15/09/04

CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA

El Presidente Batlle destacó la dedicación de los legisladores en la consideración del nuevo Código de la Niñez y la Adolescencia, aunque dijo que no es buena cosa que un código tenga que discutirse 10 años para ser sancionado.

En el acto de presentación de la ley que promueve dicho cuerpo normativo, realizado en el Salón de Actos del Edificio Libertad, además del Primer Mandatario estuvieron presentes el Vicepresidente de la República, Luis Hierro López, el Secretario de la Presidencia, Raúl Lago, el Ministro de Educación y Cultura, Leonardo Guzmán, el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Leslie Van Rompaey, el presidente del Instituto Nacional del Menor, así como también otras autoridades nacionales y legisladores.

CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA

El país tiene una prolongada tradición en materia de atención a los problemas de la niñez y de la adolescencia, adaptada y emergente a las distintas épocas históricas.

En un bosquejo muy rápido puede aludirse desde la época colonial y los primeros años de la naciente República, a la atención de los "menores expósitos" y de las "viudas y huérfanos", tarea habitualmente a cargo de entidades religiosas y asistida con los escasos recursos disponibles en la época.

Algunos antecedentes

Con el paso del tiempo, y el aumento de la complejidad de los problemas, fueron surgiendo nuevas instituciones como el Consejo de Protección de Menores, luego Patronato de Delincuentes y Menores, el Asilo "Dámaso Antonio Larrañaga" y la Colonia Educacional de Suárez, por mencionar solamente a algunas.

El Código Civil, vigente desde 1868, incorporó importantes capítulos con normas sobre estado civil, familias y menores.

Dos factores merecen ser subrayados: el primero es que la preocupación por el niño y el adolescente fue una constante a lo largo del tiempo. El segundo es que la acumulación de realizaciones en ese terreno terminaron por crear la necesidad de sistematizar el criterio asistencial con el fin de lograr un esquema ordenado e institucionalizado de protección al menor y adolescente.

En esta etapa se destaca la sanción –en abril de 1934- del Código del Niño. Se creó un transitorio Ministerio de Protección a la Infancia para conducir el proceso de elaboración y aprobación del Código y la puesta en funciones del Consejo del Niño. Paralelamente, adquirieron rango Constitucional disposiciones relativas a la protección de la familia, al deber y derecho de los padres de cuidar y educar a sus hijos, y –entre otras medidas similares- la que determina que la Ley dispondrá las medidas necesarias para que la infancia y la juventud sean protegidas contra el abandono corporal, intelectual o moral de sus padres o tutores, así como contra la explotación y el abuso.

Naciones Unidas y OEA

Posteriormente, y fundamentalmente luego de la creación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y otros organismos internacionales como la Organización de Estados Americanos (OEA), se fueron buscando consensos para delinear políticas globales o regionales sobre objetivos que la comunidad internacional reconoce como inherentes a la condición humana.

Uruguay fue dando su aprobación, mediante el procedimiento constitucional previsto de ratificación de tratados, a estos instrumentos internacionales.

Del sistema que orbita alrededor de las Naciones Unidas surgieron, por ejemplo, la enumeración de los Derechos del Niño; la Convención sobre los Derechos el Niño; el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos el Niño relativo a la Participación de Niños en Conflictos Armados y el Protocolo Facultativo relativo a la venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía.

Del sistema interamericano en torno a la OEA, y en lo que atañe específicamente a la minoridad, surgieron las Convenciones Interamericanas sobre Tráfico Internacional de Menores; sobre Conflictos en Materia de Adopción de Menores; sobre Restitución Internacional de Menores y sobre obligaciones Alimentarias.

Es significativo y de destacar el papel cumplido a lo largo del tiempo a favor de la minoridad por UNICEF –Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia- y IIN –Instituto Interamericano del Niño- de la OEA.

Es así como se llega al nuevo Código de la Niñez y Adolescencia, por el cual la sociedad uruguaya se dota a sí misma de regulaciones en la materia que, por un lado se condicen con la tradición histórica en la materia y por otro –respondiendo a formulaciones modernas- resultan instrumentos eficaces para brindar una mejor atención a los numerosos temas que plantea la amplia problemática de la minoridad con dificultades en nuestro país.

DECLARACIONES A LA PRENSA DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, JORGE BATLLE, LUEGO DE LA PRESENTACIÓN DE LA LEY QUE PROMUEVE EL CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
15/09/2004

PERIODISTA: Presidente, ¿qué destaca de este acto que se acaba de cumplir aquí en el Edificio Libertad?

PRESIDENTE BATLLE: Mire, pienso que las palabras del señor Vicepresidente y del señor Ministro han sido muy claras con respecto a la significación de este nuevo Código. Usted sabe que el Uruguay en el año de 1934 tuvo su primer Código del Niño, en donde la doctora Sofía Alvarez Demicheli fue una de las personas que de manera más relevante participó en ese Código. Ella fue siempre una persona dedicada a este tema, con un gran conocimiento profesional y una sensibilidad personal muy, muy importante.

Luego, como todas las cosas que el Uruguay hizo, quedaron como sólidas, como que el tiempo no pasara, y nos costaba mucho modificarlas. Eso es algo propio de los países que hacen grandes transformaciones. Al principio de los tiempos en que las transformaciones se fueron haciendo en el mundo, el Uruguay fue un pionero en casi todas las cosas. Y fue como una revolución, y al día siguiente las revoluciones se hacen conservadoras de lo que han cambiado y volver a cambiar las cosas para el Uruguay le ha resultado siempre muy difícil.

Fíjese, que este Código se discutió durante 10 años. No es una buena cosa que un Código tenga que discutirse 10 años para poder sancionarse. Es sí una buena cosa que se haya podido sancionar y que haya recibido la unanimidad de todos los que participaron en el Parlamento, con la muy particular participación de algunos legisladores; y acá mi amigo el "Polilla" García Costa, que sé que fue uno de los más activos senadores en la consideración del estudio de este Código, como el senador Correa Freitas lo mismo, y el diputado Barrera. O sea, siempre en el Parlamento hay legisladores que tienen inclinaciones especiales, vocaciones especiales, por determinados temas y estos legisladores y estos senadores lo han mostrado con claridad y con dedicación.

PERIODISTA: Ahora queda aplicarlo, ¿no, Presidente?

PRESIDENTE BATLLE: Como todas las cosas de la vida, queda hacerlas.

PERIODISTA: Presidente, ¿hay solución en el Correo? Estuvo reunido con el presidente del Correo ahora.

PRESIDENTE BATLLE: Estuvimos esta mañana, sí, reunidos con el Presidente del Correo, con el Subsecretario del Ministerio de Educación, con el Ministro Alfie. Creo que estamos en condiciones de encaminar una solución que dé la tranquilidad de futuro a todos los funcionarios, con respecto a las retenciones que se han hecho, las que se deben del ayer y las que tienen que proseguirse pagando. Por tanto, creo que la reestructura del Correo, que es algo necesario, será un asunto posterior; que naturalmente cuando lo impulsemos, antes de tomar las resoluciones debidas, consultaremos con quién corresponda consultar, con el sindicato naturalmente esperaremos su punto de vista, y si esto se hace luego del acto eleccionario, antes de llevarla adelante también consultaremos con las autoridades que resulten electas, que me parece que es lo que corresponde.

PERIODISTA: Gracias, Presidente.

PRESIDENTE BATLLE: Muchas gracias.

PALABRAS DEL VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA, LUIS HIERRO LOPEZ

VICEPRESIDENTE HIERRO: Estimados amigos, deseo compartir con ustedes un sentimiento, sincero y legítimo, de orgullo institucional que tengo como titular del Parlamento al haberse aprobado el nuevo Código.

Luego de más de 10 años de trabajos parlamentarios, intensos pero fecundos.

Desde ya que hubo intentos anteriores, pero este proceso comenzó en 1995, cuando el Poder Ejecutivo encomendó a un grupo de expertos técnicos, juristas, presididos por doña Jacinta Balbela de Delgue, que preparara un anteproyecto de ley de reforma del viejo Código del Niño.

Y desde entonces se inauguró el proceso de consulta, de análisis, de estudio del Derecho Comparado, de diagnóstico de la situación del niño y del adolescente, que quizás haya sido uno de los procesos más largos que legislación alguna haya podido recordar.

Y durante la legislatura anterior, es decir, la legislatura que va del año 95 al año 2000, la Cámara de Diputados desarrolló una formidable tarea. En primer lugar, de consenso político, para lograr ese casi milagro que es que los legisladores nos pongamos de acuerdo prácticamente en forma unánime, pero sobre todo de acercamiento con la sociedad civil, de participación y consulta a sus técnicos y expertos, de diagnóstico de la situación del Uruguay en esta materia y la Cámara logró en aquella instancia aprobar en la primera legislatura el proyecto de Código del Niño.

Lamentablemente, no hubo tiempo para que el Senado de entonces pudiera darle sanción definitiva, y quedó para esta nueva Legislatura.

Y fue gracias a la iniciativa de los diputados, lo cual es bueno que se reconozca desde el Senado, fue gracias a la iniciativa de los señores diputados, que el Código cobró otra vez actividad parlamentaria en el año 2000 y se logró otra vez ese milagro de la casi unanimidad.

En diputados, el Código fue aprobado por una enorme mayoría y en el Senado sus 224 artículos fueron votados por la unanimidad de los senadores representantes de todas las bancadas y todos los partidos políticos, excepto en cuatro artículos que fueron discutidos y que pueden ser polémicos, y que se refieren precisamente a los aspectos del Derecho Penal especial para los adolescentes.

Que, digo yo, no es extraño que Uruguay discuta ese tema, porque si uno aprecia la crónica internacional verá que ese tema es discutido hoy en las naciones más avanzadas; en Estados Unidos, en Inglaterra, en Francia, en España, en Italia, el mismo tema del derecho penal especial para los adolescentes es discutido, es polémico, genera experiencias, avances, retrocesos. Nada menos que la vieja Gran Bretaña cambió sus leyes de imputabilidad, fijando un día un límite y luego retrocediendo y fijando otro, y esto indica claramente que ese tema es polémico en el mundo, porque la sociedad aborda y asiste a nuevos fenómenos sociales, culturales y delictivos. Pero, el Senado logró unanimidad en 220 de los 224 artículos.

Lo cual habla de que éste -en primer lugar, lo digo con ese orgullo institucional que vengo a expresar- es un gran Código porque para haber logrado esa unanimidad de todas las bancadas, dispuestas siempre a enfrentarnos por cuestiones ideológicas, filosóficas o políticas, y haber logrado esa unanimidad creo que habla del enorme respaldo que este Código ha tenido en su elaboración, en su votación.

Por lo tanto, una primera apreciación va al más profundo reconocimiento que tengo, como titular del Senado del Parlamento, a todos quienes en sus Partidos políticos, en sus bancadas y en sus representaciones, cooperaron para éste fenomenal esfuerzo institucional que hace el Uruguay de actualizar aquella vieja legislación de 1934.

En segundo término, como lo ha dicho el señor Ministro de Educación y Cultura, debo también expresar nuestro reconocimiento a esa formidable pléyade de técnicos y asesores que nutrieron nuestros conocimientos legislativos. Sin ellos la tarea no hubiera sido posible. Personifico en doña Jacinta, pero son muchos de diversas extracciones, profesiones, técnicas, abordajes, quienes a lo largo de diez años han estado asesorando al Parlamento.

En un régimen de consulta totalmente abierto, que por suerte hemos podido mantener, que nos ha permitido indudablemente enriquecer la tarea legislativa. Sin ellos tampoco hubiera sido posible esta magna obra. Y creo que esto es del Uruguay todo.

Me correspondió a mí como Presidente del Senado culminar la etapa. Le correspondió al doctor Batlle promulgar la Ley, pero no es una Ley de este gobierno ni menos del Partido que hoy ejerce el gobierno, es una Ley de los uruguayos y creo que tiene la enorme fuerza de ser una Ley del Uruguay. Quizás, como ninguna otra circunstancia, el Uruguay completo se puso de acuerdo para pensar en sus niños y creo que este es el enorme mensaje que hay detrás del Código.

Más allá que los Códigos no son perfectos, no lo pudieran ser; más allá de que eventualmente se podrá corregir en el futuro algunos de sus aspectos, algunos de sus artículos; más allá de que también sabemos que los códigos no siempre pueden aplicarse totalmente como uno desearía, lo que importa es que detrás del Código hay una actitud nacional de un país que siente y respeta la causa de los niños. Y creo que esto es el mensaje más importante que el Uruguay todo da por encima de banderías, para una causa del futuro.

Un país que tiene naturalmente problemas con sus niños, sería imposible negar que además la crisis económica tan profunda que el Uruguay sufrió en el año 2002 a golpeado duramente a este sector tan sensible de la sociedad.

Creo que tenemos que ver las cosas en su contexto, y sin darle a este acto solemne y oficial ninguna tonalidad de ningún tipo, debo decir que ese Uruguay que hoy tiene un problema serio con sus niños, con la pobreza instalada en ellos, también es el país pionero que a lo largo de la historia a avanzado en la legislación y en la protección.

También es el país pionero que ha logrado abatir históricamente la mortalidad infantil del treinta y dos por mil al doce por mil, ahora ha subido un poco como consecuencia de la crisis.

También es el país pionero que logró universalizar la matrícula de cuatro y cinco años, primero en América Latina y primero en el mundo, quizás comparando con Estados Unidos y con Canadá.

También es el país que en el medio de la crisis, y no es una referencia a la gestión del gobierno actual, sino a la gestión del país, mantuvo las partidas de alimentación para dar alimentación a doscientos cincuenta mil niños en etapa escolar. Es notorio que se recortaron todas las partidas financieras que el país tenía, y es notorio que hubo dificultades en todos los sectores. Se resolvió, y fue una resolución colectiva, que las partidas de alimentación para los niños no se recortaran, se mantuvieran en forma permanente y se actualizaran como había que actualizarlas. Eso habla de un estado de sensibilidad colectiva que el Uruguay tiene con estos problemas.

Es el país que ha aumentado ahora las Asignaciones Familiares con el mismo criterio; es el país que se endeuda en cincuenta millones de dólares para promover ahora el Programa de Infancia y Familia, porque esa deuda externa es una deuda bien asumida por un país que piensa en esas cuestiones.

Ahora tenemos todos, Estado y sociedad, Poder Ejecutivo, Parlamento, en las cuestiones de controles y de seguimiento, y especialmente el Poder Judicial, la enorme obligación de aplicar los mandatos del Código, que son enormemente ambiciosos porque realmente van a requerir de la Administración -especialmente de los institutos dedicados a los niños y especialmente del Poder Judicial- una actuación totalmente distinta, que no será posible que el Estado desarrolle solo por su cuenta, si no cuenta con la enorme cooperación, la fértil cooperación, de la sociedad civil como ha contado hasta ahora.

No hay Estado que dé abasto para hacer las cosas si no cuenta con una sociedad civil vigilante, que demande cuestiones que hay que demandar, para que el Estado haga después el seguimiento de las políticas y los programas.

Creo que un Uruguay que conquista estas cuestiones, que logra una actuación legislativa y técnica de ésta índole a través de todos sus Partidos, es un país que está preparado para aplicar en forma adecuada los mandatos del nuevo Código, y que estará preparado en el futuro para ir superando las observaciones que el Comité de Seguimiento de la Convención de los Derechos del Niño le ha hecho a Uruguay porque algunas dificultades ha habido y algunas observaciones hemos tenido, muchas de las cuales yo entiendo, con toda humildad, aunque mi apreciación ha resultado polémica, que van a ser levantadas automáticamente con la consagración del nuevo Código.

Tenemos una gran Ley y tenemos una enorme tarea; para lo cual, en nombre del Parlamento uruguayo y seguramente en nombre del gobierno uruguayo, convoco a los uruguayos todos. Muchas gracias.

PALABRAS DEL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA, LEONARDO GUZMAN

MINISTRO GUZMÁN: Es con inmensa emoción que nosotros despedimos el Código del Niño -Eustaquio Tomé en 1934- sobre el que el Uruguay construyó una enorme elaboración doctrinaria, y damos bienvenida a esta norma que, publicada en el Diario Oficial, impone directamente no sólo el cambio del nombre al ex INAME, sino la vigencia -sin vacatio legis, es decir, sin período en el que no rija el Código- de un conjunto de principios y de un sistema orgánico que coloca al Uruguay en el contexto internacional al día con obligaciones que había ido adquiriendo a través de sucesivas ratificaciones de tratados, convenios, sugerencias, planteamientos, resoluciones.

Largo ha sido el trámite. Pero este trámite demasiado largo, sin duda, que nos tiene que llamar la atención sobre las debilidades de la voluntad, sobre las que tanto deberemos trabajar para tener un país en que el pensamiento se aplique a la acción y los principios sean una exigencia perentoria de cada instante y no sólo una declamación vaga; si largo ha sido el período de trabajo, también largo y fecundo ha sido el debate que ha precedido la aprobación de este cuerpo normativo.

Obviamente, no es un cuerpo que nazca con la unanimidad, alegrémonos. Durante muchos años fue tradición, y se enseñó a muchas generaciones de la Facultad de Derecho, que la codificación sólo era posible en regímenes dictatoriales; pues bien, hoy tenemos la satisfacción -en una casa donde se puede decir: ¡Viva la Presidencia! ¡Viva el Presidente!; O, ¡Abajo el Presidente! y ¡Estoy en contra del Presidente!- de confirmar que es posible un Código en un país en libertad. Y digo confirmar porque un excelente antecedente de esta alegría lo dio ya la ratificación parlamentaria del Código General del Proceso, que rige desde finales de 1989.

Con estos elementos a la vista no podremos esperar de este Código aquello que en 1804 esperó Napoleón, que no hubiera doctrina; dicen que Napoleón cuando le llevaron los primeros comentarios dijo "la obra está arruinada", porque habría querido normas tan claras y tan nítidas que dieran por prevista y resuelta toda la vida futura del país, de Francia, regida por ese código.

No hay tal, incluso ahora cuando se temen la discrecionalidad de los jueces, cuando se teme la dificultad para subsumir algunas situaciones en determinadas normas, es natural que se produzcan disensiones y es natural que haya interpretaciones justificables pero no unánimes.

Pero si nosotros estamos contentos por poder hacer esto en democracia, es porque de acá en adelante lo que pasa a mandar no es exclusivamente un cuerpo normativo, que contiene previsiones distintas de las que se aplicaron hasta ahora y que afina mucho los conceptos en torno a los derechos del niño, a los derechos del adolescente, a los derechos del infractor; los procedimientos aplicables para las situaciones de infracción, o las situaciones que resulten necesarias medias especiales.

Nosotros a partir de que tenemos estos elementos a la vista sabemos que la labor no consiste exclusivamente en leer el Código y aplicar el Código, sino en sentir la sangre que circula por dentro del Código. El Código, en definitiva, es la materialización de una axiología, es decir de un conjunto de valores colocados en eje que prolongan los principios generales del Estado de Derecho. Nuestro Estado de Derecho se funda, como luminosamente demostró para siempre el querido catedrático de Derecho Administrativo, de pensamiento totalmente vigente, Alberto Ramón Real, nuestro Estado de Derecho se funda en el Artículo 72, en el concepto de que la Constitución misma está precedida por la idea clara de lo que es la personalidad humana. Dice el Artículo 72, que los derechos que se innumeran por escrito en los artículos anteriores, no excluyen los demás derechos que son inherente a la persona humana; dice la personalidad humana.

Pues bien, todas estas normas que se compendian en el nuevo Código de la Niñez y la Adolescencia son la prolongación y la efectivización concreta de ese principio fundamental, que dice: la persona es incluso anterior a la formulación de las instituciones. Idea liberal, idea humanista, que debe obligarnos mucho antes y mucho más allá de las normas de este Código, porque los padres no tienen obligaciones con los hijos porque lo escriba el Código, o porque lo rescriba un nuevo legislador; esas obligaciones vienen de la naturaleza, como lo enseñaron los creyentes durante ciclos a partir de la filosofía aristotélico-tomista y los no creyentes muy especialmente a partir de la Ilustración. Y así sucesivamente la generalidad de las reglas del Código están vinculadas a la generalidad de las normas morales que deben regir al contexto de la sociedad, que se funda en el culto de la persona humana.

Esto nos lleva de la mano a una conclusión que debe serenar a los espíritus en el momento de la crítica, porque a este texto se le ha dirigido la crítica de que puede abrir en exceso un derecho penal juvenil; pues bien, ese punto queda resuelto si le construimos del sistema normativo, no solo con lo que dice el Código, sino con los fundamentos constitucionales y con la axiología que de esos fundamentos derivan, que obligará a que el Código de aquí en más tenga una articulación natural con el viejo concepto de jurisdicción voluntaria, por el cual nosotros sabemos que cuando hay una situación de infracción -así sea grave y así sea dolorosa- de un adolescente, no hay dos intereses contrapuestos sino uno solo: el del adolescente en recuperarse y el de la sociedad en que se recupere. Y si partimos de ese concepto, toda la incómoda contienda respecto a cómo proceder nunca va a tener el carácter represor, o el carácter penal, en virtud de que se va a unificar la finalidad del quehacer de jueces, padres, fiscales, asesores, sicólogos y directores de institutos administrativos.

Norma especial tiene en el Código la organización de los institutos que dependen del Poder Ejecutivo; en todo momento el juez podrá constituirse en los lugares en los que exista menores internados y cada tres meses deberá visitarlos. Allí están las mejores garantías, allí están los caminos para que trabajemos juntos en un Estado de Derecho que, si divide los poderes, es para dar seguridades a cada persona, pero que si divide los poderes es para que el derecho sea cada vez más un diálogo que llegue a conclusiones firmes y no un diálogo en el cual se pueda sostener cualquier cosa y se pueda apuntar a cualquier finalidad bajo la regla liviana, superficial, trivial, de que total todo vale. No es cierto, no es total todo vale, porque acá -en estas reglas- lo que está jugándose es el destino de nuestro país en la persona de los niños, de los adolescentes, aún ya nacidos o aún no nacidos, y en la persona de cada uno de los que, conociéndolos o no, han de contribuir a labrar su destino y nuestro destino todo.

Por esa razón, porque es concreto el sentido de la norma, aprovechamos este instante para señalar que el Uruguay deberá recuperar totalmente el sentimiento de que la norma es inmediatamente imperativa, y que los valores que entran en juego en la norma no son de aquellos que puedan discutirse como tecnicalidades jurídicas, sino que tienen que vivirse por dentro como la definición misma de nuestro modo de estar sobre la tierra.

A todos quienes trabajaron para este Código, a quienes se preocuparon, a quienes estuvieron en distintas etapas a favor o en contra de tal o cual regla, a quienes a lo largo de períodos sucesivos de legislaturas estuvieron trabajando muy especialmente en la Cámara de Diputados, nuestro mayor reconocimiento. Y a quienes hayan de aplicarlo, los votos de que en todo momento estemos guiados por la vieja regla Kantiana: "El cielo estrellado sobre nuestras cabezas y la ley moral en el fondo de nuestro corazón".