30/03/04

EXIGEN REGISTRO DE GUARDERÍAS 

El Ministerio de Educación y Cultura informa a quienes desempeñen tareas de “guarderías” y/o similares que deben registrarse para estar habilitados.

El Ministerio de Educación y Cultura a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 16.802 de Guarderías, del 19 de diciembre de 1996, recuerda a la población:

Toda Institución Privada, así como las que desarrollan su actividad en instituciones oficiales o empresas públicas, cuyo fin principal sea la guarda, cuidado, educación preescolar, estimulación temprana o similar, de niños de 0 a 6 años, que no esté inscripta en el Registro Nacional de Guarderías, tiene la obligación de hacerlo.

La mencionada Ley, lo establece como primer requisito para el desarrollo de sus actividades.

Aquellos centros que tengan registros anteriores al 31 junio 2003, deberán actualizar la inscripción al 31 de junio de 2004.

A tales efectos deberán retirar el formulario en el Área de Educación Inicial del Ministerio de Educación y Cultura, Reconquista 535, 5to.piso, de lunes a viernes, de 09:15 a 16:30 horas.

Por mayor información llamar al teléfono

917 0748 o 915 0103 interno 151,

Área de Educación Inicial de la Dirección de Educación.