27/12/02
24/12/02 –
AUTORIZACIÓN PARA SALIR DEL PAÍS A LA UNIDAD DE APOYO AEROMÉDICO
SEÑOR
PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL .-
El
Poder Ejecutivo cumple en remitir a su consideración el presente Proyecto
de Ley acorde a lo dispuesto por el artículo 104 y el numeral 7 del
artículo 168 de la Constitución de la República, a efectos que ese
Cuerpo conceda la autorización a que refiere el numeral 12 del artículo
85 de la mencionada Constitución.
En
efecto, el Comando General de la Fuerza Aérea gestiona la autorización
de salida del país de una "Unidad de Apoyo Aeromédico"
integrada por hasta 50 (cincuenta) efectivos de Personal Superior y
Subalterno y de hasta 2 (dos) helicópteros Bell -212 con sus soportes
logísticos correspondientes, a fin de participar con un Contingente en la
Misión UNMEE {Etiopía Eritrea), en el marco de las Operaciones de
Mantenimiento para la Paz llevadas a cabo por la Organización de las
Naciones Unidas.
Dicha
autorización se conferiría a partir del 6 de enero de 2003 y por un
plazo máximo de 1 año por cada integrante, previéndose relevos totales
o parciales en el lapso
comprendido entre los 6 y 9 meses. La presente gestión se fundamenta en
la solicitud de la Organización de las Naciones Unidas, a través de la
Misión Permanente de la República ante dicho Organismo, a fin de que
nuestro país contribuya con un Contingente, a la Misión de Mantenimiento
de la Paz referida anteriormente.
Dicha
contribución consistiría en una Sección de helicópteros con su
Tripulación y Logística asociadas, para cumplir misiones de AMED
(Evacuaciones Aeromédicas).
Por
lo expuesto, se solicita la atención de ese Cuerpo al Proyecto de Ley que
se acompaña y cuya aprobación se encarece.
Saluda
al señor Presidente de la Asamblea General con la mayor consideración.
PROYECTO
DE LEY
ARTICULO ÚNICO.- Autorízase
la salida del país de una "Unidad de Apoyo Aeromédico"
perteneciente a la Fuerza Aérea Uruguaya, integrada por hasta 50
(cincuenta) efectivos de Personal Superior y Subalterno y de hasta 2 (dos)
helicópteros Bell -212, con sus soportes logísticos correspondientes, a
efectos de participar en Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la
Organización de las Naciones Unidas, en la Misión UNMEE (Etiopía-
Eritrea) a partir del 6 de enero de 2003 y por un período de hasta 1 (un)
año por cada integrante, previéndose relevos totales o parciales en el
lapso comprendido entre los 6 (seis) y 9 (nueve) meses.
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