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       25/06/02
      
       
      25/06/02 -
      AUTORIZACIÓN PARA PARTICIPAR DE OPERACIÓN DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ DE
      LA ONU EN LA REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO
      
       
       
      MENSAJE 
      
      
      SEÑOR
      PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL.- 
      
       
      DON
      LUIS HIERRO LÓPEZ.- 
      
       
      El
      Poder Ejecutivo cumple en remitir el presente Proyecto de Ley, a efectos
      que ese Cuerpo conceda la autorización establecida en el numeral 12 del
      artículo 85 de la Constitución de la República, para que un contingente
      militar integrado por hasta 100 (cien) efectivos, identificado como
      "Compañía de Patrulla Fluvial", participe en la Operación de
      Mantenimiento de la Paz de la Organización de las Naciones Unidas en la
      República Democrática del Congo, a partir del 1ro. de setiembre de
      2002.- 
      
       
      Por
      la Ley 17.299 de 16 de marzo de 2001, se autorizó la salida del país de
      efectivos de nuestras Fuerzas Armadas, a fin de participar en la
      Operación precitada, a partir del 8 de marzo de 2001 y por un período de
      hasta nueve meses, previéndose su relevo antes de la mencionada fecha.- 
      
       
      La
      Ley 17.360 de 25 de junio de 2001, autorizó la salida del país de dos
      Oficiales de la Armada Nacional, a efectos de integrarse al Contingente
      autorizado.- 
      
       
      Posteriormente, por la
      Ley 17.405 de 23 de octubre de 2001, se incorporó una serie de sub
      unidades del Comando General del Ejército incrementándose los efectivos
      en un total de 22 Personal Superior y 338 Personal Subalterno.- 
      La
      Ley 17426 de 29 de noviembre de 2001 amplió hasta un máximo de 200
      hombres el Personal que integra la Compañía Fluvial de la Armada
      Nacional que participa en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la
      Organización de las Naciones Unidas en la República Democrática del
      Congo.- 
      
       
      Finalmente
      por la Ley 17434 de 14 de diciembre de 2001, se volvió a ampliar la
      participación de efectivos del Ejército Nacional, 425 Personal
      Subalterno y 22 Personal Superior, en la Operación de Mantenimiento de la
      Paz de la organización de las Naciones Unidas en la República
      Democrática del Congo.- 
      
       
      Debe
      tenerse presente que a partir del Acuerdo de Lusaka de 1999, se determinó
      que era prioritaria la consolidación de la paz y reactivación económica
      de la República Democrática del Congo, país que se encontraba
      prácticamente en ruinas. Con el aporte de las tropas de Naciones Unidas,
      el diálogo intercongolés ha ido evolucionando y se llegó así a la
      reunión de Sun City de principios del corriente año.- 
      
       
      En
      este sentido se ha destacado en Naciones Unidas, la participación de la
      actual Unidad Naval de Uruguay, dándose el primer paso para la reapertura
      y vigilancia del sistema fluvial, que constituye la principal y
      virtualmente única arteria de comunicación para los desplazamientos en
      el extenso territorio de dicho país.- 
      
       
       PROYECTO
      DE LEY 
      ARTÍCULO
      ÚNICO.- Autorizase la salida del país de un contingente militar al
      mando del Comando General de la Armada, integrado por hasta 100 (cien)
      efectivos, identificado como "Compañía de Patrulla Fluvial”, a
      efectos de participar en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la
      Organización de las Naciones , Unidas en la República Democrática del
      Congo, a partir del 1ro. de setiembre de 2002, por un período máximo de
      un año por cada integrante, previéndose relevos totales o parciales en
      el lapso comprendido entre los seis y los nueve meses.- 
      
       
      Luis
      Brezzo.- Daniel Borrelli.- Didier Opertti.- 
        
       
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