15/09/04
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
El Presidente Batlle destacó la dedicación de los
legisladores en la consideración del nuevo Código de la Niñez y la
Adolescencia, aunque dijo que no es buena cosa que un código tenga que
discutirse 10 años para ser sancionado.
En el acto de presentación de la
ley que promueve dicho cuerpo normativo, realizado en el Salón de Actos del
Edificio Libertad, además del Primer Mandatario estuvieron presentes el
Vicepresidente de la República, Luis Hierro López, el Secretario de la
Presidencia, Raúl Lago, el Ministro de Educación y Cultura, Leonardo
Guzmán, el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Leslie Van Rompaey,
el presidente del Instituto Nacional del Menor, así como también otras
autoridades nacionales y legisladores.
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
El país tiene una prolongada tradición en materia de atención a los
problemas de la niñez y de la adolescencia, adaptada y emergente a las
distintas épocas históricas.
En un bosquejo muy rápido puede aludirse desde la época
colonial y los primeros años de la naciente República, a la atención de
los "menores expósitos" y de las "viudas y huérfanos",
tarea habitualmente a cargo de entidades religiosas y asistida con los
escasos recursos disponibles en la época.
Algunos antecedentes
Con el paso del tiempo, y el aumento de la complejidad de
los problemas, fueron surgiendo nuevas instituciones como el Consejo de
Protección de Menores, luego Patronato de Delincuentes y Menores, el Asilo
"Dámaso Antonio Larrañaga" y la Colonia Educacional de Suárez,
por mencionar solamente a algunas.
El Código Civil, vigente desde 1868, incorporó
importantes capítulos con normas sobre estado civil, familias y menores.
Dos factores merecen ser subrayados: el primero es que la
preocupación por el niño y el adolescente fue una constante a lo largo del
tiempo. El segundo es que la acumulación de realizaciones en ese terreno
terminaron por crear la necesidad de sistematizar el criterio asistencial
con el fin de lograr un esquema ordenado e institucionalizado de protección
al menor y adolescente.
En esta etapa se destaca la sanción –en abril de 1934-
del Código del Niño. Se creó un transitorio Ministerio de Protección a
la Infancia para conducir el proceso de elaboración y aprobación del
Código y la puesta en funciones del Consejo del Niño. Paralelamente,
adquirieron rango Constitucional disposiciones relativas a la protección de
la familia, al deber y derecho de los padres de cuidar y educar a sus hijos,
y –entre otras medidas similares- la que determina que la Ley dispondrá
las medidas necesarias para que la infancia y la juventud sean protegidas
contra el abandono corporal, intelectual o moral de sus padres o tutores,
así como contra la explotación y el abuso.
Naciones Unidas y OEA
Posteriormente, y fundamentalmente luego de la creación
de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y otros organismos
internacionales como la Organización de Estados Americanos (OEA), se fueron
buscando consensos para delinear políticas globales o regionales sobre
objetivos que la comunidad internacional reconoce como inherentes a la
condición humana.
Uruguay fue dando su aprobación, mediante el
procedimiento constitucional previsto de ratificación de tratados, a estos
instrumentos internacionales.
Del sistema que orbita alrededor de las Naciones Unidas
surgieron, por ejemplo, la enumeración de los Derechos del Niño; la
Convención sobre los Derechos el Niño; el Protocolo Facultativo de la
Convención sobre los Derechos el Niño relativo a la Participación de
Niños en Conflictos Armados y el Protocolo Facultativo relativo a la venta
de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la
Pornografía.
Del sistema interamericano en torno a la OEA, y en lo que
atañe específicamente a la minoridad, surgieron las Convenciones
Interamericanas sobre Tráfico Internacional de Menores; sobre Conflictos en
Materia de Adopción de Menores; sobre Restitución Internacional de Menores
y sobre obligaciones Alimentarias.
Es significativo y de destacar el papel cumplido a lo
largo del tiempo a favor de la minoridad por UNICEF –Fondo de las Naciones
Unidas para la Infancia- y IIN –Instituto Interamericano del Niño- de la
OEA.
Es así como se llega al nuevo Código de la Niñez y
Adolescencia, por el cual la sociedad uruguaya se dota a sí misma de
regulaciones en la materia que, por un lado se condicen con la tradición
histórica en la materia y por otro –respondiendo a formulaciones
modernas- resultan instrumentos eficaces para brindar una mejor atención a
los numerosos temas que plantea la amplia problemática de la minoridad con
dificultades en nuestro país.
DECLARACIONES A LA PRENSA DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
JORGE BATLLE, LUEGO DE LA PRESENTACIÓN DE LA LEY QUE PROMUEVE EL CODIGO DE
LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
15/09/2004
PERIODISTA: Presidente, ¿qué destaca de este acto que
se acaba de cumplir aquí en el Edificio Libertad?
PRESIDENTE
BATLLE: Mire, pienso que las palabras del señor Vicepresidente y del señor
Ministro han sido muy claras con respecto a la significación de este nuevo
Código. Usted sabe que el Uruguay en el año de 1934 tuvo su primer Código
del Niño, en donde la doctora Sofía Alvarez Demicheli fue una de las
personas que de manera más relevante participó en ese Código. Ella fue
siempre una persona dedicada a este tema, con un gran conocimiento
profesional y una sensibilidad personal muy, muy importante.
Luego, como todas las cosas que el Uruguay hizo, quedaron
como sólidas, como que el tiempo no pasara, y nos costaba mucho
modificarlas. Eso es algo propio de los países que hacen grandes
transformaciones. Al principio de los tiempos en que las transformaciones se
fueron haciendo en el mundo, el Uruguay fue un pionero en casi todas las
cosas. Y fue como una revolución, y al día siguiente las revoluciones se
hacen conservadoras de lo que han cambiado y volver a cambiar las cosas para
el Uruguay le ha resultado siempre muy difícil.
Fíjese, que este Código se discutió durante 10 años.
No es una buena cosa que un Código tenga que discutirse 10 años para poder
sancionarse. Es sí una buena cosa que se haya podido sancionar y que haya
recibido la unanimidad de todos los que participaron en el Parlamento, con
la muy particular participación de algunos legisladores; y acá mi amigo el
"Polilla" García Costa, que sé que fue uno de los más activos
senadores en la consideración del estudio de este Código, como el senador
Correa Freitas lo mismo, y el diputado Barrera. O sea, siempre en el
Parlamento hay legisladores que tienen inclinaciones especiales, vocaciones
especiales, por determinados temas y estos legisladores y estos senadores lo
han mostrado con claridad y con dedicación.
PERIODISTA: Ahora queda aplicarlo, ¿no, Presidente?
PRESIDENTE BATLLE: Como todas las cosas de la vida, queda
hacerlas.
PERIODISTA: Presidente, ¿hay solución en el Correo?
Estuvo reunido con el presidente del Correo ahora.
PRESIDENTE BATLLE: Estuvimos esta mañana, sí, reunidos
con el Presidente del Correo, con el Subsecretario del Ministerio de
Educación, con el Ministro Alfie. Creo que estamos en condiciones de
encaminar una solución que dé la tranquilidad de futuro a todos los
funcionarios, con respecto a las retenciones que se han hecho, las que se
deben del ayer y las que tienen que proseguirse pagando. Por tanto, creo que
la reestructura del Correo, que es algo necesario, será un asunto
posterior; que naturalmente cuando lo impulsemos, antes de tomar las
resoluciones debidas, consultaremos con quién corresponda consultar, con el
sindicato naturalmente esperaremos su punto de vista, y si esto se hace
luego del acto eleccionario, antes de llevarla adelante también
consultaremos con las autoridades que resulten electas, que me parece que es
lo que corresponde.
PERIODISTA: Gracias, Presidente.
PRESIDENTE BATLLE: Muchas gracias.
PALABRAS DEL VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA, LUIS HIERRO LOPEZ
VICEPRESIDENTE
HIERRO: Estimados amigos, deseo compartir con ustedes un sentimiento,
sincero y legítimo, de orgullo institucional que tengo como titular del
Parlamento al haberse aprobado el nuevo Código.
Luego de más de 10 años de trabajos parlamentarios,
intensos pero fecundos.
Desde ya que hubo intentos anteriores, pero este proceso
comenzó en 1995, cuando el Poder Ejecutivo encomendó a un grupo de
expertos técnicos, juristas, presididos por doña Jacinta Balbela de
Delgue, que preparara un anteproyecto de ley de reforma del viejo Código
del Niño.
Y desde entonces se inauguró el proceso de consulta, de
análisis, de estudio del Derecho Comparado, de diagnóstico de la
situación del niño y del adolescente, que quizás haya sido uno de los
procesos más largos que legislación alguna haya podido recordar.
Y durante la legislatura anterior, es decir, la
legislatura que va del año 95 al año 2000, la Cámara de Diputados
desarrolló una formidable tarea. En primer lugar, de consenso político,
para lograr ese casi milagro que es que los legisladores nos pongamos de
acuerdo prácticamente en forma unánime, pero sobre todo de acercamiento
con la sociedad civil, de participación y consulta a sus técnicos y
expertos, de diagnóstico de la situación del Uruguay en esta materia y la
Cámara logró en aquella instancia aprobar en la primera legislatura el
proyecto de Código del Niño.
Lamentablemente, no hubo tiempo para que el Senado de
entonces pudiera darle sanción definitiva, y quedó para esta nueva
Legislatura.
Y fue gracias a la iniciativa de los diputados, lo cual
es bueno que se reconozca desde el Senado, fue gracias a la iniciativa de
los señores diputados, que el Código cobró otra vez actividad
parlamentaria en el año 2000 y se logró otra vez ese milagro de la casi
unanimidad.
En diputados, el Código fue aprobado por una enorme
mayoría y en el Senado sus 224 artículos fueron votados por la unanimidad
de los senadores representantes de todas las bancadas y todos los partidos
políticos, excepto en cuatro artículos que fueron discutidos y que pueden
ser polémicos, y que se refieren precisamente a los aspectos del Derecho
Penal especial para los adolescentes.
Que, digo yo, no es extraño que Uruguay discuta ese
tema, porque si uno aprecia la crónica internacional verá que ese tema es
discutido hoy en las naciones más avanzadas; en Estados Unidos, en
Inglaterra, en Francia, en España, en Italia, el mismo tema del derecho
penal especial para los adolescentes es discutido, es polémico, genera
experiencias, avances, retrocesos. Nada menos que la vieja Gran Bretaña
cambió sus leyes de imputabilidad, fijando un día un límite y luego
retrocediendo y fijando otro, y esto indica claramente que ese tema es
polémico en el mundo, porque la sociedad aborda y asiste a nuevos
fenómenos sociales, culturales y delictivos. Pero, el Senado logró
unanimidad en 220 de los 224 artículos.
Lo cual habla de que éste -en primer lugar, lo digo con
ese orgullo institucional que vengo a expresar- es un gran Código porque
para haber logrado esa unanimidad de todas las bancadas, dispuestas siempre
a enfrentarnos por cuestiones ideológicas, filosóficas o políticas, y
haber logrado esa unanimidad creo que habla del enorme respaldo que este
Código ha tenido en su elaboración, en su votación.
Por lo tanto, una primera apreciación va al más
profundo reconocimiento que tengo, como titular del Senado del Parlamento, a
todos quienes en sus Partidos políticos, en sus bancadas y en sus
representaciones, cooperaron para éste fenomenal esfuerzo institucional que
hace el Uruguay de actualizar aquella vieja legislación de 1934.
En segundo término, como lo ha dicho el señor Ministro
de Educación y Cultura, debo también expresar nuestro reconocimiento a esa
formidable pléyade de técnicos y asesores que nutrieron nuestros
conocimientos legislativos. Sin ellos la tarea no hubiera sido posible.
Personifico en doña Jacinta, pero son muchos de diversas extracciones,
profesiones, técnicas, abordajes, quienes a lo largo de diez años han
estado asesorando al Parlamento.
En un régimen de consulta totalmente abierto, que por
suerte hemos podido mantener, que nos ha permitido indudablemente enriquecer
la tarea legislativa. Sin ellos tampoco hubiera sido posible esta magna
obra. Y creo que esto es del Uruguay todo.
Me correspondió a mí como Presidente del Senado
culminar la etapa. Le correspondió al doctor Batlle promulgar la Ley, pero
no es una Ley de este gobierno ni menos del Partido que hoy ejerce el
gobierno, es una Ley de los uruguayos y creo que tiene la enorme fuerza de
ser una Ley del Uruguay. Quizás, como ninguna otra circunstancia, el
Uruguay completo se puso de acuerdo para pensar en sus niños y creo que
este es el enorme mensaje que hay detrás del Código.
Más allá que los Códigos no son perfectos, no lo
pudieran ser; más allá de que eventualmente se podrá corregir en el
futuro algunos de sus aspectos, algunos de sus artículos; más allá de que
también sabemos que los códigos no siempre pueden aplicarse totalmente
como uno desearía, lo que importa es que detrás del Código hay una
actitud nacional de un país que siente y respeta la causa de los niños. Y
creo que esto es el mensaje más importante que el Uruguay todo da por
encima de banderías, para una causa del futuro.
Un país que tiene naturalmente problemas con sus niños,
sería imposible negar que además la crisis económica tan profunda que el
Uruguay sufrió en el año 2002 a golpeado duramente a este sector tan
sensible de la sociedad.
Creo que tenemos que ver las cosas en su contexto, y sin
darle a este acto solemne y oficial ninguna tonalidad de ningún tipo, debo
decir que ese Uruguay que hoy tiene un problema serio con sus niños, con la
pobreza instalada en ellos, también es el país pionero que a lo largo de
la historia a avanzado en la legislación y en la protección.
También es el país pionero que ha logrado abatir
históricamente la mortalidad infantil del treinta y dos por mil al doce por
mil, ahora ha subido un poco como consecuencia de la crisis.
También es el país pionero que logró universalizar la
matrícula de cuatro y cinco años, primero en América Latina y primero en
el mundo, quizás comparando con Estados Unidos y con Canadá.
También es el país que en el medio de la crisis, y no
es una referencia a la gestión del gobierno actual, sino a la gestión del
país, mantuvo las partidas de alimentación para dar alimentación a
doscientos cincuenta mil niños en etapa escolar. Es notorio que se
recortaron todas las partidas financieras que el país tenía, y es notorio
que hubo dificultades en todos los sectores. Se resolvió, y fue una
resolución colectiva, que las partidas de alimentación para los niños no
se recortaran, se mantuvieran en forma permanente y se actualizaran como
había que actualizarlas. Eso habla de un estado de sensibilidad colectiva
que el Uruguay tiene con estos problemas.
Es el país que ha aumentado ahora las Asignaciones
Familiares con el mismo criterio; es el país que se endeuda en cincuenta
millones de dólares para promover ahora el Programa de Infancia y Familia,
porque esa deuda externa es una deuda bien asumida por un país que piensa
en esas cuestiones.
Ahora tenemos todos, Estado y sociedad, Poder Ejecutivo,
Parlamento, en las cuestiones de controles y de seguimiento, y especialmente
el Poder Judicial, la enorme obligación de aplicar los mandatos del
Código, que son enormemente ambiciosos porque realmente van a requerir de
la Administración -especialmente de los institutos dedicados a los niños y
especialmente del Poder Judicial- una actuación totalmente distinta, que no
será posible que el Estado desarrolle solo por su cuenta, si no cuenta con
la enorme cooperación, la fértil cooperación, de la sociedad civil como
ha contado hasta ahora.
No hay Estado que dé abasto para hacer las cosas si no
cuenta con una sociedad civil vigilante, que demande cuestiones que hay que
demandar, para que el Estado haga después el seguimiento de las políticas
y los programas.
Creo que un Uruguay que conquista estas cuestiones, que
logra una actuación legislativa y técnica de ésta índole a través de
todos sus Partidos, es un país que está preparado para aplicar en forma
adecuada los mandatos del nuevo Código, y que estará preparado en el
futuro para ir superando las observaciones que el Comité de Seguimiento de
la Convención de los Derechos del Niño le ha hecho a Uruguay porque
algunas dificultades ha habido y algunas observaciones hemos tenido, muchas
de las cuales yo entiendo, con toda humildad, aunque mi apreciación ha
resultado polémica, que van a ser levantadas automáticamente con la
consagración del nuevo Código.
Tenemos una gran Ley y tenemos una enorme tarea; para lo
cual, en nombre del Parlamento uruguayo y seguramente en nombre del gobierno
uruguayo, convoco a los uruguayos todos. Muchas gracias.
PALABRAS DEL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA, LEONARDO
GUZMAN
MINISTRO
GUZMÁN: Es con inmensa emoción que nosotros despedimos el Código del
Niño -Eustaquio Tomé en 1934- sobre el que el Uruguay construyó una
enorme elaboración doctrinaria, y damos bienvenida a esta norma que,
publicada en el Diario Oficial, impone directamente no sólo el cambio del
nombre al ex INAME, sino la vigencia -sin vacatio legis, es decir, sin
período en el que no rija el Código- de un conjunto de principios y de un
sistema orgánico que coloca al Uruguay en el contexto internacional al día
con obligaciones que había ido adquiriendo a través de sucesivas
ratificaciones de tratados, convenios, sugerencias, planteamientos,
resoluciones.
Largo ha sido el trámite. Pero este trámite demasiado
largo, sin duda, que nos tiene que llamar la atención sobre las debilidades
de la voluntad, sobre las que tanto deberemos trabajar para tener un país
en que el pensamiento se aplique a la acción y los principios sean una
exigencia perentoria de cada instante y no sólo una declamación vaga; si
largo ha sido el período de trabajo, también largo y fecundo ha sido el
debate que ha precedido la aprobación de este cuerpo normativo.
Obviamente, no es un cuerpo que nazca con la unanimidad,
alegrémonos. Durante muchos años fue tradición, y se enseñó a muchas
generaciones de la Facultad de Derecho, que la codificación sólo era
posible en regímenes dictatoriales; pues bien, hoy tenemos la satisfacción
-en una casa donde se puede decir: ¡Viva la Presidencia! ¡Viva el
Presidente!; O, ¡Abajo el Presidente! y ¡Estoy en contra del Presidente!-
de confirmar que es posible un Código en un país en libertad. Y digo
confirmar porque un excelente antecedente de esta alegría lo dio ya la
ratificación parlamentaria del Código General del Proceso, que rige desde
finales de 1989.
Con estos elementos a la vista no podremos esperar de
este Código aquello que en 1804 esperó Napoleón, que no hubiera doctrina;
dicen que Napoleón cuando le llevaron los primeros comentarios dijo
"la obra está arruinada", porque habría querido normas tan
claras y tan nítidas que dieran por prevista y resuelta toda la vida futura
del país, de Francia, regida por ese código.
No hay tal, incluso ahora cuando se temen la
discrecionalidad de los jueces, cuando se teme la dificultad para subsumir
algunas situaciones en determinadas normas, es natural que se produzcan
disensiones y es natural que haya interpretaciones justificables pero no
unánimes.
Pero si nosotros estamos contentos por poder hacer esto
en democracia, es porque de acá en adelante lo que pasa a mandar no es
exclusivamente un cuerpo normativo, que contiene previsiones distintas de
las que se aplicaron hasta ahora y que afina mucho los conceptos en torno a
los derechos del niño, a los derechos del adolescente, a los derechos del
infractor; los procedimientos aplicables para las situaciones de
infracción, o las situaciones que resulten necesarias medias especiales.
Nosotros a partir de que tenemos estos elementos a la
vista sabemos que la labor no consiste exclusivamente en leer el Código y
aplicar el Código, sino en sentir la sangre que circula por dentro del
Código. El Código, en definitiva, es la materialización de una
axiología, es decir de un conjunto de valores colocados en eje que
prolongan los principios generales del Estado de Derecho. Nuestro Estado de
Derecho se funda, como luminosamente demostró para siempre el querido
catedrático de Derecho Administrativo, de pensamiento totalmente vigente,
Alberto Ramón Real, nuestro Estado de Derecho se funda en el Artículo 72,
en el concepto de que la Constitución misma está precedida por la idea
clara de lo que es la personalidad humana. Dice el Artículo 72, que los
derechos que se innumeran por escrito en los artículos anteriores, no
excluyen los demás derechos que son inherente a la persona humana; dice la
personalidad humana.
Pues bien, todas estas normas que se compendian en el
nuevo Código de la Niñez y la Adolescencia son la prolongación y la
efectivización concreta de ese principio fundamental, que dice: la persona
es incluso anterior a la formulación de las instituciones. Idea liberal,
idea humanista, que debe obligarnos mucho antes y mucho más allá de las
normas de este Código, porque los padres no tienen obligaciones con los
hijos porque lo escriba el Código, o porque lo rescriba un nuevo
legislador; esas obligaciones vienen de la naturaleza, como lo enseñaron
los creyentes durante ciclos a partir de la filosofía aristotélico-tomista
y los no creyentes muy especialmente a partir de la Ilustración. Y así
sucesivamente la generalidad de las reglas del Código están vinculadas a
la generalidad de las normas morales que deben regir al contexto de la
sociedad, que se funda en el culto de la persona humana.
Esto nos lleva de la mano a una conclusión que debe
serenar a los espíritus en el momento de la crítica, porque a este texto
se le ha dirigido la crítica de que puede abrir en exceso un derecho penal
juvenil; pues bien, ese punto queda resuelto si le construimos del sistema
normativo, no solo con lo que dice el Código, sino con los fundamentos
constitucionales y con la axiología que de esos fundamentos derivan, que
obligará a que el Código de aquí en más tenga una articulación natural
con el viejo concepto de jurisdicción voluntaria, por el cual nosotros
sabemos que cuando hay una situación de infracción -así sea grave y así
sea dolorosa- de un adolescente, no hay dos intereses contrapuestos sino uno
solo: el del adolescente en recuperarse y el de la sociedad en que se
recupere. Y si partimos de ese concepto, toda la incómoda contienda
respecto a cómo proceder nunca va a tener el carácter represor, o el
carácter penal, en virtud de que se va a unificar la finalidad del quehacer
de jueces, padres, fiscales, asesores, sicólogos y directores de institutos
administrativos.
Norma especial tiene en el Código la organización de
los institutos que dependen del Poder Ejecutivo; en todo momento el juez
podrá constituirse en los lugares en los que exista menores internados y
cada tres meses deberá visitarlos. Allí están las mejores garantías,
allí están los caminos para que trabajemos juntos en un Estado de Derecho
que, si divide los poderes, es para dar seguridades a cada persona, pero que
si divide los poderes es para que el derecho sea cada vez más un diálogo
que llegue a conclusiones firmes y no un diálogo en el cual se pueda
sostener cualquier cosa y se pueda apuntar a cualquier finalidad bajo la
regla liviana, superficial, trivial, de que total todo vale. No es cierto,
no es total todo vale, porque acá -en estas reglas- lo que está jugándose
es el destino de nuestro país en la persona de los niños, de los
adolescentes, aún ya nacidos o aún no nacidos, y en la persona de cada uno
de los que, conociéndolos o no, han de contribuir a labrar su destino y
nuestro destino todo.
Por esa razón, porque es concreto el sentido de la
norma, aprovechamos este instante para señalar que el Uruguay deberá
recuperar totalmente el sentimiento de que la norma es inmediatamente
imperativa, y que los valores que entran en juego en la norma no son de
aquellos que puedan discutirse como tecnicalidades jurídicas, sino que
tienen que vivirse por dentro como la definición misma de nuestro modo de
estar sobre la tierra.
A todos quienes trabajaron para este Código, a quienes
se preocuparon, a quienes estuvieron en distintas etapas a favor o en contra
de tal o cual regla, a quienes a lo largo de períodos sucesivos de
legislaturas estuvieron trabajando muy especialmente en la Cámara de
Diputados, nuestro mayor reconocimiento. Y a quienes hayan de aplicarlo, los
votos de que en todo momento estemos guiados por la vieja regla Kantiana:
"El cielo estrellado sobre nuestras cabezas y la ley moral en el fondo
de nuestro corazón".
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