifiesta llamarse como se ha
indicado, ser de nacionalidad francesa, mayor de edad y titular del
pasaporte francés número 02YK93003. De aquí en más designados
colectivamente como los "Fundadores" e individualmente como el
"Fundador". Y para que lo consigne en este Protocolo de Contratos
del Poder Ejecutivo, dicen que: Los Fundadores reunidos y de conformidad con
lo dispuesto en la Ley N° 17.163, de 1° de septiembre de 1999, en la Ley
N° 17.792, de 14 de julio de 2004, y en el "Contrato General sobre la
Creación y Administración del "Institut Pasteur de Montevideo",
suscrito el 23 de noviembre de 2004 por los mismos Fundadores, deciden
constituir en este acto una fundación que se denominará "INSTITUT
PASTEUR DE MONTEVIDEO" y cuyos estatutos, que por unanimidad se
aprueban, serán los siguientes: ESTATUTOS DE LA FUNDACION "INSTITUT
PASTEUR DE MONTEVIDEO".
Articulo 1°. - Denominación y domicilio. Con el
nombre de "INSTITUT PASTEUR DE MONTEVIDEO" se constituye una
fundación (en adelante la " Fundación"), sin propósito de lucro
con un objeto de interés general y no sometida a plazo, que se regirá por
los presentes estatutos y por las Leyes y reglamentos aplicables de la
República Oriental del Uruguay. La sede de la Fundación será en el
Departamento de Montevideo.
Artículo 2°. Objeto. La Fundación
"INSTITUT PASTEUR DE MONTEVIDEO" tendrá los siguientes objeto y
fines: (I) Promover la investigación científica y tecnológica en los
campos de la biología humana, la biomedicina, la patología molecular y
otras disciplinas relacionadas con ellas, así como organizar e implementar
cursos, seminarios y formación para investigadores, y tomar cualquier
medida en relación con dichas investigaciones; (II) Emprender cualquier
trabajo de investigación que pueda ser necesario para el avance de la
ciencia en los campos descritos precedentemente; (III) Realizar
descubrimientos e inventos, registrar patentes, y venderlos u otorgar
licencias sobre los mismos; (IV) Llevar a cabo cualesquiera otras
actividades sin fines de lucro que sean accesorias de los objetivos
reseñados precedentemente; y (V) Llevar a cabo actividades vinculadas a la
cultura científica, para promover el interés por la ciencia y la
tecnología, y extender entre el público en general el conocimiento y la
comprensión de las nuevas tecnologías. La Fundación podrá realizar todos
los actos y contratos que fueren necesarios para el cumplimiento de su
objeto y fines, pudiendo, a tales efectos, celebrar actos y contratos con
sus Fundadores, los cuales serán comunicados previamente a la autoridad
administrativa de contralor. La Fundación actuará respetando los
principios éticos de la comunidad internacional, con una visión
humanitaria y generosa del mundo, y en la búsqueda de la excelencia en cada
una de una de sus misiones, contribuyendo mediante el cumplimiento de su
objeto y fines a la lucha contra la enfermedad.
Artículo 3° -Capital inicial. integración y
recursos futuros. La Fundación "INSTITUT PASTEUR DE MONTEVIDEO"
tendrá un capital inicial conformado por: 1.- Un millón de dólares
estadounidenses (US$ 1.000.000), que serán aportados e integrados en
efectivo por el Estado (Poder Ejecutivo) de la siguiente forma: a) cien mil
dólares estadounidenses (U$S 100.000) antes del cinco de enero de dos mil
cinco y b) novecientos mil dólares estadounidenses (U$S 900.000) en nueve
cuotas mensuales, siguientes y consecutivas de cien mil dólares
estadounidenses (U$S 100.000) cada una, la primera de ellas en febrero de
dos mil cinco, mediante depósitos en la cuenta N° 9.010.000 "Institut
Pasteur de Montevideo" (en formación), radicada en el Banco CREDIT
URUGUAY BANCO ó en cualquier otra cuenta que se abra a tal efecto. 2.- La
propiedad plena de los inmuebles: lote identificado con la letra A,
compuesto por la fracción A1 del padrón sesenta y un mil cuatrocientos
ochenta y siete (61.487) del departamento de Montevideo y la fracción A2
del padrón ciento setenta y nueve mil novecientos cincuenta y nueve
(179.959) del departamento de Montevideo, con una superficie de veintidos
mil quinientos sesenta y dos metros dieciséis decímetros y mil trescientos
cuarenta y dos metros setenta y tres decímetros respectivamente que hacen
un total de veintitrés mil novecientos cuatro metros ochenta y nueve
decímetros, individualizado en el plano proyecto de fraccionamiento,
realizado por el Ingeniero Agrimensor José Luis Niederer, fechado en
noviembre de 2004 que la Universidad de la República aporta a la Fundación
y cuya tradición será formalizada tras su reconocimiento por las
autoridades competentes. Dichos aportes se efectúan de conformidad a lo
establecido en el Artículo 12 de la Ley N° 17.163, de 1° de septiembre de
1999, y en los Artículos 2° y 9° de la Ley N° 17.792, de 14 de julio de
2004. Los recursos futuros de la Fundación provendrán primordialmente de:
(I) Aportes de las autoridades de la República Oriental del Uruguay
conforme a lo establecido en la Ley N° 17.792; II) Partidas recibidas en
efectivo o en especie, por vías tales como fondos de asistencia, cesión de
instalaciones, equipos o personal; el producido de liberalidades,
donaciones, préstamos, legados y subvenciones; el producido de acuerdos de
participación u otros convenios en virtud de los cuales la Fundación
reciba la propiedad, uso o posesión de bienes; el producido de los bienes
de la Fundación. III) EI producido de ideas, conceptos, teorías, procesos,
inventos, creaciones, descubrimientos o productos concebidos, inventados,
creados, descubiertos o desarrollados en el curso o como resultado o
consecuencia de cualquier investigación, proyecto o actividad emprendida
por la Fundación y su comercialización; IV) El producido de acuerdos de
colaboración con terceros. De acuerdo con su naturaleza de institución sin
fines de lucro, la Fundación deberá reinvertir y aplicar al cumplimiento
de su objeto la totalidad del producido de sus actividades. La Fundación
podrá acumular capital por períodos superiores a los diez años, previa
autorización de la autoridad administrativa de contralor.
Artículo 4° -Ejercicio Anual -Contabilidad. El
ejercicio anual comenzará el 1° de enero y finalizará el 31 de diciembre
de cada año. La Fundación llevará una contabilidad sobre bases uniformes,
veraz y regular de todas sus operaciones y la justificación de todos sus
gastos, en cumplimiento de las normas y leyes de la República Oriental del
Uruguay y de los principios contables aceptados a nivel internacional. Los
libros y registros contables serán llevados por la Fundación en su sede y
estarán disponibles de conformidad a lo que dispongan las leyes así como
para su inspección por los Consejeros.
Artículo 5° - Órganos de la Fundación. El
gobierno y la administración de la Fundación estarán a cargo de un
Consejo de Administración. Sus actividades serán administradas por un
Director Ejecutivo que estará bajo la autoridad del Consejo de
Administración y reportará directamente al mismo. Las actividades
científicas y programas de investigación contarán con el asesoramiento
previo y el posterior, seguimiento y evaluación por parte de un Comité
Científico Asesor.
Artículo 6° - Consejo de Administración. El
gobierno y la administración de la Fundación estarán a cargo del Consejo
de Administración que será el más alto órgano de decisión de la
Fundación y que tendrá todas las facultades necesarias para el
cumplimiento del objeto de la institución.
Artículo 7° - Integración del Consejo de
Administración. El Consejo de Administración estará integrado por
siete miembros titulares -Consejeros- honorarios, incluidos un Presidente y
un Secretario General, que serán nombrados por los Fundadores. Los
Fundadores tendrán derecho a nombrar un suplente por cada Consejero. Los
suplentes podrán actuar en caso de imposibilidad del titular de concurrir a
alguna o algunas sesiones del Consejo o en caso de vacancia temporal. Tres
Consejeros serán designados por el "Institut Pasteur", dos
Consejeros lo serán por el Poder Ejecutivo de la República Oriental del
Uruguay y dos Consejeros lo serán por la Universidad de la República. El
Presidente y el Secretario General del Consejo de Administración serán
elegidos por el Consejo de Administración entre sus miembros. Cuando el
Presidente sea un Consejero designado por el "Institut Pasteur" el
Secretario General deberá ser un Consejero de los nombrados por el Poder
Ejecutivo o la Universidad de la República y viceversa, cuando el
Presidente sea un Consejero designado por el Poder Ejecutivo o la
Universidad de la República el Secretario General será un Consejero
designado por el "Institut Pasteur". Si un Consejero, su cónyuge,
sus familiares ascendientes, descendientes y colaterales hasta el segundo
grado, así como las personas jurídicas a las que se encuentre vinculado o
lo haya estado en los últimos años, adquiere cualquier interés directo o
indirecto en un contrato o una propuesta de contrato con la Fundación,
deberá declarar la naturaleza de sus intereses al Consejo de
Administración y darse cumplimiento a lo establecido en el Artículo 11 de
la Ley N° 17.163, de 1° de septiembre de 1999. Los Consejeros actuarán
por un período de tres años y podrán mantenerse en su cargo por un nuevo
período, en cuyo caso la renovación se deberá efectuar por el mismo
procedimiento que rige la primera designación. Los Consejeros seguirán en
el desempeño de sus funciones, al vencimiento de su mandato hasta la toma
de posesión de los respectivos miembros que los sustituyan. Los Consejeros
cesarán por renuncia, fallecimiento, incapacidad, vencimiento del término
de su designación, sustitución o remoción. El cese de los Consejeros que
fueren Presidente o Secretario General aparejará automáticamente también
la finalización de sus funciones en esos cargos. Cada uno de los Fundadores
tendrá en todo momento el derecho de designar el número acordado de
Consejeros y suplentes que le corresponde y mantenerlos en su cargo, así
como a sustituir en su cargo a cualquiera de los Consejeros o suplentes así
designados y a designar sus sustitutos. Asimismo, cada uno de los Fundadores
tendrá en todo momento el derecho de remover de su cargo a un Consejero o
suplente por él designado en base a faltas tales como el mal desempeño de
su cargo, la violación de los estatutos o de la Ley o la incursión en
conductas que afecten el buen nombre de la Fundación, en cuyos casos
deberá previamente darle oportunidad de ser oído y ejercer su defensa. En
caso de vacancia de algún cargo de Consejero el Fundador a quien
corresponda designarlo lo hará dentro de los sesenta días de producida la
misma.
Artículo 8° -Representación. La representación
legal de la Fundación será ejercida por el Consejo de Administración por
intermedio del Presidente y Secretario actuando conjuntamente, sin perjuicio
del otorgamiento de mandatos especiales a otros Consejeros, al Director
Ejecutivo o a cualesquiera otras personas.
Artículo 9°. Régimen de sesiones del Consejo de
Administración. Las sesiones del Consejo de Administración se
celebrarán en la sede de la Fundación o, excepcionalmente, en cualquier
otro lugar en Uruguayo en el exterior, si fuera necesario. Se labrará acta
detallada de cada una de las sesiones, las cuales serán firmadas por
quienes hayan actuado en calidad de Presidente y de Secretario en la sesión
respectiva. Cuando sea necesario efectuar una sesión y alguno o algunos
consejeros estén imposibilitados de concurrir personalmente, las reuniones
de Consejo de Administración podrán celebrarse en video conferencia. El
Presidente presidirá todas las reuniones del Consejo de Administración. Si
el Presidente no estuviera presente en una reunión de Consejo de
Administración, cualquier Consejero elegido provisoriamente a tales efectos
por los restantes miembros que se encuentren presentes en la reunión
presidirá la sesión. El Consejo de Administración celebrará por lo
menos, dos sesiones ordinarias por año, sin perjuicio de las sesiones
extraordinarias que se pudieran convocar. El quórum mínimo de
funcionamiento del Consejo de Administración será de dos terceras partes
del número total de Consejeros. En las reuniones del Consejo de
Administración cada Consejero tendrá derecho a un voto.
Artículo 10- Convocatoria y orden del día. Las
reuniones del Consejo de Administración serán convocadas por el
Presidente, por su propia iniciativa o a solicitud de dos Consejeros. Las
convocatorias se harán mediante notificación por escrito, con treinta (30)
días de antelación, a cada uno de los Consejeros. Ese plazo podrá ser
reducido siempre que todos los Consejeros expresaren por escrito su acuerdo
en celebrar una sesión del Consejo de Administración convocada con una
antelación menor. Las convocatorias contendrán, entre otros, un orden del
día en el que se identificarán los asuntos que se considerarán en la
reunión. Las convocatorias deberán ir acompañadas de todos los documentos
pertinentes referentes a las cuestiones que se habrán de considerar.
Artículo 11 -Mayoría ordinaria. Las decisiones o
resoluciones del Consejo de Administración relativas a asuntos que no
estén incluidos en el Artículo 12 se considerarán aprobadas o adoptadas
cuando hayan recibido el voto afirmativo de la mayoría de los Consejeros
presentes o representados. En caso de empate se considerará que el
pronunciamiento del Consejo de Administración ha sido negativo
Artículo 12 - Asuntos reservados -Mayoría especial.
Las siguientes resoluciones solamente podrán ser aprobadas con el voto
favorable de al menos dos terceras (2/3) partes de los Consejeros presentes
o representados en una reunión del Consejo de Administración, incluidos al
menos el voto favorable de uno de los cuatro Consejeros designados por el
Poder Ejecutivo y por la Universidad de la República y el voto favorable de
uno de los tres Consejeros designados por el "Institut Pasteur".
(a) La elección, designación, renovación y cese de los cargos de
Presidente y Secretario General del Consejo de Administración en cuanto
tales; (b) La elección, designación, renovación y cese del Director
Ejecutivo; (c) La definición de determinados cargos de personal de
investigación y apoyo como "cargos clave"; (d) La designación y
el cese de los titulares de "cargos clave" a propuesta del
Director Ejecutivo; (e) La realización de una fusión o asociación con
cualquier otra entidad; (f) La designación y el cese de los integrantes del
Comité Científico Asesor; (g) La aprobación del presupuesto, plan
estratégico y plan de pagos anuales; (h) El traslado de la sede; (i) La
selección y aprobación de programas de investigación científica, en
consulta con el Comité Científico Asesor; (j) La consideración y
aprobación de cualquier modificación de los estatutos de acuerdo a lo
establecido en el Artículo 16; (k) La elección y supresión de
instalaciones y equipos; (l) La adquisición de activos por un importe que
supere los US$ 50.000 (cincuenta mil dólares estadounidenses) o su
equivalente en otra moneda; (m) La venta o enajenación de la totalidad o
cualquier parte sustancial de los activos o bienes de la Fundación; (n) La
celebración de un contrato de préstamo o la obtención de un préstamo por
un importe que supere los US$ 50.000 (cincuenta mil dólares
estadounidenses) o su equivalente en otra moneda por parte de la Fundación;
(o) La aprobación de la realización de las campañas de solicitud de
fondos y actividades de inversión, cuyos alcances económicos sean
considerados de importancia por el Consejo de Administración; (p) La
disolución de la Fundación; (q) La presentación de un procedimiento de
liquidación, reorganización, concurso, o cualquier otro proceso u
operación de similar naturaleza, conforme a leyes aplicables; (r) La
creación de subsidiarias o sucursales; (s) La celebración de contratos de
importancia como, por ejemplo, contratos de riesgo compartido, contratos de
investigación cuyo importe sea igual o superior a un importe que determine
el Consejo de Administración y contratos de asociación; (t) La resolución
por la que se dispone otorgar o revocar poderes; (u) La elaboración de las
normas y reglamentos internos; (v) La aprobación de la memoria anual que
será presentada ante la autoridad administrativa de contralor; (w) La
consideración de otros asuntos que el Consejo de Administración disponga
previamente que requieran esta mayoría especial para su resolución.
Artículo 13 -Director Ejecutivo. La Fundación
tendrá un Director Ejecutivo que será designado por el Consejo de
Administración de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 que
estará bajo la autoridad del Consejo de Administración y reportará
directamente al mismo. El Director Ejecutivo ocupará su cargo durante un
plazo de cuatro años y su designación podrá renovarse por otro período
igual, mediante decisión adoptada de acuerdo a lo previsto en el Artículo
12.
Artículo 14 - Cometidos del Director Ejecutivo.
El Director Ejecutivo tendrá los siguientes cometidos: (I) gestionar las
actividades de la Fundación, de conformidad con los planes científicos y
el presupuesto anual aprobados por el Consejo de Administración; (II)
definir los objetivos científicos y el objeto de las investigaciones,
conforme al asesoramiento del Comité Científico Asesor, y administrar las
actividades de investigación y desarrollo, de conformidad con los contratos
de cooperación en la investigación celebrados; (III) emprender en general
cualquier acción vinculada a su competencia científica y de dirección,
que sea conducente a desarrollar las actividades definidas en el presupuesto
y lograr los resultados perseguidos; (IV) preparar cada año un presupuesto
estimativo para el siguiente año y presentarlo a la aprobación del Consejo
de Administración; (V) proponer al Consejo de Administración los
candidatos para ocupar los "cargos clave" del personal; (VI)
designar y cesar al personal de investigaciones y de apoyo, con excepción
de quienes ocupen los "cargos clave"; (VII) someter a
consideración y aprobación del Consejo de Administración, informes
científicos regulares y un informe anual, en los que se describan las
actividades y el cumplimiento del presupuesto aprobado por el Consejo de
Administración; y (VIII) asumir cualquier otro cometido que el Consejo de
Administración considere apropiado.
Artículo 15 - Comité Científico Asesor. La
Fundación contará con un Comité Científico Asesor que estará integrado
por hasta nueve miembros honorarios, seleccionados por el Consejo de
Administración, de conformidad con las disposiciones del Artículo 12. Los
miembros del Comité Científico Asesor serán, en su mayoría,
investigadores eminentes, de renombre internacional. El Comité Científico
Asesor tendrá como cometido brindar asesoramiento científico al Consejo de
Administración a los efectos de la determinación de la estrategia
científica y los programas científicos detallados, así como realizar una
evaluación científica de los resultados de los programas científicos
llevados a cabo por la Fundación o bajo su supervisión. A tales efectos,
el Comité Científico Asesor celebrará reuniones toda vez que sea
necesario y, por lo menos, realizará una reunión al año. Una vez que se
hayan aprobado los programas científicos por parte del Consejo de
Administración, el Comité Científico Asesor deberá asegurarse de su
seguimiento y emitir informes al Consejo de Administración en forma
regular, los cuales contendrán toda la información necesaria para evaluar
los programas y sus resultados.
Artículo 16 - Reforma de estatutos. Queda
prohibida toda reforma de los estatutos por la que se altere sustancialmente
el objeto de la Fundación. En todos los demás aspectos, incluso los que
pudieran referir a la actualización del objeto, los estatutos de la
Fundación podrán ser reformados mediante decisión del Consejo de
Administración, adoptada en sesión específicamente realizada a tales
efectos, de conformidad y con las mayorías establecidas en el Artículo 12.
Las modificaciones se considerarán válidas una vez que hayan obtenido su
reconocimiento de la autoridad administrativa de contralor.
Artículo 17 - Disolución. Son causales de
disolución de la Fundación: A) La decisión del Consejo Directivo
disponiendo la disolución, adoptada de conformidad al Artículo 12. B)
Cuando por cualquier causa deviniera imposible el cumplimiento del objeto
establecido. C) Por la cancelación de la personalidad jurídica decretada
por el tribunal competente.
Artículo 18 - Liquidación y destino de los bienes.
Resuelta la disolución de la Fundación, el Consejo de Administración
nombrará tres liquidadores de entre sus miembros; uno será un Consejero
que hubiera sido designado por el "Institut Pasteur", otro será
un Consejero que hubiera sido designado por el Poder Ejecutivo y otro será
un Consejero que hubiera sido designado por la Universidad de la República.
Dentro del proceso de liquidación se procederá a la partición y
adjudicación de aquellos bienes o derechos de que la Fundación sea titular
con otras personas físicas o jurídicas. El remanente que resulte de la
liquidación se destinará a otra entidad o entidades sin fines de lucro que
desarrollen, en la República Oriental del Uruguay, actividades similares o
afines a las de la Fundación. Esa entidad o entidades serán determinadas,
de común acuerdo por el Poder Ejecutivo y por la Universidad de la
República. En caso de que no se llegara a tal acuerdo la cuestión será
dirimida por el tribunal competente.
Artículo 19 - Primer Consejo de Administración.
El primer Consejo de Administración, que deberá actuar hasta el 31 de
diciembre de 2007, estará integrado por los siguientes miembros: A) Señor
Philippe Kourilsky, Señora Michèle Boccoz y Señor Laurent Joseph Rapin
que han sido designados por el "Institut Pasteur"; B) Señor
Alvaro Rossa y Señor José Serrato que han sido designados por el Poder
Ejecutivo, y C) Señor Ricardo Ehrlich y Señora Ana María Ferrari que han
sido designados por la Universidad de la República.
Artículo 20 - Gestores de la Personería Jurídica.
El Señor Antoine Emmanuel Coupvent des Graviers (Pasaporte número
02VD47573), designado por el lnstitut Pasteur de Francia y el Doctor Paul
Arrighi (Cédula de Identidad 1.267.537-6) quedan facultados para, que
actuando conjuntamente, gestionar ante el Poder Ejecutivo el reconocimiento
de la Fundación, con las más amplias atribuciones para aceptar las
observaciones que pudieran formular las autoridades públicas a los
presentes estatutos y para proponer los textos sustitutivos que en su
mérito pudieren corresponder.
Artículo 21 - Primer domicilio. El primer
domicilio de la Fundación será el siguiente: Iguá sin número esquina
Mataojo, Montevideo, (Facultad de Ciencias de la Universidad de la
República). Ese domicilio podrá ser cambiado por decisión del Consejo de
Administración, adoptada de conformidad a lo establecido en el Artículo
12.
Artículo 22 - Declaración. El Doctor Philippe
Kourilsky por intermedio de la intérprete Ana Guarnerio manifiesta no
entender el idioma castellano, pero hablar y entender el idioma francés,
por lo que ruega a la intérprete nombrada, le traduzca verbalmente a dicho
idioma el contenido de la escritura. Hago constar que: A) Conozco a los
comparecientes. B) I) De acuerdo a la ley número 17.792 de fecha 14 de
julio de 2004 en su artículo primero se autorizó al Poder Ejecutivo y a la
Universidad de la República a constituir conjunta o separadamente, una
fundación con el "Institut Pasteur" de Paris- República
Francesa, de conformidad a las disposiciones de dicha ley y de la ley
número 17.163 de 1° de setiembre de 1999. II) De acuerdo a la ley 17.163
de fecha 1° de setiembre de 1999 el Poder Ejecutivo por resolución de
fecha 23 de noviembre de 2004, cometió a los Ministerios de Economía y
Finanzas, Educación y Cultura y Salud Pública la intervención en todos
los actos y contratos referidos en la ley 17.792 de 14 de julio de 2004, en
relación con la constitución de la Fundación "Institut Pasteur de
Montevideo" y III) Por documento privado, suscrito en Montevideo el 23
de noviembre de 2004, entre el Poder Ejecutivo de la República Oriental del
Uruguay, representado por los Ministerios de Salud Pública, Educación y
Cultura y Economía y Finanzas y la Universidad de la República con el
Institut Pasteur se otorgó un "Contrato General sobre Creación y
Administración del lnstitut Pasteur de Montevideo". D) Esta escritura
es leída dos veces, la primera por el suscrito Escribano y la segunda por
la mencionada intérprete en idioma francés y los comparecientes así la
otorgaron, el Señor Kourilsky por intermedio de la mencionada intérprete y
todos la firman en la forma habitual. E) Esta escritura sigue inmediatamente
a la número veintidós de Poder General para Pleitos extendida el ocho de
noviembre del folio treinta dos al folio treinta y tres.-