18/12/03    

18/12/03 – MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO SUSCRITO ENTRE LOS GOBIERNOS DE URUGUAY E ITALIA PARA LA CONCESIÓN DE UN CRÉDITO DE AYUDA PARA EL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO.


Sr. Presidente de la Asamblea General.

El Poder Ejecutivo tiene el honor de remitir a ese Cuerpo el adjunto Proyecto de Ley referente al Memorándum de Entendimiento suscrito entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Italiana, en relación a la concesión de un crédito de ayuda para el Sistema Sanitario Público.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A comienzos del año 2003 se iniciaron por parte del Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Salud Pública de nuestro país conversaciones formales con autoridades del Gobierno de la República Italiana, con el fin de obtener un crédito de ayuda en apoyo del Sistema Sanitario Público.

Como consecuencia de estas negociaciones, se acordó con las autoridades italianas la concesión de una Línea de Crédito de 15:000.000,oo (euros quince millones), para financiar la adquisición de bienes y servicios de origen local y regional hasta en un 50% y de origen italiano por el porcentaje restante.

El referido Memorándum de Entendimiento fue suscrito en Montevideo, el 24 de noviembre de 2003, estipulándose que los beneficiarios del Programa serán los usuarios del Sistema Sanitario Público y que los contratos comerciales celebrados en el marco del mismo deberán prever la entrega del equipamiento directamente a los centros hospitalarios departamentales del sistema.

Los términos y condiciones financieras de la Línea de Crédito serán definidos por el Ministerio de Economía y Finanzas de nuestra República y el banco italiano " Medio Credito Centrale S.p.A." , debiendo asegurar un elemento de concesión superior al 80% (ochenta por ciento). Las respectivas amortizaciones se efectuarán semestralmente.

El Memorándum entrará en vigor una vez obtenidas y notificadas las respectivas autorizaciones parlamentarias y permanecerá en vigencia hasta la utilización completa de la Línea de Crédito.

En virtud de lo expuesto, se solicita la aprobación del Poder Legislativo del acuerdo adjunto.

Saluda al Sr. Presidente con la mayor consideración.  


PROYECTO DE LEY

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Memorándum de Entendimiento entre la República Italiana y la República Oriental del Uruguay, suscrito en la ciudad de Montevideo el 21 de noviembre de 2003, referido a las condiciones y modalidades de concesión de un crédito de ayuda de 15:000.000,oo (euros quince millones) para un Programa en apoyo del Sistema Sanitario Público.

ARTÍCULO 2º.- El Ministerio de Economía y Finanzas definirá con el banco italiano "Medio Credito Centrale S.p.A" los aspectos financieros de ejecución del Programa, en el marco de los términos y condiciones estipulados en el Memorándum de Entendimiento.


MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO


Secretaría de Prensa y Difusión
Presidencia de la República