9/05/02    

03/05/02-DÍA DE LA ANTÁRTIDA URUGUAYA

SEÑOR PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL

DON LUIS HIERRO LOPEZ.-

El Poder Ejecutivo cumple en remitir a su consideración, conforme a lo establecido en el numeral 7 del artículo 168 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el adjunto Proyecto de Ley, por el cual se sustituye el artículo 1ro de la Ley 15.918 de fecha 10 de diciembre de 1987.-

Por el artículo mencionado, se estableció el «Día de la Antártida Uruguaya», a celebrarse el 7 de octubre de cada año-

El Instituto Antártico Uruguayo informa que el 7 de octubre de 1985, nuestro país ingresó como Miembro Pleno al Tratado Antártico, adquiriendo de esta forma el status de Miembro Consultivo, con voz y voto, en la toma de decisiones en todos aquellos temas referentes a las actividades desarrolladas en el área antártica, marcando un hito histórico para nuestra República.-

De acuerdo a lo establecido en el Tratado Antártico, la mencionada conmemoración puede conducir a interpretaciones erróneas por parte de la comunidad internacional, no siendo el espíritu de la misma ni de nuestro país, establecer vínculos que puedan interpretarse como un reclamo territorial o de soberanía.-

Por los fundamentos expuestos, se solicita la atención de ese Cuerpo al adjunto Proyecto de Ley, cuya aprobación se encarece.-

El Poder Ejecutivo saluda al señor Presidente de la Asamblea General, con la mayor consideración.-

 

PROYECTO DE LEY

ARTÍCULO ÚNICO.- Sustitúyese el artículo 1ro de la Ley 15,918 de fecha 10 de diciembre de 1987, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

«Artículo 1ro.- Establécese el «Día de la Antártida», que se celebrará el 7 de octubre de cada año»,-