11/08/03      

11/08/03 – PRÓRROGA DEL RÉGIMEN DE CANCELACIÓN DE DEUDAS CON EL B.P.S., RESPECTO DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE ROCHA.

Señor Presidente de la

Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de remitir a ese Cuerpo el adjunto Proyecto de Ley, referido a la prórroga del régimen de cancelación de deudas con el Banco de Previsión Social, respecto de la Intendencia Municipal de Rocha.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley N° 17.249, de 10 de agosto de 2000, estableció para algunos Gobiernos Departamentales un régimen de reperfilamiento de sus adeudos con el Banco de Previsión Social, con el fin de atender la situación de excepción por la que atravesaban.

A la fecha, el Departamento de Rocha, que se encontraba incluido en la referida disposición legal, no ha logrado superar las dificultades que dieron lugar a la medida antes referida, por lo que se promueve la extensión de dicho régimen a los adeudos generados al 31 de julio de 2003.

Tal extensión representará un esfuerzo para el Estado Central que, estimamos, debe ser acompañado de un amplio y profundo ordenamiento de las finanzas del citado Municipio.

Saluda al Sr. Presidente con la mayor consideración.

 

PROYECTO DE LEY

ARTÍCULO 1º.- Extiéndese hasta el 31 de julio de 2003 el período cubierto por el régimen previsto por el artículo 1º de la Ley N° 17.249, de 10 de agosto de 2000, para las sumas adeudadas por la Intendencia Municipal de Rocha.

ARTÍCULO 2º.- Los recursos liberados por la aplicación de lo dispuesto en el artículo precedente, serán exclusivamente afectados al pago de salarios de los funcionarios de la Intendencia Municipal de Rocha.