9/05/02
03/05/02-DÍA
DE LA ANTÁRTIDA URUGUAYA
SEÑOR
PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL
DON
LUIS HIERRO LOPEZ.-
El Poder Ejecutivo
cumple en remitir a su consideración, conforme a lo establecido en el
numeral 7 del artículo 168 de la Constitución de la República, a fin de
someter a su consideración el adjunto Proyecto de Ley, por el cual se
sustituye el artículo 1ro de la Ley 15.918 de fecha 10 de diciembre de
1987.-
Por
el artículo mencionado, se estableció el «Día de la Antártida
Uruguaya», a celebrarse el 7 de octubre de cada año-
El
Instituto Antártico Uruguayo informa que el 7 de octubre de 1985, nuestro
país ingresó como Miembro Pleno al Tratado Antártico, adquiriendo de
esta forma el status de Miembro Consultivo, con voz y voto, en la toma de
decisiones en todos aquellos temas referentes a las actividades
desarrolladas en el área antártica, marcando un hito histórico para
nuestra República.-
De
acuerdo a lo establecido en el Tratado Antártico, la mencionada
conmemoración puede conducir a interpretaciones erróneas por parte de la
comunidad internacional, no siendo el espíritu de la misma ni de nuestro
país, establecer vínculos que puedan interpretarse como un reclamo
territorial o de soberanía.-
Por
los fundamentos expuestos, se solicita la atención de ese Cuerpo al
adjunto Proyecto de Ley, cuya aprobación se encarece.-
El
Poder Ejecutivo saluda al señor Presidente de la Asamblea General, con la
mayor consideración.-
PROYECTO
DE LEY
ARTÍCULO
ÚNICO.- Sustitúyese el artículo 1ro de la Ley 15,918 de fecha 10 de
diciembre de 1987, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
«Artículo
1ro.- Establécese el «Día de la Antártida», que se celebrará el 7 de
octubre de cada año»,-
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